Ficha docv

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RESOLUCIÓN de 11 de enero de 2021, de la directora gerente del Consorcio Hospital General Universitario de Valencia (CHGUV), por la que se abre el plazo para actualizar las bolsas de empleo temporal de diversas categorías. [2021/233]

(DOGV núm. 8999 de 18.01.2021) Ref. Base Datos 000420/2021


  • Análisis documental

    Texto
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    Origen disposición: Consorcio Hospital General Universitario de València
    Grupo Temático: Empleo público
    Descriptores:
      Temáticos: bolsas de empleo, Grupo A, subgrupo A1. Titulación universitaria de grado



De conformidad con las normas reguladoras para la contratación de duración determinada y la mejora de empleo, aprobadas por Resolución de 15 de junio de 2016, del director gerente del CHGUV (DOGV 7811, de fecha 22.06.2016), mediante Resolución de fecha 15 de noviembre de 2016, del director gerente del CHGUV, se convocó bolsa de empleo temporal de diversas categorías (DOGV 7926, de fecha 28.11.2016), convocatoria BET/01/16.

Entre las categorías convocadas se encontraban las de facultativo/a especialista en anestesiología y reanimación (BET/01/16, código 04), facultativo/a especialista en cirugía cardiovascular (BET/01/16, código 06), facultativo/a especialista en cirugía general y del aparato digestivo (BET/01/16, código 07), facultativo/a especialista en cirugía torácica (BET/01/16, código 09), facultativo/a especialista en endocrinología y nutrición (BET/01/06, código 12), facultativo/a especialista en cirugía pediátrica (BET/01/16, código 13), facultativo/a especialista en cirugía oral y maxilofacial (BET/01/16, código 14), facultativo/a especialista en nefrología (BET/01/16, código 22), facultativo/a especialista en neurología (BET/01/16, código 23), facultativo/a especialista en neurocirugía (BET/01/16, código 24), facultativo/a especialista en neurofisiología clínica (BET/01/16, código 25), facultativo/a especialista en oftalmología (BET/01/16, código 27), facultativo/a especialista en otorrinolaringología (BET/01/16, código 28), facultativo/a especialista en pediatría y sus áreas específicas (BET/01/16, código 31), facultativo/a especialista en reumatología (BET/01/16, código 36), médico/a de urgencia hospitalaria (BET/01/16, código 40) y médico/a del trabajo (BET/01/16, código 41).

De conformidad con la convocatoria y el procedimiento establecido en las normas reguladoras, mediante diversas resoluciones se constituyeron las bolsas de empleo temporal de cada una de las categorías indicadas en el párrafo anterior. La mayoría de estas bolsas han sido objeto de actualización posterior.

Siguiendo el espíritu de la norma, tras comprobar que existen dificultades para proveer temporalmente determinados puestos de trabajo, por falta de personal disponible en la respectiva bolsa, con el fin de evitar problemas de cobertura y en uso de las atribuciones conferidas en el apartado segundo, punto 10 del Acuerdo del 12 de diciembre de 2003, del Consejo de Gobierno y del Presidente del Consejo, por el que se delegan atribuciones en materia de personal, de contratación administrativa y de gestión económica en diversos órganos del Consorcio Hospital General Universitario de Valencia, resuelvo:



Artículo 1. Actualización

Convocar actualización de las bolsas de empleo temporal de las categorías de facultativo/a especialista en anestesiología y reanimación (BET/01/16, código 04), facultativo/a especialista en cirugía cardiovascular (BET/01/16, código 06), facultativo/a especialista en cirugía general y del aparato digestivo (BET/01/16, código 07), facultativo/a especialista en cirugía torácica (BET/01/16, código 09), facultativo/a especialista en endocrinología y nutrición (BET/01/06, código 12), facultativo/a especialista en cirugía pediátrica (BET/01/16, código 13), facultativo/a especialista en cirugía oral y maxilofacial (BET/01/16, código 14), facultativo/a especialista en nefrología (BET/01/16, código 22), facultativo/a especialista en neurología (BET/01/16, código 23), facultativo/a especialista en neurocirugía (BET/01/16, código 24), facultativo/a especialista en neurofisiología clínica (BET/01/16, código 25), facultativo/a especialista en oftalmología (BET/01/16, código 27), facultativo/a especialista en otorrinolaringología (BET/01/16, código 28), facultativo/a especialista en pediatría y sus áreas específicas (BET/01/16, código 31), facultativo/a especialista en reumatología (BET/01/16, código 36), médico/a de urgencia hospitalaria (BET/01/16, código 40) y médico/a del trabajo (BET/01/16, código 41).

En consecuencia, se acuerda la apertura de un periodo para la inscripción de nuevos aspirantes y la actualización de méritos de los candidatos ya inscritos en las referidas bolsas.



Artículo 2. Requisitos

Los aspirantes que deseen inscribirse deberán reunir y acreditar los siguientes requisitos:

a) Estar en posesión de la titulación académica exigida para acceder a la plaza o categoría profesional de la correspondiente bolsa y, en su caso, de la especialidad.

b) Podrán presentarse quienes se encuentren en el último año de residencia, si bien para su contratación deberán acreditar estar en posesión de la titulación señalada en el apartado anterior.

c) Poseer la aptitud psicofísica y funcional necesaria para el desempeño de las funciones propias de la plaza y categoría a la que se opta.

d) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier administración pública o servicio de salud, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas, ni en su caso para el ejercicio de la correspondiente profesión.

e) Cumplir los demás requisitos y obligaciones establecidos en el artículo 3 de las normas reguladoras del procedimiento, todo ello sin perjuicios de las restantes obligaciones propias de la relación laboral.

