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RESOLUCIÓN de 5 de febrero de 2020, de la Consellera de Sanidad Universal y Salud Pública por la que se aprueba el Plan de Inspección de Servicios Sanitarios para el año 2020. [2020/1252]

(DOGV núm. 8741 de 17.02.2020) Ref. Base Datos 001611/2020


  • Análisis documental

    Texto
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    Origen disposición: Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública
    Grupo Temático: Autorizaciones administrativas



El artículo 85 de la Ley 10/2014, de 29 de diciembre, de la Generalitat, de Salud de la Comunitat Valenciana, establece que «la Conselleria competente en materia de sanidad contará con planes de inspección, que se aprobarán periódicamente y definirán los programas de actuación preferenciales y la coordinación con todas las inspecciones que incidan en el ámbito sanitario y de la salud pública».

El Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Inspección de Servicios Sanitarios de la Conselleria de Sanitat, aprobado por Decreto 56/2006, de 28 de abril, del Consell, dispone en su artículo 34 que la elaboración de un Plan de Inspección de Servicios Sanitarios constituye una herramienta fundamental para lograr la planificación reglada de las actividades a desarrollar por la Inspección de Servicios Sanitarios, estableciendo en el apartado 9 de dicho artículo que el Plan de Inspección será aprobado por el conseller de Sanitat.

En la elaboración de este Plan de Inspección, se ha contado con un grupo de trabajo, así como con los distintos órganos directivos de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, Direcciones Generales, Direcciones Territoriales, Gerencias de departamentos y Secciones de Inspección de Servicios Sanitarios de cada uno de los Departamentos de Salud. En el Plan de Inspección para el ejercicio 2020 se integran los programas específicos a desarrollar y los objetivos fijados en cada uno de ellos.

Las áreas que sustentan la actividad inspectora para el año 2020 son:

– Derechos de la ciudadanía en relación con el sistema sanitario.

– Inspección de concesiones, conciertos, centros y servicios sanitarios.

– Inspección del uso de las prestaciones sanitarias.

– Responsabilidad sanitaria.

– Inspección y gestión de las prestaciones de la seguridad social.

– Inspección de la prestación farmacéutica.

– Compromiso con la organización.

La actividad de los servicios de inspección de servicios sanitarios supone una garantía en el cumplimiento de los derechos de pacientes y personas atendidas en el sistema sanitario, una tutela y control de las prestaciones y actividades sanitarias, un procedimiento en la evaluación de los servicios sanitarios públicos, concertados y privados, y en definitiva una garantía de la eficiencia, calidad y seguridad en la asistencia sanitaria dispensada a la ciudadanía.

Habiéndose observado todos los trámites legales y reglamentarios establecidos, y en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 34.9 del Decreto 56/2006, de 28 de abril, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Inspección de Servicios Sanitarios de la Conselleria de Sanidad, resuelvo:



Primero

Aprobar el Plan de Inspección de Servicios Sanitarios de la Conselleria de Sanitat Universal y Salud Pública para el año 2020 que se estructura en las siguientes áreas y programas:



Derechos de la ciudadanía en relación con el sistema sanitario

1. Inspección de normas de buena práctica clínica en investigación clínica

Objetivos:

a) Garantizar que, en la Comunidad Valenciana, los ensayos clínicos con medicamentos en seres humanos se realicen de acuerdo a las Normas de Buena Práctica Clínica, respetando los derechos de las personas incluidas en proyectos de investigación, su integridad y su seguridad, y que los resultados de estas investigaciones sean fiables y respondan a su impacto en función del género.

b) Inspección del cumplimiento de la normativa vigente en relación con las Buenas Prácticas Clínicas por parte de investigadores e investigadoras y de quienes componen los Comités éticos de investigación en medicamentos (CEIm) de la Comunidad Valenciana y Comités de investigación biomédica.

c) Incrementar la formación en Buenas Prácticas Clínicas del personal de la inspección sanitaria médica, para su acreditación en las inspecciones de centros y ensayos clínicos.

d) Inspecciones de acreditación de ensayos clínicos en Fase I.



2. Violencia de Género

Objetivos:

a) Inspección del cumplimiento de la garantía de la no coincidencia de la mujer en situación de violencia de género y su agresor en el mismo cupo médico.

b) Inspección del grado de conocimiento del programa de detección precoz de violencia de género.

3. Derechos del Menor o la Menor

Objetivo:

a) Inspección del cumplimiento de los derechos del menor o la menor en los casos de desacuerdo paterno respecto a su derivación a salud mental, así como otras unidades de apoyo y servicios especializados. En el supuesto de derivación a salud mental se estará a lo establecido en el Real Decreto ley 9/2018 por el que se modifica el artículo 156 del Código Civil.



