Ficha docv

Ficha docv









RESOLUCIÓN de 15 de octubre de 2021, del gerente de Infraestructures i Serveis de Telecomunicacions i Certificació, SAU, por la que se convoca una bolsa de empleo temporal por el procedimiento de bolsa extraordinaria para el puesto de técnico o técnica en sistemas de información para el Área de Confianza Electrónica. Convocatoria ISTEC 2/2021. [2021/10560]

(DOGV núm. 9199 de 21.10.2021) Ref. Base Datos 009604/2021


  • Análisis documental

    Texto
    texto texto
    Origen disposición: Infraestructures i Serveis de Telecomunicacions i Certificacions S.A.U.
    Grupo Temático: Empleo público
    Descriptores:
      Temáticos: bolsas de empleo, Grupo A, subgrupo A1. Titulación universitaria de grado





Infraestructures i Serveis de Telecomunicacions i Certificació SAU. (en adelante ISTEC) forma parte del Sector Público Instrumental de la Generalitat y mediante acuerdo de la presidencia de ISTEC, se ha aprobado la convocatoria de una bolsa de trabajo extraordinaria destinada a la cobertura interina de los puestos de trabajo de técnico o técnica en sistemas de información para el área de Confianza Electrónica previstos en la Relación de Puestos de Trabajo de esta sociedad.

Por todo lo expuesto, se lleva a cabo el siguiente anuncio, que se publica en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV), según prevé la instrucción segunda de la Resolución de 14 de abril de 2016, del conseller de Hacienda y Modelo Económico, por el que se aprueban las instrucciones sobre medidas de control y publicidad activa en el sector público instrumental de la Generalitat.



Normas de la convocatoria



Primero. Objeto

La presente convocatoria tiene por objeto la constitución de una bolsa de trabajo para cubrir de forma interina las vacantes de la categoría de técnico o técnica en Sistemas de Información para el área de Confianza Electrónica previstas en la Relación de Puestos de Trabajo de Infraestructures i Serveis de Telecomunicacions i Certificació SAU (ISTEC).

Además, la bolsa de trabajo podrá ser utilizada para la contratación de personal temporal en los términos que prevé el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores.



Segundo. Normativa aplicable

La presente convocatoria se regirá preferentemente por el contenido de las presentes Bases y, en lo no previsto en las mismas, será de aplicación la citada Resolución de 31 de julio Resolución de 31 de julio de 2018, del conseller de Hacienda y Modelo Económico de la GV, por la que se dictan instrucciones y se dispone la publicación del III Acuerdo de la Comisión de Diálogo Social del Sector Público Instrumental de la GV relativo a criterios generales de aplicación a la constitución y funcionamiento de las bolsas de empleo temporal en el Sector Público Instrumental de la GV.

De igual modo se tendrán en cuenta siempre los principios de acceso al empleo público previstos en la Constitución Española y en el artículo 55 del TREBEP (RDL 5/2015).



Tercero. Requisitos de acceso

Para la admisión en el proceso de selección será necesario reunir los siguientes requisitos:

• Nacionalidad: tener la nacionalidad española o ser nacionales de los estados miembros de la Unión Europea; o ser cónyuge de las personas españolas y de las nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separadas de derecho; o ser descendiente y descendiente de su cónyuge siempre que no estén separados o separadas de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de la edad dependientes; o ser personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los cuales sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. Las personas extranjeras con residencia legal en España podrán acceder a las administraciones públicas, como personal laboral, en igualdad de condiciones que los españoles.

• Edad: tener 16 años y no exceder, en su caso, de la edad de jubilación forzosa o de aquella otra que pueda establecerse por ley.

• Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas.

