Ficha docv

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RESOLUCIÓN de 17 de enero de 2020, de la Gerencia, por la que se convocan pruebas selectivas para la constitución de una bolsa de trabajo de técnico medio o técnica media de la Cátedra INCREA de este organismo. [2020/500]

(DOGV núm. 8725 de 24.01.2020) Ref. Base Datos 000735/2020


  • Análisis documental

    Texto
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    Origen disposición: Universitat Jaume I
    Grupo Temático: Empleo público
    Descriptores:
      Temáticos: bolsas de empleo, B/A2



La Gerencia, en virtud de las competencias delegadas por la rectora mediante resolución de 12 de junio de 2018 (DOGV de 14 de junio), convoca pruebas selectivas para la constitución de una bolsa de trabajo de técnico medio o técnica media de la Cátedra INCREA de acuerdo con las bases siguientes:



Primera. Denominación del puesto de trabajo

Técnico medio o técnica media adscrito a la Cátedra INCREA de la Universitat Jaume I.



Segunda. Objeto y periodo

El objeto de esta convocatoria es la creación de una bolsa de trabajo de técnico medio o técnica media en emprendimiento estudiantil, adscrito a la Cátedra INCREA.



Tercera. Requisitos

Para la admisión a estas pruebas selectivas las personas interesadas tienen que cumplir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española o la de alguno de los otros Estados miembros de la Unión Europea o de algún Estado en el cual, en virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores y trabajadoras en los términos en que esta está definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, según lo que dispone la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, modificada por la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, y por el Real Decreto 800/1995, de 19 de mayo. También podrán participar el cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de esa edad que vivan a cargo de estos. Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados, cuando así esté previsto en los tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España.

b) Haber cumplido dieciséis años y no exceder, si procede, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Estar en posesión del título de diplomatura, ingeniería técnica, arquitectura técnica, grado o equivalente, o tener cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha en que finaliza el plazo de presentación de solicitudes.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, si procede, la homologación o la declaración de equivalencia a titulación. Este requisito no será aplicable a las personas aspirantes que han obtenido el reconocimiento de su calificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero que no se encuentren homologadas, declarada su equivalencia o reconocidas en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, se podrá sustituir este requisito, siempre que la titulación se presuma por el órgano convocante equivalente a la exigida en la convocatoria, por el de acreditar haber iniciado la tramitación para la homologación, declaración de equivalencia o reconocimiento, rescindiéndose el contrato si la autoridad competente resuelve su denegación, entendiendo que existe denegación cuando la misma se condiciona al cumplimiento de determinados requisitos, mientras no se cumplan.

d) Acreditar conocimientos de valenciano de nivel C1 (suficiencia) con alguno de los documentos relacionados en la tabla de equivalencias de certificados, diplomas, títulos y cursos de conocimientos del valenciano de la Universitat Jaume I, aprobada en la sesión número 48, de 26 de junio de 2014, del Consejo de Gobierno de la Universitat Jaume I que se encuentra en: https://bit.ly/2pSeJUu.

e) Acreditar conocimientos de inglés de nivel B2, con alguno de los documentos relacionados en la tabla de equivalencias de certificados, diplomas, títulos y cursos de conocimientos de inglés de la Universitat Jaume I, aprobada en la sesión número 48, de 26 de junio de 2014, del Consejo de Gobierno de la Universitat Jaume I que se encuentra en: https://bit.ly/2O8AjO1.

f) No sufrir enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el ejercicio de las correspondientes funciones.

g) No haber sido separado por medio de expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas, ni encontrarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Las personas solicitantes cuya nacionalidad no sea la española tendrán que acreditar, igualmente, no estar sometidas a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

Estos requisitos tienen que poseerse el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la firma del contrato de trabajo o nombramiento.

Si en cualquier momento posterior a la aprobación de la lista de personas admitidas y excluidas, incluso una vez finalizado el proceso selectivo, se advirtiera inexactitud o falsedad en las solicitudes o en la documentación aportada por las personas aspirantes, se considerará defecto irreparable y se resolverá la exclusión en el procedimiento.



Cuarta. Forma y plazo de presentación de las solicitudes

La solicitud para participar en este procedimiento se puede presentar en el Registro electrónico de la Universitat Jaume I de Castelló, en el plazo de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, y se tendrá que abonar la cantidad de 7,5 euros, en concepto de tasas.

Para presentar la solicitud por vía electrónica es necesario poseer un certificado digital de firma electrónica, DNI electrónico o el sistema de identificación CLAVE. Las solicitudes se formalizarán a través del registro electrónico de la Universitat Jaume I:

https://www.uji.es/seu/info-adm/tao/

En la solicitud genérica se tiene que indicar:

a) Datos personales.

b) EXPONGO: que son ciertos los datos consignados en esta solicitud y que reúno las condiciones exigidas para el ingreso en la función pública y las especialmente señaladas en esta convocatoria.

c) SOLICITO: la admisión en el proceso selectivo para la constitución de una bolsa de trabajo de técnico medio o técnica media de la Cátedra INCREA de la Universitat Jaume I, convocado por Resolución de 17 de enero de 2020, con el código 18514.

d) Destino: Servicio de Recursos Humanos.

