Ficha docv

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Extracto de la Resolución de 30 de diciembre de 2020, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convoca para el ejercicio 2021 el programa de fomento de la contratación temporal de personas con diversidad funcional severa en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana [2021/410]

(DOGV núm. 9000 de 19.01.2021) Ref. Base Datos 000492/2021




BDNS: 544704

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8. a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans



Primero. Beneficiarias y condiciones.

Podrá ser beneficiaria de estas ayudas las entidades empleadoras de naturaleza privada, incluidas las personas trabajadoras autónomas, con centro de trabajo en la Comunitat Valenciana, que contrate, con posterioridad a la publicación de este extracto y mediante un contrato temporal a personas desempleadas con diversidad funcional severa.



Segundo. Objeto.

Esta convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones para fomentar la contratación temporal de personas con diversidad funcional severa en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.



Tercero. Bases reguladoras.

Orden 10/2018, de 12 de julio, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se aprueban las bases reguladoras del programa de fomento de empleo para la contratación de personas pertenecientes a colectivos vulnerables, publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana de 16 de julio de 2018.



Cuarto. Cuantía.

1. Las subvenciones se financiarán por un importe global máximo de 500.000 euros.

2. La contratación temporal a jornada completa de personas con diversidad funcional severa podrá ser por un periodo de entre 3 y 12 meses, y el importe de la subvención será el resultado de multiplicar el 85 % (el 75 % en el caso de los contratos para la formación y el aprendizaje) del salario mínimo interprofesional (incrementado en la parte proporcional de la paga extra) vigente en el momento de la contratación de la persona contratada por el número mínimo de meses de mantenimiento del contrato.

3. Los contratos a tiempo parcial de al menos 15 horas semanales resultarán subvencionables con reducción proporcional de la subvención.



Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo para la presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación del extracto de esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y finalizará el 1 de septiembre de 2021. Con carácter adicional a este plazo general, las solicitudes deberán presentarse en el plazo de dos meses desde la contratación objeto de la subvención.



València, 30 de diciembre de 2020.– El director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación: Enric Nomdedéu i Biosca.

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