Ficha docv

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RESOLUCIÓN de 31 de marzo de 2021, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se adjudica, por el tiempo restante, una beca para la realización de prácticas profesionales en la dirección general de infancia y adolescencia, correspondiente a la convocatoria de 2019, con motivo de la renuncia de su titular. [2021/3847]

(DOGV núm. 9064 de 19.04.2021) Ref. Base Datos 003445/2021






Visto el estado de la convocatoria de 2019 de becas para la realización de prácticas profesionales en la Dirección General de Infancia y Adolescencia, resultan los siguientes:



Antecedentes de hecho

I. Mediante Resolución de 7 de septiembre de 2019, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas (DOGV 8634, 13.09.19; en adelante, resolución de convocatoria), se convocaron dos becas para la realización de prácticas profesionales en la Dirección General de Infancia y Adolescencia, al amparo de la Orden 3/2017, de 6 de junio, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de becas para la realización de prácticas profesionales en la dirección general con competencia en materia de infancia y adolescencia (DOGV 8060, 12.06.2017; en adelante, Orden de bases).

II. Por Resolución de 20 de diciembre de 2019, de la directora general de Infancia y Adolescencia (DOGV 8707, 30.12.19), se adjudicó la beca de licenciado o licenciada o graduado o graduada en Psicología a Davinia Sánchez Miguel, por haber obtenido la mayor puntuación, constituyendo una bolsa de trabajo, por orden de puntuación, al resto de personas candidatas.

III. La beca a la que se refiere el apartado anterior se prorrogó, por la Resolución de 30 de septiembre de 2020, hasta el 19 de diciembre de 2021

IV. El 10 de marzo de 2021, Davinia Sánchez Miguel presentó renuncia expresa a la beca, que fue aceptada mediante resolución de la directora general de Infancia y Adolescencia del 11 de marzo de 2021, con efectos desde el día 24 del mismo mes.

V. Comunicada esta circunstancia a las personas integrantes de la bolsa de reserva de la beca, siguiendo el orden de prelación establecido, las tres primeras han declinado el ofrecimiento. La cuarta candidata, María Romero Martí, ha aceptado la beca y ha acreditado el cumplimiento de los requisitos para ser beneficiaria de la misma.



Fundamentos de derecho

Único. El artículo 18 de la Orden de bases regula la concesión de las becas en caso de renuncia en los siguientes términos: «Si alguna beca queda vacante antes de que concluya su periodo de duración, debido a renuncias, abandonos, incumplimiento de obligaciones o cualquier otra causa, se podrá conceder una nueva beca, por período de disfrute restante. La concesión se efectuará siguiendo el orden de la bolsa de reserva»



En virtud de lo expuesto y de conformidad con lo establecido en los artículos 9 del Decreto 132/2009, resuelvo:





Primero

Conceder a María Romero Martí la beca vacante para la realización de prácticas profesionales de personas graduadas o licenciadas en psicología por el periodo comprendido entre el 15 de abril de 2021 y el 19 de diciembre de 2021, ambos inclusive, con las condiciones establecidas en la Resolución de 20 de diciembre de 2019, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se conceden dos becas para la realización de prácticas profesionales en la Dirección General de Infancia y Adolescencia.



Segundo

Ordenar la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, de conformidad con lo establecido en el resuelvo noveno de la resolución de convocatoria, que surtirá los efectos de notificación, conforme dispone el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.



Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, dentro del plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana. También podrá interponerse potestativamente, recurso de reposición ante el órgano que la dictó, en el plazo de un mes a contar desde la citada fecha, todo ello de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas



València, 31 de marzo de 2021.– La vicepresidenta del Consell y consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas, p. d. (R 29.02.2016), la directora general de Infancia y Adolescencia: Rosa Josefa Molero Mañes.

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