Extracto de la Resolución de 30 de marzo de 2020, de la Dirección General del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), por la que se acuerda modificar los plazos de ejecución, validez de justificantes de gasto y pago y de justificación de los proyectos aprobados en el marco de la Resolución de 22 de noviembre de 2018, del presidente del IVACE por la que se convocan subvenciones para proyectos de creación de empresas de base tecnológica (CREATEC-CV) presupuesto 2018. [2020/2781]
(DOGV núm. 8780 de 03.04.2020) Ref. Base Datos 002914/2020
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Análisis jurídico
Fecha de entrada en vigor: 03.04.2020 Fecha fin vigencia: 02.06.2020 Esta disposición afecta a: Afecta a: Esta disposición está afectada por: Derogada por: -
Análisis documental
Origen disposición: Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial Grupo Temático: Ayudas Materias: Industria y energia
BDNS(Identif.): 426836
De conformidad con lo previsto en el artículo 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Resolución de 30 de marzo de 2020, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:
http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index
y en la página web del IVACE: http://www.ivace.es
Único
Modificar los plazos previstos en el artículo 9.3 de la convocatoria en los siguientes términos:
a) El proyecto deberá desarrollarse con posterioridad a la fecha de solicitud y hasta la fecha de finalización de la vigencia del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma y sus posibles prórrogas más 30 días naturales, entendiéndose que se ha iniciado cuando se haya producido el primer compromiso de gasto firme e irreversible.
b) Serán subvencionables los gastos incurridos en la realización del proyecto siempre que la fecha del justificante de gasto se encuentre comprendida en el periodo indicado en el apartado anterior.
c) Se admitirán los pagos realizados con posterioridad a la fecha de solicitud y hasta la fecha de finalización de la vigencia del Real Decreto 463 / 2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma y sus posibles prórrogas más 120 días naturales.
d) La justificación de la ejecución del proyecto podrá presentarse hasta la fecha de finalización de la vigencia del Real Decreto 463 / 2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma y sus posibles prórrogas más 120 días naturales.
València, 30 de marzo de 2020. La Directora General del IVACE: Júlia Company Sanus.