Ficha docv

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RESOLUCIÓN de 15 de enero de 2020, de la Subdirección General de Relaciones Laborales, por la que se dispone el registro y publicación del acuerdo de la comisión paritaria del convenio colectivo de trabajo para la Comunitat Valenciana del sector de actividades diversas (código convenio número: 80100165012019) [2020/1321]

(DOGV núm. 8741 de 17.02.2020) Ref. Base Datos 001606/2020


  • Análisis documental

    Texto
    texto texto
    Origen disposición: Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo
    Grupo Temático: Convenios colectivos
    Descriptores:
      Temáticos: convenio colectivo , convenio de sector



Vista el acta de acuerdo sobre subsanación de las tablas salariales de 2019, de fecha 26 de noviembre de 2019, de la comisión paritaria del convenio colectivo de trabajo para la Comunitat Valenciana del sector de actividades diversas, suscrito, de parte empresarial por la organización empresarial UNIÓN GREMIAL y de parte de los trabajadores, por los sindicatos UGT y CCOO, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3 del Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, del Estatuto de los Trabajadores, artículo 2 del Real decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y el artículo 3 de la Orden 37/2010, de 24 de septiembre, por la que se crea el Registro de la Comunidad Valenciana de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, esta Subdirección General de Relaciones Laborales, conforme a las competencias transferidas según el Real decreto 4105/82, de 129 de diciembre, resuelve:



Primero

Ordenar su inscripción en el Registro de la Comunidad Valenciana de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, con notificación a la Comisión Negociadora, y depósito del texto del acuerdo.



Segundo

Disponer su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.



València, 15 de enero de 2020.– El subdirector General de Relaciones Laborales: Rogelio Antonio Navarro Domenichelli.





ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO PARA LA COMUNITAT VALENCIANA DEL SECTOR DE ACTIVIDADES DIVERSAS.



Por la parte empresarial;

Union Gremial:

Joan Antoni Rodilla Cantó

Rafael Gil Cortes.



Por la parte social;

Por CC.OO. Federacion de Servicios

Salvador Mejías Sahuquillo

Por FeSMC-UGT-PV

Esteban Ramos Cano



En Valencia, siendo las 12.30 horas del 26 de noviembre de 2019, en la sede de la Unión Gremial, la mesa negociadora del Convenio del Comercio de Actividades Diversas para la Comunitat Valenciana; de una parte los miembros en representación de la asociación empresarial legitimada en este ámbito, y de otra los miembros de la parte social designado por los sindicatos más representativos, al objeto de tratar sobre el siguiente Orden del Día;

1º Subsanar las tablas salariales publicadas

Con fecha 3 de octubre de 2019 se ha publicado el convenio colectivo, donde se ha detectado un error en las tablas salariales publicadas.

Se acuerda la modificación de dichas tablas, como documento adjunto para su publicación.



2º Autorización expresa para la solicitud de registro, inscripción y publicación en el Boletín Oficial de la provincia.

Los firmantes de este acta en representación de las organizaciones que constituyen la mesa negociadora, han acordado autorizar al Sr. D Vicente Martínez Trenco, a los efectos de que procedan a realizar los trámites necesarios ante el Registro de convenios colectivos dependiente de la Autoridad Laboral para su registro, inscripción y solicitud de resolución aprobatoria del mismo y publicación en el Boletín Oficial provincial.

Lo que firman los presentes en prueba de conformidad con lo pactado.



TABLAS SALARIALES 2019

GRUPO PROFESIONAL SALARIO ANUAL SALARIO MENSUAL

GRUPO V 21.777,87 € 1.451,86 €

GRUPO IV 18.876,53 € 1.258,44 €

GRUPO III 17.583,22 € 1.172,21 €

GRUPO II 15.290,21 € 1.019,35 €

GRUPO I 12.803,04 € 853,54 €

COMPLEMENTOS  

La dieta se abonará a 45,12 €

La media dieta se abonará a 14,30 €

Complemento «ad personam» art. 15.8 76,86 €

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