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RESOLUCIÓN de 28 de abril de 2021, de la consellera de Justicia, Interior y Administración Pública, por la cual se constituye la comisión para la elaboración del III Plan de Igualdad de mujeres y hombres de la Administración de la Generalitat. [2021/4557]

(DOGV núm. 9075 de 04.05.2021) Ref. Base Datos 004013/2021




El Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado público, establece la obligatoriedad de que las administraciones públicas elaboren y apliquen un plan de igualdad, recogiéndose en la disposición adicional séptima, como cauce para ello, los instrumentos de negociación colectiva, previsión que también recoge la disposición adicional undécima de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de ordenación y gestión de la función pública valenciana.

Mediante Acuerdo del Consell, de 10 de marzo de 2017, se aprobó el II Plan de Igualdad de mujeres y hombres de la Administración de la Generalitat (DOGV 8018, 10.04.2017).

Habiendo finalizado el II Plan de Igualdad, se hace necesario elaborar el III Plan de Igualdad, por lo que procede constituir una Comisión que realice un análisis de la situación actual y, después de su valoración, proponga los objetivos y las medidas que tengan que incluirse en este.

En consecuencia, resuelvo:



Primero. Constitución, naturaleza y objeto

Constituir la Comisión para la elaboración del III Plan de Igualdad de mujeres y hombres de la Administración de la Generalitat, como una mesa técnica dependiente de la Mesa Sectorial de Función Pública.



Segundo. Composición

La comisión estará compuesta por los siguientes miembros que a continuación se relacionan:

Titulares:

Presidente: David Alfonso Jarque, director general de Función Pública.

Vocales:

– M.ª Cruz Benlloch López, por el INVASSAT.

– M.ª Luz Montes Pla, por la Dirección General del Instituto Valenciano de las Mujeres de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas.

– Josefa Bertolín Corbatón, por la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas.

– Vicente Martínez Alarcón, por la Dirección General de Función Pública.

– M.ª Luisa Viciano Aguirre, por la Dirección General de Función Pública.

– M.ª Asunción Bondia Faus, por el IVAP, Dirección General de Función Pública.

– Ana Isabel Civera Percha, por UGT-PV.

– Susana Marco Moratalla, por CSIF.

– M.ª del Mar Vicent García, por CCOO-PV.

– Raquel Montolio García, por INTERSINDICAL.

Secretaria: Consuelo López Pérez, Servicio de Relaciones Sindicales y Coordinación Institucional de la Dirección General de Función Pública.



Suplentes:

Presidente: Vicente Serra Martínez, por la Dirección General de Función Pública.

Vocales:

– Yolanda Ureña Ureña, por el INVASSAT.

– M.ª Pilar Chuliá Moltó, por la Dirección General del Instituto Valenciano de las Mujeres de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas.

– Violeta Chofre Rico, por la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas.

– Ignacio Ortolá Fabra, por la Dirección General de Función Pública.

– M.ª Amparo Piquer Martínez, por la Dirección General de Función Pública.

– José Ángel Navarro Pellicer, por el IVAP, Dirección General de Función Pública.

– M.ª Ángeles Parra Berbegall, por UGT-PV.

– M.ª Elena Palmero López, por CSIF.

– José Cloquell Mascarell, por CCOO-PV.

– Isabel Simón Górriz, por INTERSINDICAL.

Secretaria: M.ª Caridad Herraiz Garrote, Servicio de Relaciones Sindicales y Coordinación Institucional de la Dirección General de Función Pública.



Tercero. Efectos y entrada en vigor

La resolución surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.



Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante el Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación. Asimismo, con carácter potestativo, se podrá interponer recurso de reposición, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación, ante el mismo órgano que ha dictado la resolución. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 114, 123 y 124, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y los artículos 10, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de que pueda hacerse uso, en su caso, de cualquier otro que se estime procedente.



València, 28 de abril de 2021.– La consellera de Justicia, Interior y Administración Pública: Gabriela Bravo Sanestanislao.

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