Ficha docv

Ficha docv









Información pública de la encomienda de gestión de sanciones administrativas del Ayuntamiento de Bolulla. [2021/5112]

(DOGV núm. 9083 de 13.05.2021) Ref. Base Datos 2021/5112




En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 7.2 del Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, y el artículo 11 de la Ley 40/2015 de régimen jurídico del sector público, se publica la aceptación, mediante decreto del presidente de la Diputación Provincial núm. 1514, de fecha 29 de abril de 2021, de la delegación y encomienda efectuada por el Ayuntamiento que a continuación se detalla, en materia de gestión y recaudación de determinadas sanciones administrativas, cuyas condiciones generales aprobadas por el Pleno provincial en sesión de fecha 1 de octubre de 2009, figuran publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia número 208, de fecha 02.11.2009, en las materias que a continuación se señalan:

Sanciones por el incumplimiento de deberes, prohibiciones o limitaciones contenidos en las ordenanzas municipales y en la normativa legal correspondiente.



Bolulla

– Ordenanza municipal de convivencia ciudadana en el espacio público.



La encomienda y delegación realizada a favor de esta diputación provincial por el municipio de Bolulla surtirá efecto desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia por un periodo de cinco años, prorrogable por reconducción tácita de año en año, si ninguna de las partes manifiesta expresamente su voluntad en contra, comunicándolo a la otra con una antelación no inferior a seis meses a su finalización o a la de cualquiera de los períodos de prórroga.



Alicante, 6 de mayo de 2021.– El presidente: Carlos Mazón Guixot. La secretaria general: Amparo Koninckx Frasquet.

Mapa web