A la solicitud electrónica hay que adjuntar un único fichero en formato PDF, con copia del documento nacional de identidad, el título de diplomatura, ingeniería técnica, arquitectura técnica, grado o equivalente, el documento que acredite los conocimientos de valenciano de nivel C1, el documento que acredite los conocimientos de inglés de nivel B2, y la justificación de bonificación o exención del pago de tasa, si procede.

El pago de la cantidad de 7,5 euros se realizará por TPV.

https://e-ujier.uji.es/pls/www/pagaments.ini?p_id=14&p_importe=7,5&p_referencia=18514

Están exentas de pago de la tasa las personas aspirantes que acrediten una discapacidad en grado igual o superior al 33%, los miembros de familia numerosa de categoría especial o de una familia monoparental de categoría especial, las que sean víctimas de actos de violencia sobre la mujer que acrediten esta condición, y las que estén en situación de exclusión social y esta se acredite por el órgano competente en materia de bienestar del ayuntamiento de residencia.

Las personas interesadas tienen que presentar las certificaciones correspondientes que acrediten la condición de discapacidad o la condición de miembro de familia numerosa mediante un certificado de la Conselleria de Bienestar Social u órgano competente.

Los miembros de familias numerosas de categoría general o de familia monoparental de categoría general tienen una bonificación del 50% de las tasas. El pago de la cantidad de 3,75 euros se realizará por TPV.

https://e-ujier.uji.es/pls/www/pagaments.ini?p_id=14&p_importe=3,75&p_referencia=18514

Excepcionalmente, solo cuando no sea posible presentar la solicitud de forma telemática, podrá presentarse la solicitud según el modelo del anexo III. La presentación de solicitudes en la modalidad presencial se puede efectuar en el Registro General de la Universitat Jaume I, o por cualquiera de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Si la solicitud se presenta de forma presencial, el pago de la tasa se efectuará con ingreso en la cuenta corriente de la Universitat Jaume I (ES36 Banco Santander, entidad 0049, sucursal 4898, DC 95, n.º de cuenta 2816129170). En el justificante, que se tiene que adjuntar a la solicitud, constará además del nombre y los apellidos, el número del documento nacional de identidad.

La falta de abono de las tasas establecidas durante el plazo de presentación de solicitudes se considera incumplimiento no enmendable y causa la no admisión en la participación de las pruebas selectivas. La exclusión por no cumplir alguno de los requisitos de la convocatoria no comporta el derecho de devolución de tasas.

Las personas solicitantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar tendrán que presentar fotocopia del documento que acredite su nacionalidad.



Quinta. Sistema de selección

El procedimiento de selección constará de dos partes:

La primera parte consistirá en la resolución de un ejercicio teórico-práctico sobre el temario que figura en el anexo I de esta convocatoria. La duración máxima de este ejercicio será de sesenta minutos. Este ejercicio se puntuará de 0 a 26 puntos y la puntuación mínima para superarlo será de 13 puntos.

La segunda parte consistirá en la valoración de los méritos de los aspirantes que superen la prueba anterior. La valoración se realizará según la previsión del artículo 6 “Baremo para el resto de puestos de trabajo” de la Normativa de aplicación a los concursos de méritos del PAS. La puntuación prevista en los diferentes apartados de este artículo se modificará proporcionalmente para que la puntuación máxima de los méritos no supere los 14 puntos.

La puntuación final será la suma de las dos partes.

La bolsa de trabajo se formará ordenando, en función del número total de puntos, las personas que hayan obtenido la puntuación mínima requerida en la primera parte.

Los casos de empate que se produzcan se dirimirán de la siguiente manera:

Se atenderá, en primer lugar, a la mayor puntuación obtenida en la primera parte, y si persistiese el empate, este se dirimirá por la mayor puntuación obtenida en los distintos apartados del baremo de la segunda parte, por el mismo orden en el que figuran relacionados.

En caso de persistir el empate se resolverá, en tercer lugar, en favor de la persona con diversidad funcional, y si el empate se produce entre dichas personas, se elegirá a quien tenga acreditado un mayor porcentaje de discapacidad.

En caso de persistir el empate, si este fuera entre personas de distinto sexo, se dirimirá a favor de la mujer en el caso que dicho sexo esté infrarrepresentado dentro del colectivo de personas que formen parte de esta categoría de la Universitat Jaume I en la fecha de publicación de la presente convocatoria.

Por último, si aún persistiese el empate, este se dirimirá por orden alfabético del primer apellido de las personas aspirantes empatadas, iniciándose el citado orden por la letra «F», conforme a la Resolución de 21 de enero de 2019, de la Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas, por la que se determina la letra para fijar el orden de intervención de las personas aspirantes y, en su caso, dirimir los empates en todos los procesos selectivos que se convoquen durante el año 2019 en el conjunto de las administraciones públicas valencianas (DOGV del 28).