• No haber sido separada o separado, o haberse revocado su nombramiento como personal funcionario interino, con carácter firme mediante procedimiento disciplinario de ninguna administración pública u órgano constitucional o estatutario, ni hallarse inhabilitado o inhabilitada por sentencia firme para el ejercicio de cualesquiera funciones públicas o de aquellas propias del cuerpo, agrupación profesional o escala objeto de la convocatoria. En el caso del personal laboral, no hallarse inhabilitado por sentencia firme o como consecuencia de haber sido despedido disciplinariamente de forma procedente, para ejercer funciones similares a las propias de la categoría profesional a la que se pretende acceder. Tratándose de personas nacionales de otros Estados, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida en los mismos términos en su Estado el acceso al empleo público.

• Titulación: Ingeniería de Telecomunicación o título universitario oficial de Grado en Telecomunicaciones o bien, Ingeniería Informática o título universitario oficial de Grado en Ingeniería Informática.

Los requisitos establecidos anteriormente deberán ser reunidos por las y los aspirantes el día en que finalice el plazo para la presentación de instancias de la correspondiente convocatoria.



Cuarto. Solicitud de participación en el concurso: forma y plazos

Las instancias, se presentarán por vía telemática, a través de dirección web bolsa-accv.istecdigital.es, dentro del plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de las presentes Bases en el DOGV.

Junto con la presentación de la instancia de participación, se deberá adjuntar:

• Fotocopia compulsada de los títulos y certificados exigidos en el apartado correspondiente para poder ser aspirante en el presente proceso selectivo (titulación académica)

• Un Currículum Vitae actualizado.

• Listado de méritos a valorar en fase del concurso de méritos.

• Fotocopia del DNI, anverso y reverso.

Para ser admitidas y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas correspondientes, las personas aspirantes presentarán, además de la documentación requerida, una declaración responsable en la que manifiesten que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes.

Los méritos indicados en el listado presentado de méritos a valorar, deberán ser acreditados en el caso de que se supere la fase de oposición, previamente a la fase de baremación de méritos.

Los restantes anuncios se publicarán en la dirección web

bolsa-accv.istecdigital.es.



Quinto. Admisión de aspirantes

Expirado el plazo de presentación de instancias, se publicará en la dirección web bolsa-accv.istecdigital.es, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas, la cual se adoptará en atención a lo declarado por aquellas.

Dicha publicación establecerá un plazo de cinco días hábiles para subsanación de defectos por las personas aspirantes excluidas. Asimismo, en dicho plazo se podrá presentar cualquier reclamación pertinente por las personas interesadas.

Serán subsanables los errores de hecho, señalados en el art. 69 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, como son los datos personales de la persona interesada, lugar señalado a efectos de notificaciones, fecha, firma u órgano al que se dirige.

No será subsanable, por afectar al contenido esencial de la propia solicitud del sistema selectivo, al plazo de caducidad o a la carencia de actuaciones esenciales:

• Presentar la solicitud de forma extemporánea., ya sea antes o después del plazo correspondiente.

Si no se produjese reclamación, sugerencia o petición de subsanación alguna, la resolución provisional devendrá definitiva automáticamente.

En otro caso, resueltas las reclamaciones y subsanaciones, la Presidencia convocante elevará a definitivas las listas de personas admitidas y excluidas mediante resolución que se publicará en la dirección web bolsa-accv.istecdigital.es. En la misma resolución se indicará la fecha, lugar y hora de comienzo del primer ejercicio, con una antelación de al menos 15 días hábiles antes de su comienzo.



Sexto. Órgano técnico de selección

El órgano técnico de selección será colegiado y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad, profesionalidad y especialización de sus miembros y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre, actuando sometidos a las causas generales de abstención y recusación contenidas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

En todo caso, los miembros de los órganos colegiados de selección no podrán haber realizado tareas de preparación de aspirantes en los cinco años anteriores a la publicación de la presente convocatoria.

El órgano técnico de selección estará compuesto por cuatro miembros designados por resolución de la subsecretaría de la Conselleria a la que está adscrita ISTEC.

