Ficha docv

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Extracto de la Resolución de la consellera de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica por la que se convocan, para el ejercicio 2020, las ayudas para los consejos reguladores u órganos de gestión de las figuras de calidad diferenciada agroalimentaria de la Comunitat Valenciana y entidades asociativas gestoras de la autorización del uso de la marca «CV». [2020/3031]

(DOGV núm. 8800 de 28.04.2020) Ref. Base Datos 003320/2020








BDNS (identif.): 503681.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index



Primero. Beneficiarios

Consejos reguladores u órganos de gestión de las figuras de calidad diferenciada agroalimentaria de la Comunitat Valenciana. En concreto:

a) Denominaciones de origen protegidas (DOP) e indicaciones geográficas protegidas (IGP) de productos agroalimentarios no vínicos.

b) Producción ecológica (CAE-CV).

c) Indicaciones geográficas de bebidas espirituosas.

d) Indicaciones geográficas de los productos vitivinícolas aromatizados.

e) DOP e IGP de productos vitivinícolas.

f) Marcas de calidad CV reguladas en el Decreto 91/1998, de 16 de junio, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el Reglamento de la Marca de Calidad CV para productos agrarios y agroalimentarios, o norma que la sustituya.



Segundo. Objeto

1. Actividades iniciales para la constitución de nuevos consejos reguladores u órganos de gestión de las DOP e IGP.

2. Costes derivados de las actividades de control y certificación.

3. Costes derivados de las actividades de promoción e información.



Tercero. Bases reguladoras

Orden 5/2015, de 30 de octubre, de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para los consejos reguladores u órganos de gestión de las figuras de calidad diferenciada agroalimentaria de la Comunitat Valenciana y entidades asociativas gestoras de la autorización del uso de la marca «CV».



Cuarto. Cuantía

Novecientos catorce mil trescientos euros (914.300 euros). Dicho importe podrá verse incrementado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 77/2019, de 7 de junio, del Consell, de regulación del procedimiento de gestión del presupuesto de la Generalitat (DOGV 8592, 16.07.2019).



Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

Dos meses y se iniciará el día siguiente al de la publicación del extracto de la resolución de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Este plazo, no obstante, queda suspendido en virtud de lo dispuesto en la disposición adicional tercera del Real decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el cual se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Las solicitudes y documentos que se remitan electrónicamente durante el periodo de suspensión del plazo, se tramitarán efectivamente en el momento en el cual se retome el cómputo del mismo, según lo previsto en la citada disposición, salvo que se haya alzado la suspensión en el procedimiento. Se considerará con carácter general como fecha de registro de entrada, el primer día hábil después del alzamiento de la suspensión.



València, 22 de abril de 2020.– La consellera de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica: Mireia Mollá Herrera.

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