Sexta. Órgano técnico de selección

La estructura del órgano técnico de selección es la que figura en el anexo II de esta convocatoria.

Los miembros tendrán que abstenerse de intervenir cuando concurra en ellos alguna circunstancia de las previstas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

La presidencia podrá solicitar a los miembros del órgano de selección una declaración expresa de no encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en los artículos mencionados.

El órgano técnico de selección resolverá todas las dudas que puedan surgir de la aplicación de estas normas, así como en lo que se pueda producir de los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del órgano de selección se ajustará en todo momento a lo que dispone la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.



Séptima. Lista de personas admitidas y realización de las pruebas

Finalizado el plazo para presentar las solicitudes, el gerente dictará una resolución por la cual se aprobará la lista de personas admitidas y excluidas en este proceso selectivo, así como la composición del órgano técnico de selección encargado de juzgarlo.

La fecha de realización de las pruebas selectivas se anunciará, con una antelación mínima de 48 horas, al Tauler d'Anuncis Oficials de la Universitat Jaume I (TAO), “Convocatorias PAS” https://www.uji.es/seu/info-adm/tao/, y en el web del Servicio de Recursos Humanos: https://www.uji.es/serveis/rrhh/.



Octava. Recursos

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 8, 45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, se puede interponer uno de los siguientes recursos:

a) Con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto contra el cual se recorre en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de esta publicación.

La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo contrario, no suspende la ejecución del acto impugnado, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015.

Transcurrido un mes desde el día siguiente de la interposición del recurso de reposición sin que este haya sido resuelto y notificado, se entenderá que ha sido desestimado y se puede interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Castelló, en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente al de la desestimación presunta.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Castelló, dentro del plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de publicación.

En caso de optar por el recurso potestativo de reposición no se puede interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación por silencio administrativo.

Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere procedente.



Castelló de la Plana, 17 de enero de 2020.– El gerente, p. d. (Resolución de 05.07.2018), el vicegerente de Personal y Organización: José Luis Gordo García-Madrid.





ANNEX I

Temari



1. Plan Estratégico de Emprendimiento de la Comunitat Valenciana 2019-2023.

2. Líneas estratégicas de fomento del emprendimiento estudiantil en la UJI.

3. Mapa del emprendimiento de la Comunitat Valenciana. Agentes y acciones.

4. Emprendimiento y aprendizaje universitario. Metodologías para estimular la innovación y la creatividad.

5. Competencias transversales en emprendimiento, creatividad e innovación y aprendizaje universitario.

6. Tipos de emprendimiento universitario: emprendimiento sostenible, emprendimiento sostenible, emprendimiento en femenino y emprendimiento social. Principales diferencias e impacto en la sociedad.





ANEXO II

Órgano técnico de selección



Titulares:

Presidente: el Vicegerente de Personal y Organización de la Universitat Jaume I.

Vocales: tres en representación de la Universitat Jaume I.

Secretario: un funcionario o funcionaria de carrera del Servicio de Recursos Humanos.



Suplentes: la misma estructura





ANNEX III

Solicitud



Datos personales

Primer apellido:

Segundo apellido:

Nombre:

DNI: Fecha de nacimiento:

Teléfono: Dirección electrónica:

Dirección y código postal:

Localidad/comarca y provincia:



DECLARO: que son ciertos los datos que se consignan y que reúno las condiciones exigidas para el ingreso en la función pública y las especialmente señaladas en esta convocatoria.



SOLICITO: la admisión en el proceso para la constitución de una bolsa de trabajo de técnico medio o técnica media en emprendimiento estudiantil adscrito a la Cátedra INCREA, convocado por Resolución de 17 de enero de 2020, con el código 18514.



(Firma)



Castelló de la Plana, … de… de 20…



SERVICIO DE RECURSOS HUMANOS



Me han informado de que el Servicio de Recursos Humanos de la Universitat Jaume I llevará a cabo el tratamiento de mis datos personales de acuerdo con el Reglamento general de protección de datos (UE) 2016/679.



Información básica sobre protección de datos

Responsable del tratamiento: Universitat Jaume I.

Finalidad del tratamiento: Gestión administrativa y económica del personal funcionario y laboral de la Universitat Jaume I.

Legitimación: Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Destinatarios: Los datos pueden ser comunicados a terceras partes para finalidades vinculadas al tratamiento de datos personales objeto de este consentimiento.

Derechos: Puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad, y a la limitación o la oposición al tratamiento ante la Secretaría General de la Universitat Jaume I mediante el Registro Electrónico (https://ujiapps.uji.es/reg/rest/publicacion/solicitud_generica).

Información adicional: Puede consultar la información adicional y detallada sobre este tratamiento de datos en https://www.uji.es/protecciodades/clausules/?=U017.

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