Sólo uno de ellos podrá ser personal al servicio de la entidad convocante. Este miembro ejercerá las funciones de secretaria o secretario, con voz pero sin voto. Todo ello al objeto de evitar conflictos de intereses con los y las aspirantes.

El resto del personal será designado de entre aquel personal de la Generalitat y su sector público instrumental o de otras administraciones públicas que ocupen plazas cuyos requisitos de formación y funciones asignadas sean equivalentes o similares a aquellos establecidos para las plazas objeto de la convocatoria.

La pertenencia al órgano técnico de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse esta en representación o por cuenta de nadie.

El órgano técnico de selección estará facultado para resolver cualquier duda o incidencia que pudiera surgir durante la celebración de la oposición, y para tomar acuerdos y dictar cuantas normas sean precisas para el buen orden y resultado de las mismas.

Cada suplente del órgano técnico de selección será nombrado siguiendo los mismos criterios de designación que las personas titulares del mismo.

En el supuesto de cualquier duda interpretativa sobre el contenido y alcance de las presentes Bases, el órgano técnico de selección será el legitimado para interpretarlas.



Séptimo. Procedimiento de selección

A) Fase de oposición

La puntuación de fase de oposición constituirá el 60 % de la puntuación final.

La fecha, hora y lugar de celebración de las pruebas selectivas se anunciará en la anteriormente citada dirección web bolsa-accv.istecdigital.es.

Las personas admitidas deberán observar en todo momento las instrucciones del órgano técnico de selección o del personal ayudante durante la celebración de las pruebas, en orden al adecuado desarrollo de las mismas. El órgano técnico de selección adoptará las medidas necesarias ·que garanticen el anonimato en la valoración de las pruebas selectivas, siendo anuladas aquellas pruebas que contuvieran alguna marca que pudiera identificar su autoría.

Finalizada la fase de oposición se publicará en la dirección web bolsa-accv.istecdigital.es, el listado provisional de puntuaciones detallando el resultado obtenido por cada persona candidata en la prueba selectiva.

Los candidatos y candidatas que lo deseen dispondrán de un plazo de cinco días hábiles para presentar cuantas alegaciones consideren oportunas, en relación con el listado provisional de puntuaciones emitido a través de la dirección web bolsa-accv.istecdigital.es.

Examinadas las alegaciones se publicará la relación definitiva de personas que han superado la fase de las pruebas selectivas por orden de puntuación y que deben pasar a la fase de baremación de méritos. (Todas las comunicaciones relativas al presente proceso selectivo se realizarán a través de la dirección web bolsa-accv.istecdigital.es).

Esta fase de oposición tendrá carácter eliminatorio y consistirá en la realización de dos pruebas de conocimientos referida a los contenidos del programa que figura en el anexo I de estas bases. Las dos pruebas se realizarán en una misma sesión, sin que para su resolución las personas aspirantes puedan utilizar textos o material de consulta de ningún tipo.

Se puntuará con un máximo de 30 puntos, quedando eliminadas las personas aspirantes que no obtengan un mínimo de 15 puntos.

A.1. Prueba 1. Test.

La primera prueba consistirá en un cuestionario de 20 preguntas tipo test con 4 respuestas alternativas de las cuales una sola será la correcta.

La duración de la prueba será de 1,00 hora. Se puntuará con un máximo de 20 puntos.

La calificación del cuestionario se realizará aplicando la siguiente fórmula: Puntuación del ejercicio = ((NA-NE/3) /NP) x 20.

• NA: núm. de preguntas respondidas correctamente (aciertos).

• NE: núm. de preguntas respondidas erróneamente (errores).

• NP: núm. total de preguntas del ejercicio.

A.2. Prueba 2. Preguntas Teórico-Prácticas.

La segunda prueba consistirá en contestar por escrito a 5 preguntas teórico-prácticas de respuesta breve sobre el temario establecido en el anexo I de estas bases.

La duración de la prueba será de 1,00 hora. Se puntuará con un máximo de 10 puntos (2 puntos por pregunta)



B) Fase de baremación de méritos

La puntuación a obtener en la fase de baremación de méritos supondrá el 40 % de la puntuación final.

