Ficha docv

Ficha docv









RESOLUCIÓN de 16 de octubre de 2020, de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica de concesión de ayudas a viveros afectados por la Covid-19 convocadas mediante el Decreto 65/2020, de 29 de mayo, del Consell, de aprobación de las bases reguladoras y de concesión directa de subvenciones a viveros afectados por la Covid-19. [2020/8678]

(DOGV núm. 8932 de 22.10.2020) Ref. Base Datos 008320/2020




Vistas las solicitudes de ayudas presentadas al amparo de la Sección I del Decreto 65/2020, de 29 de mayo, del Consell, de aprobación de bases reguladoras y de concesión directa de subvenciones a viveros y asociaciones y entidades de protección y defensa de los animales, afectados por la Covid -19 (DOGV Núm. 8825, de 02.06.20), en las que se establecen las Ayudas las explotaciones agrícolas cuya orientación productiva sea viveros de producción de planta afectadas por la Covid-19.

Vista la Sección I del Decreto 65/2020, en la que se establecen las Ayudas a las explotaciones agrícolas afectadas por la Covid-19, cuya orientación productiva sea viveros de producción de plantas.

Visto los artículos segundo y tercero del Decreto 65/2020, en los que se establece los requisitos para ser beneficiario y la cuantía de la ayuda.

Vistos los Informes de Evaluación emitidos el personal técnico del órgano de gestión y realizada la valoración final por el órgano colegiado tal y como dispone el artículo 7 de la Sección I del citado decreto.

Visto que en la Resolución de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico, por la que se autorizan transferencias entre capítulos y programas en el presupuesto de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, para la inclusión de dos nuevas líneas de subvención de concesión directa, previstas en el Decreto 65/2020, de 29 de mayo, del Consell, por importe total de 2.600.000 euros, se establece que las ayudas se concederán con una dotación presupuestaria de 2.400.000,00 euros para «Ayudas a las explotaciones agrícolas, cuya orientación productiva sea viveros de producción de planta afectados por la Covid 19», con cargo al capítulo IV del programa 714.80 de Agricultura y ganadería, aplicación presupuestaria 12.02.01.0000, línea S8676.

Vistos los importes solicitados por los interesados, que no agotan la dotación presupuestaria asignada a estas ayudas por lo que no se hace necesario aplicar prorrateo tal y como establece el artículo 8.

Teniendo en cuenta la propuesta del órgano colegiado al que hace referencia el artículo séptimo del Decreto 65/2020 y acreditado el cumplimiento de los beneficiarios de la subvención considerándolos conformes a la normativa que regula la ayuda concedida.

Vistas las 91 solicitudes de ayudas presentadas al amparo de la Sección I del Decreto 65/2020, en la que se establecen las Ayudas a las explotaciones agrícolas afectadas por la Covid-19, cuya orientación productiva sea viveros de producción de plantas, relacionadas en el anexo 3. Listado total de expedientes de solicitud de ayuda, que comienza con Viveros Lozoya, SL, con CIF: B53159356 y termina con Ornacom, SL, con CIF: B97255996.



Vista la Propuesta del director general de Agricultura, Ganadería y Pesca de fecha 16 de octubre de 2020, resuelvo:



Primero

Conceder la ayuda a los 76 expedientes según relación adjunta en el anexo 1. Listado de expedientes aprobados, que comienza con el expediente AGCOVV/2020/1 que corresponde al solicitante con CIF: B53159356 y termina con el expediente AGCOVV/2020/91 que corresponde al solicitante con CIF: B97255996, donde para cada beneficiario figura la superficie validada y la cuantía de la ayuda concedida.



Segundo

Que se autorice el pago de la ayuda, con cargo a la aplicación presupuestaria: 12.02.01.0000, línea S8676, a cada uno de los beneficiarios señalados en el punto primero por un importe total de 331.586,7 €.



Tercero

Denegar la ayuda a los 15 expedientes relacionados en el anexo 2. Listado de expedientes denegados, que comienza con el expediente AGCOVV/2020/2 que corresponde al titular con CIF: B12997680 y termina con el expediente AGCOVV/2020/87 que corresponde al titular con CIF: J97188700, donde para cada solicitante figura el motivo de la denegación.



La presente Resolución pone fin a la vía administrativa. Contra la misma se podrá interponer recurso de reposición ante la consellera de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la notificación de la presente Resolución de conformidad con lo establecida en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas o bien recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Valencia, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación o publicación de la misma, de conformidad con lo previsto en el artículo 46 de la ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1998.



València, 16 de octubre de 2020.– La consellera de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica (p.d.: Resolución de 27 de julio de 2015, DOGV 7582, 30.07.2015), el secretario autonómico de Agricultura y Desarrollo Rural: Francisco Rodríguez Mulero.



Mapa web