Ficha docv

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Notificación de la sentencia dictada en el juicio verbal número 896/2018. [2020/1830]

(DOGV núm. 8763 de 16.03.2020) Ref. Base Datos 2020/1830




De: Teresa Gili Vicente

Procuradora: Verónica Arjona Peral

Contra: 1 Levante Dental Proyecto Odontológico, S.L.U., y Elche Dental, S.L.

En el presente procedimiento juicio verbal número 896/2018, seguido a instancia de Teresa Gili Vicente frente a 1 Levante Dental Proyecto Odontológico, S.L.U. y Elche Dental, S. L ., se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:



«Sentencia número 66118

Elche, a 17 de diciembre de 2.018.

Vistos Agustín Valero Macia, magistrado-juez del Juzgado de Primera Instancia número 8 de Elche y su partido, los presentes autos de juicio verbal promovidos por la procuradora Verónica Arjona Peral, en nombre y representación de Teresa Gili Vicente, bajo la dirección letrada de Marina Lorena Rico Sánchez, contra 1 Levante Dental Proyecto Odontológico S.L.U. y Elche Dental S.L., declaradas en rebeldía, ha dictado, en nombre de S.M. el Rey, la presente sentencia con base en los siguientes:

Fallo

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la procuradora Verónica Arjona Peral, en nombre y representación de Teresa Gili Vicente, contra 1 Levante Dental Proyecto Odontológico S.L.U., debo declarar y declaro la resolución, por incumplimiento de la demandada, del contrato suscrito por las partes, condenando a la demandada a restituir a la actora la cantidad de 1.496,13 euros, más el interés legal computado desde el día 19 de septiembre de 2.018. No ha lugar a efectuar condena en costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma procede recurso de apelación a interponer en el plazo de 20 días ante este juzgado, acreditando la constitución de depósito por importe de 50 euros mediante ingreso en la cuenta de consignaciones de este juzgado, así como, en su caso, el pago de la tasa establecida por Ley 10/2.012.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a autos, incorporándose el original al libro de sentencias, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.»



Y encontrándose dicho demandado, Elche Dental, S. L., en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.



Elche, 6 de febrero de 2020.– El letrado de la Administración de justicia: Alfonso Marcos Lucero.

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