Sólo podrán participar en la fase de baremación de méritos las personas admitidas que hayan superado la fase de oposición. La puntuación de la fase de méritos será como máximo de 20 puntos, distribuyéndose de la siguiente forma:

1. Experiencia profesional

Se valorará el trabajo desarrollado con la titulación y la categoría profesional idéntica o superior al puesto al que se opta a razón de 0,10 puntos por mes trabajado en entidades del sector público y a razón de 0,08 puntos por mes trabajado en entidades del sector privado, con un máximo de 10 puntos.

Para acceder a la puntuación deberá presentarse, si se trata de un trabajo en una entidad pública, el certificado emitido por el órgano administrativo o gestor correspondiente.

En relación con el trabajo en el sector privado deberá aportarse el certificado de vida laboral, el contrato de trabajo y una declaración responsable donde se desarrolle los servicios, en el cual deberá constar de forma fehaciente la denominación y clasificación del puesto ocupado, el tiempo de prestación de los servicios, así como las funciones desarrolladas.

2. Formación

Se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento cuyo contenido esté relacionado con las funciones de los puestos que se convocan con un máximo de 5 puntos.

• Máster o Postgrado Universitario cuyo contenido académico esté relacionado con el puesto de trabajo a desarrollar: 1,5 puntos por Máster o Postgrado Universitario con un máximo de 3 puntos.

El órgano técnico de gestión se reserva el derecho de excluir aquellos Máster o Postgrados que no considere de la suficiente idoneidad y vinculación con las funciones a desarrollar.

• Cursos, jornadas, seminarios, congresos relacionados con el trabajo, que hayan sido organizados por la Administración Pública, universidades (públicas y privadas) o colegios profesionales, o aquellos que cuenten con una homologación pública, exceptuando los cursos de preparación para la obtención de las certificaciones indicadas en el punto anterior y con un máximo de 2 puntos:

– De 21 a 40 horas: 0,10 puntos

– De 41 a 100 horas: 0,25 puntos

– De 101 a 200 horas: 0,50 puntos

– Más de 200 horas: 0,75 puntos

La acreditación de estos cursos se realizará mediante la presentación de copia del correspondiente título o diploma, o certificado del organismo competente, en el que consten las horas de duración del curso y centro que lo impartió, y que serán aportados junto a la solicitud.

El órgano técnico de gestión se reserva el derecho de excluir aquellos cursos que no considere de la suficiente idoneidad y vinculación con las funciones a desarrollar.

En este apartado no se puntuarán los cursos de idiomas.



3. Idiomas

3.1. Conocimientos del valenciano

El conocimiento del valenciano se valorará hasta un máximo de 3 puntos, previa acreditación de estar en posesión del certificado expedido u homologado por la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià, la Comisión lnteruniversitaria de Estandarización de Conocimientos de Valenciano (CIEAC.OVA) o la Escuela Oficial de Idiomas (EOI), con arreglo a la siguiente escala:

1. Coneixement Oral (A2): 0,50 puntos

2. Coneixement Elemental (B1): 1,00 puntos

3. Coneixement Usuari Avançat (B2): 1,50 puntos

4. Grau Mitjà (C1): 2,00 puntos

5. Grau Superior (C2): 3,00 puntos

Se puntuará únicamente el nivel más alto de conocimientos de valenciano que se posea.

3.2. Lenguas oficiales comunitarias UE más lengua inglesa

Se valorará hasta un máximo de 1 punto el conocimiento de lenguas comunitarias oficiales europeas más la lengua inglesa. El conocimiento del idioma se valorará conforme a los niveles certificados según el Marco Común Europeo de Referencia (nivel básico, nivel intermedio y nivel avanzado):

Niveles Puntuación

1. A1: 0,10 puntos

2. A2: 0,15 puntos

3. B1: 0,25 puntos

4. B2: 0,50 puntos

5. C1 o superior: 1 punto

La valoración del conocimiento del idioma se efectuará puntuando exclusivamente el nivel más alto obtenido, hasta un máximo de 1 puntos si se acreditan varias lenguas.



