Ficha docv

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RESOLUCIÓN de 10 de mayo de 2021, de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, por la cual se aprueba el plan de control de las subvenciones destinadas a conservatorios y centros autorizados de enseñanzas elementales o profesionales de Música o de Danza dependientes de corporaciones locales o de entidades privadas sin ánimo de lucro de la Comunitat Valenciana. [2021/5166]

(DOGV núm. 9083 de 13.05.2021) Ref. Base Datos 004340/2021


  • Análisis documental

    Texto
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    Origen disposición: Conselleria de Educación, Cultura y Deporte
    Grupo Temático: Ayudas
    Materias: Educación





La Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones (DOGV 7464, 12.02.2015), dispone en el artículo 165.2, letra j, que las bases reguladoras de las subvenciones tienen que contener el método de comprobación de la realización de la actividad subvencionada a través del plan de control que corresponda.

Por la Resolución de 12 de marzo de 2021, del conseller de Educación, Cultura y Deporte, por la que se modifica el Plan estratégico de subvenciones de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte para el periodo 2020-2023, aprobado por la Resolución de 23 de marzo de 2020 (DOGV 9042, 16.03.2021), se incluye en el capítulo referido a la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, la línea de subvención S2463000 como objetivo estratégico 8, las ayudas a conservatorios de música y centros autorizados de enseñanzas elementales y/o profesionales de música y/o danza.

El mismo texto legal, en el artículo 169.3, dispone que el plan de control, dirigido a la comprobación material de la realización fehaciente de la actividad, a la existencia de la condición o del cumplimiento de la finalidad, lo tiene que aprobar el órgano concedente, y en este hará falta que haya como mínimo la información siguiente:

a) El tipo de control que hay que hacer sobre la línea: administrativos, sobre el terreno, a posteriori y/o de calidad.

b) Los criterios de selección de la muestra: aleatorios, dirigidos o de riesgo.

c) El porcentaje mínimo de ayuda a controlar sobre el total pagado en esa línea.

De acuerdo con lo que establece este marco legal, la Orden 69/2016, de 4 de noviembre, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para las corporaciones locales y entidades sin ánimo de lucro que mantienen conservatorios o centros privados autorizados de enseñanzas elementales o profesionales de música o de danza de la Comunitat Valenciana (DOGV 7912, 08.11.2016), determina:

«Artículo 18. Seguimiento y control de las ayudas

1. La comprobación administrativa de la justificación documental de la subvención concedida se realizará mediante la revisión de la documentación que al efecto se ha establecido en las presentes bases.

2. La comprobación material de la efectiva realización de la actividad, existencia de la condición o cumplimiento de la finalidad, se llevará a cabo en los términos establecidos en el plan de control que establecerá al efecto la dirección general competente en materia de centros docentes, según establece el artículo 169.3 de la Ley 1/2015, citada anteriormente».

Considerando lo dispuesto en el artículo 85 del Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, que establece la obligatoriedad de elaboración de un plan anual de actuación para comprobar la realización por los beneficiarios de las actividades subvencionadas, y lo establecido en el artículo 169.3 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones.

Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 32.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, que dispone que el órgano convocante comprobará la adecuada justificación de la subvención, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinan la concesión o goce de la subvención, resuelvo:



Primero

Establecer el plan de control para las subvenciones concedidas a corporaciones locales y entidades sin ánimo de lucro que mantienen conservatorios o centros privados autorizados de enseñanzas elementales o profesionales de música o de danza de la Comunitat Valenciana, sobre una muestra del 20 % de las beneficiarias con los siguientes criterios:

Del total de beneficiarios, el control se realizará de forma aleatoria en un 5 % de los casos.

Para el 15 % del resto de los casos, el control será dirigido entre las entidades a considerar por el órgano gestor, según los siguientes criterios:

• Entidades beneficiarias con una cuantía asignada superior a la media de las otorgadas.

• Entidades beneficiarias que también han recibido subvención destinada a escuelas de música, escuelas de danza y escuelas de música y danza, de las cuales también son titulares.

• Entidades beneficiarias, privadas sin ánimo de lucro, que hayan previsto unos ingresos por aportaciones del alumnado inferiores al 33 % respecto a los gastos previstos.



Segundo

Los aspectos básicos a controlar serán la adecuada justificación de la subvención, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinó la concesión de la subvención. Este plan de control se realizará durante el último trimestre del ejercicio.



Tercero

Notificar a cada una de las entidades seleccionadas, sobre las cuales se tiene que realizar este plan de control, para que en el plazo de diez días hábiles a partir de la notificación tengan preparada la documentación necesaria para la correcta ejecución de este.



En caso de tener contratado profesorado que ejerza puestos de trabajo en la función pública, se tendrá que poder acreditar que disponen de la compatibilidad para simultanear los dos puestos de trabajo. La compatibilidad tendrá que estar otorgada antes del inicio del contrato.



València, 10 de mayo de 2021.– El director general de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial: Manuel Gomicia Giménez.

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