Ficha docv

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RESOLUCIÓN de 11 de septiembre de 2020, del presidente de Turisme Comunitat Valenciana, de concesión de los Premis Turisme Comunitat Valenciana en la edición correspondiente a 2019. [2020/7608]

(DOGV núm. 8911 de 23.09.2020) Ref. Base Datos 007354/2020




Por Resolución del 21 de febrero de 2020, del presidente de Turisme Comunitat Valenciana se convocaron los Premis Turisme Comunitat Valenciana 2019.

El apartado 4 del artículo 13 de dicha resolución establece que los premios se concederán mediante Resolución del presidente de Turisme Comunitat Valenciana.

Así mismo, la citada resolución de convocatoria de premios dispone en el artículo 8 que la presidencia del jurado de los Premis Turisme Comunitat Valenciana 2019 recaerá en la persona titular de la dirección de Turisme Comunitat Valenciana, correspondiendo a la misma elevar propuesta de concesión de premios al presidente de Turisme Comunitat Valenciana según artículo 13, apartado 3.

En virtud de lo anterior, vista el acta de la reunión del Jurado de fecha 8 de septiembre de 2020 que recoge los acuerdos adoptados y la propuesta de Resolución del director de Turisme Comunitat Valenciana y presidente del jurado de fecha 10 de septiembre de 2020 que contiene la relación propuesta de candidatos a premiar, resuelvo:



Primero

Conceder los Premis Turisme Comunitat Valenciana 2019, en cada una de las modalidades convocadas, a las siguientes candidaturas:



Modalidad 1, a la trayectoria turística, que se otorgará a quien se haya distinguido, a lo largo de los años, por la realización de actividades que repercutan de forma positiva en el turismo de la Comunitat Valenciana, reconociendo así los méritos de personas o colectivos que se caractericen por su esfuerzo y dedicación, tanto en el desarrollo de iniciativas empresariales o de dinamización de productos y destinos turísticos de la Comunitat Valenciana, como en el desarrollo de su profesión o actividad mediante una participación activa y participativa dentro de sus empresas, en pro de nuestro turismo.



A LA FUNDACION PALAU DUCAL DELS BORJA FUNDACIO DE LA COMUNITAT VALENCIANA

Modalidad 2, a la formación, investigación e innovación turística, que se otorgará a quien, durante 2019 haya desarrollado proyectos de investigación y/o de base innovadora aplicados sobre la actividad turística, ya sea en el ámbito de la creación o gestión de empresas, la configuración de nuevos productos turísticos, el reposicionamiento de destinos o su especialización o cualesquiera otras actuaciones de índole similar que conlleven un incremento de la competitividad del sector turístico valenciano



AL I CURSO DE ESPECIALIZACIÓN EN TURISMO GASTRONÓMICO Y CULTURA CULINARIA

Modalidad 3, a la promoción y comunicación turística, que se otorgará a quien, durante el año 2019, haya llevado a cabo acciones de promoción o campañas de comunicación turísticas novedosas, tanto desde el ámbito de empresa turística y en relación a los servicios que esta ofrezca al consumidor turístico como desde la puesta en mercado de productos turísticos singulares. Asimismo, tendrán cabida en esta modalidad las iniciativas desarrolladas por los destinos turísticos que siempre que hayan supuesto una mejora clara de su posicionamiento en los mercados mediante la realización de actividades de promoción y comunicación que incidan en sus valores diferenciales y cuya ejecución haya conllevado un incremento de flujos turísticos hacia ellos.



A LA XIX EDICION FERIA PRIMER CORTE DE LA MIEL DE AYORA

Modalidad 4, al turismo sostenible, que se otorgará a quien durante 2019, haya contribuido significativamente al desarrollo de iniciativas que hayan supuesto una clara mejora de la competitividad de un producto o destino turístico mediante la aplicación de criterios de excelencia y sostenibilidad para el desarrollo, valorándose de forma especial todas las actuaciones que hayan ido dirigidas a aumentar la sensibilización respecto a la contribución del turismo sostenible al desarrollo, así como aquellas otras que hayan servido para hacer del turismo un catalizador de cambio positivo en alguno de los siguientes ámbitos:

a) Crecimiento económico sostenible.

b) Generación de empleo y reducción de la pobreza.

c) Uso eficiente de los recursos y protección del medio ambiente.

d) Fomento de los valores culturales y la diversidad del patrimonio.



