Ficha docv

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Aprobación de la modificación de los Estatutos de la Mancomunitat de la Ribera Alta por la incorporación de la Barraca d'Aigües Vives. [2020/2754]

(DOGV núm. 8779 de 02.04.2020) Ref. Base Datos 2020/2754




Ha resultado aprobada definitivamente la modificación no constitutiva de los Estatutos de la Mancomunidad de la Ribera Alta aprobada por el Pleno de la Mancomunidad en sesión de fecha 10 de diciembre de 2019, dirigida a la integración de la entidad local menor de la Barraca de Aguas Vivas como miembro de pleno derecho de la entidad. La modificación consiste en fijar la redacción de la letra b) del artículo 1 de los Estatutos de la Mancomunidad de la Ribera Alta, con el siguiente texto:

«b) Los municipios de Alberic, l'Alcúdia, Alcàntera de Xúquer, Alfarp, Algemesí, Alginet, Alzira, Antella, Beneixida, Benifaió, Benimodo, Benimuslem, Carcaixent, Càrcer, Carlet, Catadau, Cotes, l'Ènova, Gavarda, Guadassuar, Llombai, Manuel, Massalavés, Montserrat, Montroi, la Pobla Llarga, Rafelguaraf, Real, Sant Joanet, Sellent, Senyera, Sumacàrcer, Tous, Turís y Villanueva de Castellón y la entidad local menor de la Barraca d'Aigües Vives constituyen la Mancomunitat de la Ribera Alta.»

En cumplimiento de lo acordado y de la normativa concordante se publica el texto de la modificación aprobada por los Estatutos de la Mancomunidad de la Ribera Alta (En el DOGV de fecha 2 de septiembre de 2015 se publicó el texto íntegro de los estatutos. En el DOGV de fecha 9 de marzo de 2020, se publicó el texto de diferentes artículos modificado).

Con la inserción de este anuncio en el DOGV entrará en vigor la modificación aprobada.



Contra el acuerdo de modificación de los Estatutos, que es definitivo en vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses desde la publicación del presente anuncio.



Alzira, 27 de marzo de 2020.– El presidente: Txema Peláez Palazón.

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