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RESOLUCIÓN de 20 de noviembre de 2020, del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la cual se resuelve la concesión de las ayudas previstas en el Decreto 66/2020, de 5 de junio, del Consell, de aprobación de las bases reguladoras para la concesión directa de ayudas urgentes en materia de comercio y artesanía como consecuencia de la Covid-19. Exp. tipo CMICOV. [2020/9958]

(DOGV núm. 8959 de 24.11.2020) Ref. Base Datos 009502/2020




Visto el Decreto 66/2020, de 5 de junio, del Consell, de aprobación de las bases reguladoras para la concesión directa de ayudas urgentes en materia de comercio y artesanía como consecuencia de la Covid-19, han tenido entrada en la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo determinadas solicitudes de estas ayudas.

De conformidad con el artículo 11 del Decreto 66/2020, de 5 de junio, del Consell, que establece el órgano competente para el otorgamiento de las ayudas, resuelvo:



Primero

Conceder las ayudas que se recogen en el anexo I de esta resolución, por un importe total de 809.328,10 euros, para cubrir las inversiones a que hace referencia el artículo 2, apartados 2, 3, 4 y 5, del Decreto 66/2020, de 5 de junio, del Consell, para la concesión directa de ayudas urgentes en materia de comercio y artesanía como consecuencia de la Covid-19.

Las ayudas que se conceden a través de la presente resolución están sometidas al régimen de minimis regulado por el Reglamento (UE) núm. 1407/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DO L 352, de 24.12.2013).



Segundo

Las ayudas se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 11.02.05.761.10.7, según lo que establece la Resolución de 16 de junio de 2020, de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico, por la cual se autoriza la inclusión en los anexos de transferencias y subvenciones corrientes del programa 761.10, Ordenación y promoción comercial y artesana, de la línea de subvención S0537, «Pymes comerciales y artesanas. Inversiones en equipamiento comercial y artesano», que cuenta con un importe total de 2.400.100 euros.



Tercero

El incumplimiento de las obligaciones y condiciones impuestas a la beneficiaria podrá dar lugar a la minoración o la resolución de la subvención, en los términos establecidos en el artículo 14 del mencionado Decreto 66/2020.

El importe de la subvención no podrá ser destinado a finalidad ni actividad diferente de aquella para la cual se concede y su incumplimiento obligará a la devolución de los fondos percibidos.



Cuarto

Denegar las ayudas a las solicitantes que se relacionan en el anexo II de esta resolución, por los motivos que se especifican.



Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o bien recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo que establecen los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.



València, 20 de noviembre de 2020.– El conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo: Rafael Climent González.

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