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RESOLUCIÓN de 5 de septiembre de 2019, de la Secretaría Autonómica de Educación y Formación Profesional, por la que se aprueba el Plan plurianual de la Inspección de Educación de la Comunitat Valenciana para el periodo 2019-2023. [2019/8838]

(DOGV núm. 8642 de 25.09.2019) Ref. Base Datos 008506/2019


  • Análisis documental

    Texto
    texto texto
    Origen disposición: Conselleria de Educación, Cultura y Deporte
    Grupo Temático: Legislación
    Materias: Educación
    Descriptores:
      Temáticos: inspección escolar, política educativa, centro de enseñanza, formación en el puesto de trabajo, personal docente , monografias



La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, dedica su título VII a la inspección del sistema educativo. En este marco se establece que corresponde a la administración competente ordenar, regular y ejercer la inspección de educación dentro del respectivo ámbito territorial. Así mismo, señala que la inspección de educación se realizará sobre todos los elementos y aspectos del sistema educativo, a fin de asegurar el cumplimiento de las leyes, la garantía de los derechos y la observancia de los deberes de cuantos participan en los procesos de enseñanza y aprendizaje, la mejora del sistema educativo y la calidad y equidad de la enseñanza.

Dentro de este mismo marco se encomienda a la Inspección de Educación las funciones y atribuciones recogidas en los artículos 151 y 153, respectivamente, y se cede a las administraciones educativas la regulación de la estructura y el funcionamiento de los órganos que establezcan para el desempeño de la inspección educativa en sus respectivos ámbitos territoriales.

El Decreto 80/2017, de 23 de junio, del Consell, regula la actuación, el funcionamiento y la organización de la Inspección de Educación de la Comunitat Valenciana. En su preámbulo se destaca que el trabajo de la Inspección de Educación debe avanzar hacia un modelo de intervención basado en la supervisión, el asesoramiento, el control y la evaluación del sistema educativo valenciano desde una perspectiva global e integradora favoreciendo la participación de la comunidad educativa.

Mediante la intervención en los centros, como eje fundamental de su actuación, la Inspección de Educación debe responder a la condición de factor de mejora y de equidad de la enseñanza que le atribuye la legislación educativa. Por ello, su intervención no debe reducirse únicamente al control del cumplimiento de la normativa, sino que también comprende, a partir del conocimiento de las características y del funcionamiento de cada centro en su globalidad y mediante el análisis de las variables organizativas y curriculares que más inciden en la respuesta educativa al alumnado, el acompañamiento y apoyo a los centros en el desarrollo de sus proyectos educativos, el impulso de procesos de autoevaluación, la participación en los procesos de evaluación externa, el asesoramiento a la comunidad educativa y especialmente a los equipos directivos, y la formulación de propuestas que contribuyan a la mejora de cada uno de los centros.

La Orden 17/2019, de 16 de abril, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, desarrolla la actuación, el funcionamiento y la organización de la Inspección de Educación de la Comunitat Valenciana. Su artículo 19 prevé que los inspectores e inspectoras de educación, en el ejercicio de sus competencias, actuarán de acuerdo con lo establecido en los diferentes planes de actuación, para lo que aplicarán las líneas de actuación conforme a sus funciones y atribuciones, y conforme a los principios de jerarquía, coordinación, autonomía en la emisión de sus informes y propuestas, participación, planificación, especialización, profesionalidad, trabajo en equipo, evaluación de resultados y mejora continua.

En relación con el objeto de regulación de la presente resolución conviene destacar que el principio de planificación se hará efectivo a partir de la elaboración de planes de trabajo que se concretarán en el plan de actuación plurianual, plan general de actuación anual, en los planes territoriales de actuación anual, en los planes específicos de actuación en zona y en las tareas planificadas por iniciativa de los responsables de las direcciones territoriales de educación. La aplicación de este principio es un requisito de profesionalidad que evita la improvisación, responde a objetivos previstos y permite una utilización eficaz del tiempo y de los recursos.

El sistema de gestión de la Inspección de Educación se debe estructurar mediante tres ejes fundamentales: en primer lugar, desarrollar la política y la estrategia de la organización, lo cual se realiza por medio de planes de actuación; en segundo lugar, dar respuesta eficiente a los destinatarios de los servicios de la Inspección de Educación, y en tercer lugar, efectuar la revisión y la evaluación del sistema a través de los procesos de medición y análisis establecidos al efecto.

Con objeto de afianzar los objetivos estratégicos establecidos en el presente plan plurianual y desarrollar todas las actuaciones asociadas a estos, resulta necesario impulsar la participación activa de las inspectoras e inspectores de educación en los centros, servicios y programas autorizados o promovidos por la conselleria con competencias en materia de educación. Para ello, se aprobó la Resolución de 29 de julio, de la Secretaría Autonómica de Educación y Formación Profesional, por la que se regula la visita de la Inspección de Educación de la Comunitat Valenciana.

De conformidad con lo establecido en el artículo 19 del Decreto 80/2017, el plan de actuación plurianual será elaborado por la Inspección General de Educación de acuerdo con las directrices de la secretaría autonómica con competencias en materia de educación durante el primer trimestre de su período de vigencia. Dicho plan contendrá las finalidades y objetivos de actuación de la Inspección de Educación de la Comunitat Valenciana.

Así mismo, de acuerdo con el artículo 29 del Decreto 80/2017, la Inspección General de Educación establecerá un sistema de seguimiento y evaluación para determinar el grado de consecución de los objetivos propuestos y la valoración de los resultados de las distintas actividades.

