Ficha docv

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Notificación de la sentencia dictada en el procedimiento ordinario número 330/2018. [2020/9742]

(DOGV núm. 8962 de 27.11.2020) Ref. Base Datos 2020/9742




En el presente procedimiento ordinario 330/2018 seguido a instancia de DSSV A.S.R.L frente a Siraj Adam Vali Yusuf se ha dictado en fecha 30.10.2020 sentencia, que contiene los siguientes particulares:

«Que estimo parcialmente la demanda interpuesta por la representación procesal de DSSV, SARL, contra Siraj Adam Vali Yusuf, con los siguientes pronunciamientos:

1) Debo declarar y declaro el vencimiento anticipado del contrato de crédito con garantía hipotecaria suscrito entre las partes mediante escritura de fecha 15 de noviembre de 2005, por causa de insolvencia y el incumplimiento grave y esencial de la obligación de pago del deudor, con pérdida del beneficio del plazo.

2) Debo condenar y condeno al demandado al pago de la totalidad de las cantidades debidas a la actora por principal e intereses ordinarios que asciende a cuarenta siete mil ciento once euros con nueve céntimos (47.111,09 euros), más intereses desde la interpelación judicial y hasta el completo pago.

3) Debo declarar y declaro que la parte demandante tiene derecho a la ejecución de la sentencia con cargo, entre otros, al derecho real de hipoteca que garantiza el cumplimiento de las obligaciones pecuniarias del contrato impagado, dejándose para el trámite de ejecución de sentencia cualquier pronunciamiento relativo a la preferencia registral.

Todo ello sin expresa imposición de costas del proceso.

Notifíquese esta resolución a las partes, previniéndoles que contra la misma podrán interponer recurso de apelación en este juzgado en el plazo de veinte días a partir del siguiente a la notificación, el cual en su caso, se sustanciará ante la Audiencia Provincial de Alicante.

Así por esta mi sentencia, de la que se unirá certificación a los autos, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.»

Y encontrándose dicho demandado, Siraj Adam Vali Yusuf, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo, estando a su disposición la resolución íntegra en esta oficina judicial.



Orihuela, 30 de octubre de 2020.– La letrada de la Administración de justicia: María Llanos Cejudo Podio.

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