Octavo. Sistema de determinación de las personas aprobadas, calificación y resolución de empates.

La calificación definitiva estará determinada por la suma de la nota obtenida en el ejercicio de la fase de oposición, más la obtenida en la fase de baremación de méritos, que como máximo será, respectivamente, de 30 y 20 puntos.

El orden de prelación de las y los aspirantes en la lista definitiva de personas aprobadas se establecerá de mayor a menor puntuación, siendo el primero en el orden quien tenga derecho a ocupar de forma temporal/interina el puesto correspondiente. Y así sucesivamente.

En caso de empate este se dirimirá atendiendo, en primer lugar, a la suma de la nota obtenida en la fase de oposición; y si persiste se acudirá a la puntuación relativa a la experiencia. En caso de empate total, se realizará un sorteo.



Noveno. Constitución de la bolsa derivada del proceso selectivo

Del resultado del proceso selectivo se constituirá una bolsa con las personas aspirantes que hayan superado el proceso y conforme a las siguientes especificaciones:

Las personas aspirantes seleccionadas que sean llamadas para su nombramiento en régimen de interinidad o por causas de mayor volumen de trabajo, para ser efectivo, deberán aportar previamente la siguiente documentación:

a) Declaración jurada de no haber sido separada mediante expediente disciplinario en cualquier administración o empleo público, así como no hallarse inhabilitada penalmente para el ejercicio de funciones públicas.

El llamamiento de las personas aspirantes que formen la bolsa de trabajo se hará siguiendo el orden de prelación establecido en la misma, realizándose telefónicamente o a través de cualquier medio que permita acreditar el mismo. A tal fin las personas que integran la bolsa indicarán hasta dos números de teléfono que serán contactadas en cada ocasión, así como una dirección de correo electrónico.

Cada persona inscrita en la bolsa dispondrá, desde que es avisada, de 24 horas para presentarse ante los servicios de personal con la documentación que se le haya indicado.

Una vez finalizado cada contrato, la persona aspirante retornará a la bolsa de trabajo ocupando la posición de origen, según su calificación definitiva. Y siempre que el puesto ofrecido se corresponda con una vacante, se asignará al primero del orden de prelación y, en caso de renuncia, la asignación será por orden estricto de bolsa.

El funcionamiento de la bolsa, en lo no establecido en las presentes Bases, se ajustará a lo determinado en la Resolución de 31 de julio de 2018, del conseller de Hacienda y Modelo Económico de la GV, por la que se dictan instrucciones y se dispone la publicación del III Acuerdo de la Comisión de Diálogo Social del Sector Público Instrumental de la GV relativo a criterios generales de aplicación a la constitución y funcionamiento de las bolsas de empleo temporal en el Sector Público Instrumental de la GV.



Burjassot, 15 de octubre de 2021 – El gerente de ISTEC: Juan Alegre Sanahuja.







ANEXO I

Temario



1. Marco legal Identificación y firma electrónica

– Marco legal europeo (eIDAS). Servicios cualificados

– Marco Legal Nacional (Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza)

– Normativa autonómica (Decreto 220/2014, de 12 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Administración Electrónica de la Comunitat Valenciana)

2. Conceptos básicos de criptografía

– Criptografía básica (Simétrica, Asimétrica, HASH)

– Claves privadas, públicas y concertadas

3. Conceptos avanzados – firma digital

– Certificados digitales

– Formatos de firma electrónica. XAdES, CAdES y PAdES

– Protocolos de directorio basados en LDAP y X.500.