Inspección de concesiones, conciertos, centros y servicios sanitarios

4. Inspección de la prestación sanitaria y calidad asistencial en Departamentos de Salud gestionados mediante concesión administrativa

Objetivos:

a) Revisión de los flujos interdepartamentales de pacientes en las concesiones; análisis de sus contenidos asistenciales y repercusiones económicas.

b) Análisis comparativo de la complejidad de los procesos entre las concesiones sanitarias y los hospitales de gestión directa, atendiendo a sus aspectos asistenciales y económicos.

c) Estudio de la adecuación de la facturación intercentros por las asistencias prestadas y de su documentación de respaldo, actualizando, si procede, los informes y actuaciones administrativas ya efectuadas sobre ejercicios anteriores.

d) Análisis de la prestación farmacéutica dispensada en los centros sanitarios bajo concesión, orientado principalmente a la materialización del incentivo por ahorros producidos en la prestación farmacéutica mediante receta, como parte esencial del precio del contrato.

e) Participación en la fijación y monitorización de los Acuerdos de Gestión relativos a la concesiones.

f) Seguimiento de los pliegos, Contratos de Gestión y Planes de Calidad y Gestión de las concesiones, a efectos de verificar su cumplimiento.

g) Coordinación y Seguimiento de las Unidades de gestión del Comisionado. Verificación y monitorización por estas de los servicios y contratos suscritos por las empresas concesionarias para la derivación de su población protegida, de acuerdo con las especificaciones contractuales. Coordinación de las acciones para la integración de las diferentes plataformas de información.

h) Coordinación de la información recabada por otras dependencias de la CSUiSP sobre diferentes aspectos de los servicios sanitarios en régimen de concesión encomendados en el Decreto 93/2018.

5. Inspección de la asistencia sanitaria en centros de la red sanitaria de la Comunidad Valenciana

Objetivos:

a) Inspección de la actividad asistencial en los centros de hemodiálisis.

b) Inspección de la actividad asistencial en los centros de logopedia.

c) Inspección de los centros autorizados para la IVE (Interrupción Voluntaria del Embarazo).

d) Inspección de centros y servicios de transfusión.

e) Evaluar la adecuación a la normativa vigente del funcionamiento de los Centros y Unidades de Reproducción Humana Asistida y Establecimientos de Tejidos de Células Reproductoras.

f) Inspección de centros que prestan asistencia a trastornos de la conducta alimentaria.

g) Inspección de centros que prestan asistencia de neurorehabilitación en daño cerebral.

h) Inspección de la prestación sanitaria en los servicios de urgencia.

i) Mantenimiento de los Protocolos de Actuación e Informes.

j) Análisis de las derivaciones de los departamentos hacia la acción concertada y no concertada.

6. Inspección en los procedimientos de autorización sanitaria de funcionamiento de centros y servicios sanitarios de acuerdo a la normativa vigente.

Objetivos:

a) Realizar acciones coordinadas con las Direcciones Generales competentes en la materia, con objeto de establecer requisitos mínimos asistenciales, para la autorización del funcionamiento de centros y servicios sanitarios.

b) Inspección previa a la autorización de funcionamiento de centros y servicios sanitarios.

7. Inspección de la asistencia sanitaria en los centros sanitarios que participan en el plan de eliminación de listas de espera.

Objetivos:

a) Inspección de los procesos asistenciales de pacientes que se remiten a los centros que participan el Plan de Eliminación de Listas de Espera desde las aplicaciones informáticas que registran la actividad.

b) Inspección de los centros participantes en el Plan de eliminación de lista de espera quirúrgica.

c) Inspección del cumplimiento del Plan de Eliminación de Listas de espera en los mismos.



Inspección del uso de las prestaciones sanitarias

8. Inspección de las prestaciones ortoprotésicas

Objetivos:

a) Inspeccionar los desvíos en función del impacto, tanto económico como cualitativo, que se produzcan en el proceso de prescripción, dispensación y facturación de la prestación exoprotésica.

b) Inspección y seguimiento de los tratamientos ortoprotésicos que precisan de control especial mediante visado.

c) Seguimiento de la utilización de determinados artículos con elevado impacto económico y/o sanitario.

9. Inspección de la prestación de oxigenoterapia y terapias respiratorias domiciliarias

Objetivo:

a) Inspeccionar el cumplimiento de las cláusulas del pliego signado con las empresas concesionarias de la prestación de las terapias respiratorias domiciliarias y su seguimiento y control por parte de los Departamentos de Salud, detectando e inspeccionando posibles desviaciones.

10. Inspección y evaluación del transporte sanitario en los diferentes departamentos de salud

Objetivo:

a) Inspeccionar el cumplimiento de las cláusulas del pliego signado con las empresas concesionarias de la prestación de transporte sanitario y su seguimiento y control por parte de los Departamentos de Salud.



Responsabilidad sanitaria

11. Inspección en procedimientos de responsabilidad patrimonial, valoración del daño corporal y mapa de riesgos sanitarios

Objetivos:

a) Garantizar la emisión de los informes técnicos sanitarios de Inspección e informes de valoración del daño en un tiempo y un nivel de calidad técnica adecuados para la resolución de las solicitudes de reclamación patrimonial.

b) Actualizar el Mapa de Riesgos Sanitarios de la Comunidad Valenciana.

c) Implementar medidas para mejorar la capacitación del personal sanitario de la Inspección de Servicios Sanitarios en materia de responsabilidad patrimonial y valoración del daño corporal.