Los requisitos deberán cumplirse el último día de plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el tiempo de permanencia en la correspondiente bolsa.



Artículo 3. Solicitudes, plazo y documentación necesaria

Las solicitudes, conforme al modelo que se encuentra disponible en la página web del CHGUV (que incluye autobaremo), deberán ir acompañadas de la documentación (original o fotocopia debidamente compulsada por anverso y reverso) acreditativa de los méritos que se pretendan hacer valer, de conformidad con el baremo establecido en la base 11.1 de las normas reguladoras del procedimiento, a excepción de los resultados obtenidos en las pruebas selectivas (apartado 11.1.B) del baremo de méritos y de la experiencia profesional en el CHGUV, que serán acreditados y valorados de oficio.

La solicitud de inscripción incorporará las siguientes declaraciones responsables de la persona solicitante:

a) Declaración en la que manifiesta bajo su responsabilidad que todos los datos recogidos en la solicitud son verídicos, que cumple los requisitos que establece el artículo 3 de la presente convocatoria y que se encuentra en posesión de la documentación que así lo acredita, quedando a disposición del CHGUV para su entrega, comprobación, control e inspección cuando se estime oportuno, en los términos del artículo 69.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

b) El consentimiento de la persona inscrita al tratamiento de sus datos de carácter personal que sean necesarios para la tramitación del proceso, de acuerdo con la normativa vigente.

En todo caso, el personal que integre la bolsa deberá acreditar que reúne los requisitos necesarios para el desempeño del puesto antes de la formalización del correspondiente contrato.

La comisión procedente valorará la documentación debidamente acreditada y aportada en tiempo y forma, pudiendo requerir, en cualquier momento del procedimiento, cualquier aclaración sobre la misma. Cuando el requerimiento no sea atendido no será valorado el mérito correspondiente. En todo caso la anotación de datos falsos podrá ser motivo de no inclusión o exclusión, en su caso, en la listas de empleo temporal, sin perjuicio de las medidas legales que correspondan.

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el DOGV, acabando el mismo día del mes siguiente a aquel en que se haya publicado. Si fuera inhábil, el plazo finalizará el siguiente día hábil.

Las solicitudes cumplimentadas y su documentación adjunta se presentarán preferentemente en el Registro General del CHGUV (horario de 9:00 a 14:00, de lunes a viernes) o, en su defecto, a través de cualesquiera de las formas posibles de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

En caso de optarse por la presentación de la solicitud a través de las oficinas de Correos, deberá observarse la forma prevista en el artículo 31 del Real decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento que regula la prestación de servicios postales. De manera que las solicitudes se presentarán en sobre abierto, debiendo constar en la cabecera de los documentos, con claridad, el nombre de la oficina así como el lugar, fecha, hora y minuto de su admisión, puesto que de no hacer así su fecha de entrada será la que conste en el Registro General del CHGUV. Los sobres deberán dirigirse a la siguiente dirección postal: Consorci Hospital General Universitari de València, Av. Tres Creus, 2 CP 46014.



Artículo 4. Procedimiento

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, las comisiones de valoración evaluarán los méritos acreditados en tiempo y forma, de conformidad con el baremo de aplicación; seguidamente publicarán la relación provisional, ordenada por puntuación. Dicha relación se hará pública en el tablón de anuncios y en la web corporativa por un plazo de 10 días hábiles, al objeto de que los aspirantes, en su caso, presenten en dicho plazo las alegaciones que consideren oportunas.

Finalizado el plazo de presentación de alegaciones y, en su caso, resueltas las mismas, se publicará, a través de los mismos medios, la relación definitiva.



Artículo 5. Baremo

Será de aplicación el baremo establecido en el artículo 11.1 de las normas reguladoras del procedimiento.

Los empates en las puntuaciones finales se resolverán a favor del o de la aspirante con mayor puntuación en el apartado B del baremo (resultado obtenido en las pruebas selectivas). En caso de persistir el empate se resolverá por orden alfabético de los apellidos, siguiendo la letra utilizada en la última oferta de empleo público del CHGUV.

La comisión solo podrá tener en cuenta aquellos méritos obtenidos hasta el mismo día de la publicación de la presente resolución en el DOGV.



Artículo 6. Comisión de valoración

La valoración de los méritos será realizada por las comisiones designadas al efecto, de conformidad con lo dispuesto en el art. 14 de las normas reguladoras.



Artículo 7. Normativa aplicable

La presente convocatoria y las bolsas que resulten, se regirán por la Resolución de 15 de junio de 2016, del director gerente del CHGUV, de aprobación de las normas reguladoras para la contratación de duración determinada y la mejora de empleo. Todo ello sin perjuicio de las restantes normas jurídicas que pudieran ser de aplicación.



Artículo 8. Régimen jurídico

La relación laboral que se formalice, en su caso, se regirá por las cláusulas del contrato de trabajo, por lo dispuesto en el convenio colectivo del personal laboral del CHGUV, por el Estatuto de los Trabajadores y por las demás normas de aplicación.



Artículo 9. Recursos

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Presidencia del CHGUV, dentro del plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se considere procedente, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Transcurrido el mencionado plazo sin que se haya interpuesto recurso alguno, está resolución será firme a todos los efectos.



València, 11 de enero de 2021.– La directora gerente: Inmaculada Renart López.

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