– PGP y derivados

4. Prestación de servicios públicos y privados.

– Infraestructura de clave pública (PKI). Jerarquías de certificación

– Mecanismos de identificación y firma: «Smart Cards», DNI electrónico, mecanismos biométricos

– Mecanismos de validación de certificados (CRL y OCSP)

– Declaración de Prácticas de Certificación. Políticas de Certificación

5. Servicios ACCV

– Gestión del Ciclo de Vida de los Certificados (ARCA / APSC / NPSC)

– Plataformas de validación (@firma)

– Servicio de certificación de publicaciones

– Registro Electrónico de Representaciones (Apodera/Registro CV)

– Códigos Seguros de Verificación

– Servicio de emisión de Sellos de tiempo

6. Tipos de certificados

– Personales de Ciudadano – Perfil, usos y mecanismos para obtenerlos

– Personales de Empleado Público / Pertenencia Empresa / Seudónimo – Perfil, usos y mecanismos para obtenerlos

– Personales de Representante – Perfil, usos y mecanismos para obtenerlos

– No personales – Sello / Componente – Perfil, usos y mecanismos para obtenerlos

– No personales – Sede, SSL QWAC – Perfil, usos y mecanismos para obtenerlos

7. Reconocimiento

– Almacenes de certificados en SO / Navegadores / Otros – Tipos

– Organismos de Supervisión y Control – CAB/Forum

8. Auditorías de Aplicación

– WEBTrust / WebtrustBR /EV

– eIDAS (ETSI)

– ISO 27001 / ENS

– Normativa y Auditorias de Protección de Datos

9. Desarrollo de aplicaciones con soporte de firma electrónica



– API Arangí ACCV

– Librerías genéricas – BouncyCastle, MyTIC

– Adaptación de aplicaciones y entornos a los requisitos de la normativa de protección de datos según los niveles de seguridad

– EJBCA

– OpenSSL

– Cryptlib

– Herramientas de cifrado y auditoría

10. Gestión de servicios e infraestructuras TIC

– Soporte a usuario / Gestión de Incidencias

– Acuerdos de nivel de servicio

– Objetivos de control y métricas.

– Problemas comunes en el caso PKI

11. Virtualización de sistemas y de centros de datos

– Sistemas de virtualización

– Implementaciones XEN kVM

– Virtualización de puestos de trabajo

– Maquetas de terminales Windows y de servidores Linux

– Contenedores

12. Cloud Computing

– IaaS, PaaS, SaaS

– Nubes privadas, públicas e híbridas

13. Sistemas de almacenamiento

– Tipos de sistemas y acceso (iscsi, FC, NFS, SMB)

– Gestión de volúmenes

– Virtualización del almacenamiento (CEPH)

– Copias de seguridad.

14. Accesibilidad y usabilidad

– W3C

– Diseño universal

– Diseño web adaptativo

15. Interoperabilidad de sistemas

– El Esquema Nacional de Interoperabilidad

– Dimensiones de la interoperabilidad

– Las Normas Técnicas de Interoperabilidad

– Interoperabilidad de los documentos y expedientes electrónicos y normas para el intercambio de datos entre Administraciones Públicas

16. Seguridad de sistemas

– Análisis y gestión de riesgos

– Herramientas

– El Esquema Nacional de Seguridad

– Adecuación al Esquema Nacional de Seguridad

– Estrategia Nacional de Seguridad. CCN-STIC.

17. La seguridad en redes

– Tipos de ataques y herramientas para su prevención: cortafuegos, control de accesos e intrusiones, técnicas criptográficas, etc

– La seguridad en el nivel de aplicación.

– Tipos de ataques y protección de servicios web, bases de datos e interfaces de usuario

18. La gestión de la continuidad del negocio

– Planes de Continuidad y Contingencia del Negocio

– Cese de actividad

19. Blockchain

– Definición y tipos

– Smart contracts

– IPFS

20. Big Data

– Captura, análisis, transformación, almacenamiento y explotación de conjuntos masivos de datos

– Entornos Hadoop o similares

– Bases de datos NoSQL.

Mapa web