12. Inspección en procedimientos de responsabilidad disciplinaria del personal estatutario

Objetivos:

a) Designar a instructores/as y secretarios/as de expedientes, con criterios de eficacia e igualdad en el reparto de tareas.

b) Reducir el plazo de tramitación de los expedientes adecuándolos a los estándares contemplados en el cuadro de indicadores de la Dirección General.

c) Coordinación con los departamentos de salud para la gestión adecuada de situaciones susceptibles de actuaciones disciplinarias.

Inspección y gestión de las prestaciones de la seguridad social

13. Seguimiento del plan de actuaciones del convenio 2017-2020 con el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) y desarrollo de programas para su cumplimiento

Objetivos:

a) Seguimiento y valoración de las cláusulas del convenio 2017-2020 y objetivos establecidos para el año 2020.

b) Realizar actuaciones tendentes al cumplimiento máximo de los objetivos fijados en el Convenio suscrito por la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública y el Instituto Nacional de la Seguridad Social tendente a la mejora de la gestión de la Incapacidad Temporal con impulso de las actualizaciones de los programas informáticos corporativos para la mejora de la gestión de la IT.

14. Inspección y gestión de la prestación por incapacidad temporal del personal de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud pública y del personal de la administración del Consell

Objetivos:

a) Ajustar los Índices de Ausencia del personal de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública y de la Administración del Consell.

b) Elaboración, estudio y difusión de los indicadores relativos a la Incapacidad Temporal correspondientes a este personal, para facilitar la gestión de los recursos por parte de los correspondientes departamentos contemplando la perspectiva de género.

15. Desarrollo de actividades para la mejora de la gestión sanitaria de la Incapacidad temporal

Objetivos:

a) Desarrollo de alertas en el módulo de Incapacidad temporal de SIA-Abucasis para los Médicos de Atención Primaria sobre procesos que superen los tiempos óptimos.

b) Implementar programas encaminados a detectar procesos de corta duración, procesos que hayan superado los tiempos óptimos y los procesos de patología psiquiátrica menor.

c) Impulso de la colaboración con las MCOSS(Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social) en materia de Incapacidad Temporal. Revisión de los convenios, unificación de criterios y mejora de la calidad de las actuaciones.

d) Formación a profesionales sanitarios de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública en la gestión sanitaria de la incapacidad temporal.

e) Potenciar la participación en el programa de las rotaciones de residentes para su formación en materia de incapacidad temporal.

f) Impulso de los expedientes de determinación de contingencia común-profesional y de la revisión clínica de los expedientes de facturación/reintegro de gastos derivados de los mismos, y las actuaciones con las Mutuas Colaboradoras de la Seguridad Social.

g) Propuestas de mejora del módulo de gestión de Incapacidad Temporal en SIA.



Inspección de la prestación farmacéutica

16. Vigilancia del cumplimiento de la normativa sobre prestación farmacéutica.

Objetivos:

a) Evaluación de la atención farmacéutica en centros socio sanitarios.

b) Inspección de la dispensación de medicamentos y productos sanitarios facturación de recetas oficiales.

c) Inspección de la atención Farmacéutica en los hospitales de la Comunidad Valenciana, incluyendo el cumplimiento de los criterios corporativos que emanan de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública.

d) Actualización y evaluación del cumplimiento del Decreto 118/2010 sobre unidades de soporte para el Uso Racional del Medicamento en la Comunidad Valenciana.

e) Inspección de la prescripción y dispensación de medicamentos susceptibles de uso ilícito (estupefacientes, psicótropos, anabolizantes) y recetas robadas y falsificadas.

f) Control de la prescripción y dispensación de recetas manuales.

g) Seguimiento y gestión de los tratamientos que precisan de control especial mediante visado.



Compromiso con la organización

17. Participación en la estructura sanitaria y formación.

Objetivos:

a) Fomentar acuerdos de colaboración específicos de la inspección con los departamentos de salud.

b) Fomentar la participación del personal de Inspección de Servicios Sanitarios en órganos colegiados de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública (comisiones de docencia, juntas de departamento, órganos de dirección, comisiones clínicas...) y otras instituciones.

c) Promover el intercambio de conocimiento entre profesionales de la Inspección de Servicios Sanitarios y demás profesionales.

d) Estimular la asistencia a actividades científicas y formativas.

e) Formación de residentes en materia de Inspección de Servicios Sanitarios.

f) Capacitación a profesionales de inspección mediante actuaciones de formación continuada en materias específicas de inspección de servicios sanitarios.



Segundo

Publicar la presente Resolución en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana», con advertencia de que agota la vía administrativa y contra la misma se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Conselleria de Sanitat Universal i Salut Pública, en el plazo de un mes, o ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.



València, 5 de febrero de 2020.– La consellera de Sanidad Universal y Salud Pública: Ana Barceló Chico.

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