A ASOC.MUNICIPIOS FORESTALES C.V, (AMUFOR) ARTE RUPESTRE Y EL BOSQUE COMO MODELO DE GESTIÓN DEL TURISMO

Modalidad 5, al turismo inclusivo, que se otorga quien durante 2019, haya contribuido significativamente a la mejora de la accesibilidad en todos los componentes del sector turístico, partiendo de la base de que la accesibilidad integral mejora la calidad de la oferta turística y le da un valor añadido y permite disfrutar del ocio a los turistas con limitaciones en sus capacidades físicas o intelectuales, con disminución o pérdida de sus capacidades sensoriales auditivas o visuales, con plurideficiencias, de edad avanzada, con lesiones temporales que reducen sus capacidades, embarazadas en avanzado estado de gestación, cuya movilidad física se encuentra temporalmente reducida y turistas que transportan coches de bebé u otros elementos que dificultan su movilidad. También se valorará el desarrollo de actividades o iniciativas dirigidas al desarrollo del Código Ético del Turismo Valenciano, implantando acciones de responsabilidad social empresarial o corporativa.



A LA NOCHE DE LAS VELAS. TITAGUAS

Modalidad 6, al turista responsable, que se otorgará a quien, durante su estancia en 2019 en la Comunitat Valenciana, se haya distinguido por promover una interacción respetuosa entre la experiencia turística realizada y el respeto y protección de los elementos naturales, culturales y/o sociales vinculados a la comunidad local en la que esta se ha desarrollado.

(Ex aequo) a estas dos empresas que, por el producto que ofrecen y las características de su gestión, atraen a turistas responsables y comprometidos con nuestro territorio y cultura.

A VIUNATURA, SL.

A HORTA VIVA–VALÈNCIA ORIGINAL TOURS





Segundo

Que por el presidente de Turisme Comunitat Valenciana, a propuesta del jurado, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 12 de la Resolución de 21 de febrero de 2020 y la posterior resolución de 13 de julio de 2020 que modifica el citado artículo, quedando redactado en los siguientes términos:



«Artículo 12. Mención Especial

A propuesta del presidente o presidenta del jurado, Turisme Comunitat Valenciana podrá otorgar menciones especiales a aquellas personas o entidades que durante 2020 se hayan distinguido por su importante contribución a paliar los efectos ocasionados por la Covid sobre el sector turístico valenciano, ya sea dicha contribución de carácter general o específica en un ámbito concreto de actuación.»



Se otorgue una mención especial:



A la ONG World Central Kitchen, desde Valencia, Menús solidarios de Castellón y a Alicante Gastronómica Solidaria, que ofrecieron 300.000 menús solidarios, por su aportación en los momentos más duros de la pandemia.



Al Instituto para la Calidad Turística Española (ICTE) y a Eva Beltrán Zurita (Técnico de Calidad de Turisme Comunitat Valenciana) por el esfuerzo realizado en la elaboración de las guías de especificaciones para la reducción del contagio por el coronavirus SARS-COV-2 en establecimientos turísticos y recomendaciones para destinos turísticos respecto de recursos turísticos de primer orden como son las playas o destinos de interior.



A los hoteles, Hotel Luz Castellón, Hotel AC Valencia y Complejo San Juan de Alicante, que fueron medicalizados»y acogieron pacientes de Covid, por su contribución a la atención sanitaria durante en los momentos más duros de la pandemia.



Tercero

Ordenar la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, de conformidad con lo establecido en el artículo 13, apartado 4 de la convocatoria de los Premis Turisme Comunitat Valenciana 2019 de 21 de febrero de 2020.



Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante los juzgados de lo contencioso administrativo, dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de la misma y, potestativamente, podrá interponerse recurso de reposición ante el presidente Turisme Comunitat Valenciana, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la misma, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.



València, 11 de septiembre de 2020.– El presidente de Turisme Comunitat Valenciana: Francesc Colomer Sánchez.

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