Por todo ello, a propuesta de la Inspección General de Educación y de acuerdo con lo previsto en el artículo 18 del Decreto 80/2017, y de conformidad con el Decreto 5/2019, de 16 de junio, del president de la Generalitat, por el que se determinan el número y la denominación de las consellerias y sus atribuciones (DOGV 8572, 17.06.2019), y con el Decreto 7/2019, de 20 de junio, del president de la Generalitat, por el que se determinan las secretarías autonómicas de la Administración del Consell (DOGV 8576, 21.06.2019), resuelvo:



Primero

Aprobar el Plan de actuaciones plurianual de la Inspección de Educación de la Comunitat Valenciana para el período 2019-2023 que se incluye como anexo único a la presente resolución.



Segundo

La Secretaría Autonómica con competencias en materia de educación, a propuesta de la Inspección General de Educación, adecuará el plan general de actuación anual correspondiente a cada uno de los cursos del período 2019-2023 a lo establecido en el presente Plan de actuación plurianual.



Tercero

El Plan de actuación plurianual podrá ser objeto de revisión y modificación con la finalidad de atender nuevas necesidades o demandas que afecten al sistema educativo y a la actuación de la Inspección de Educación.



Cuarto

Esta resolución se publicará en el Portal de Transparencia de la Generalitat y en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.



València, 5 de septiembre de 2019.– El secretario autonómico de Educación y Formación Profesional: Miguel Soler Gracia.





ANEXO

Plan de actuación plurianual de la Inspección de Educación

de la Comunitat Valenciana para el período 2019-2023



Índice

1. Fines

2. Objetivos estratégicos de la Inspección de Educación de la Comunitat Valenciana

3. Prioridad de las diferentes actuaciones

4. Actuaciones para el desarrollo de los objetivos estratégicos

5. Metodología de la intervención en los centros educativos

6. Seguimiento y evaluación del Plan de actuación plurianual para el período 2019-2023

7. Temporalización en la implementación de las actuaciones y la relación con los objetivos estratégicos



1. Fines

1.1. Definir las directrices para la elaboración del plan general de actuación anual (PGAA) que se elabore durante el período 2019-2023, así como los correspondientes planes territoriales de actuación anual.

1.2. Coordinar la actuación de las diferentes inspecciones territoriales en los centros, servicios y programas promovidos o autorizados por la conselleria con competencias en educación.

1.3. Servir de marco de referencia para la evaluación de las actuaciones realizadas por la Inspección de Educación para la mejora de los centros, servicios y programas del sistema educativo de la Comunitat Valenciana.

1.4. Planificar intervenciones en los centros desde una perspectiva global y mediante procesos de supervisión y asesoramiento orientados a la mejora de su organización y funcionamiento.

1.5. Asesorar a los centros en sus planes de actuación para la mejora de la calidad de la educación.



2. Objetivos estratégicos de la Inspección de Educación de la Comunitat Valenciana

La Inspección de Educación debe liderar la mejora y garantizar la equidad, tal y como le encomienda la legislación educativa. Sin perjuicio de la supervisión del correcto cumplimiento de la normativa vigente, su intervención en el sistema educativo debe fundamentarse, de forma prioritaria, en el conjunto de factores que favorecen la calidad de la enseñanza. Entre estos factores conviene destacar el impulso de procesos de autoevaluación y la participación en los procesos de evaluación externa; el asesoramiento a la comunidad educativa y especialmente a los equipos directivos; la formulación de propuestas que contribuyan a la mejora de cada uno de los centros y el acompañamiento y apoyo a los centros en el desarrollo de sus proyectos educativos. Desde esta perspectiva, los objetivos estratégicos que se establecen para los cursos 2019/2020, 2020/2021, 2021/2022 y 2022/2023 son los siguientes:

a) Aumentar la repercusión y la incidencia de las actuaciones de la Inspección de Educación en la mejora continua del sistema educativo de la Comunitat Valenciana, sus centros, servicios y programas.

b) Fomentar la cultura de la evaluación para la mejora del sistema educativo de la Comunitat Valenciana: evaluación de centros, evaluación docente, evaluación directiva y evaluación de la Inspección de Educación.

c) Informar a la Administración y la comunidad educativa mediante valoraciones técnicas de carácter propositivo a partir de la supervisión realizada en los centros, de la participación en las evaluaciones del sistema y de la colaboración con otros organismos y entidades.

d) Potenciar el trabajo en equipo: establecer y temporalizar las actuaciones inspectoras e impulsar su homologación y eficiencia, de modo que cada una de ellas consuma el tiempo necesario para su correcto desarrollo y se asegure la homogeneidad de la praxis inspectora en las tres inspecciones territoriales.

e) Diseñar y desarrollar el plan institucional de formación y actualización profesional de la Inspección de Educación de la Comunitat Valenciana para el período 2019-2023 e integrar en dicho plan la participación institucional en sistemas de colaboración con inspecciones de otras Comunidades Autónomas y en programas europeos.

f) Coordinar la colaboración con la Inspección General de Servicios y con las inspecciones sectoriales de la Comunitat Valenciana.

Se prevé que los objetivos prioritarios enunciados en este apartado se desarrollen a lo largo de los cuatro cursos para los que está diseñado el plan. No obstante, su implementación se irá modulando según el logro de las actuaciones ya ejecutadas. La temporalización respecto a la implementación de las actuaciones inspectoras y su relación con los objetivos prioritarios para los cuatro cursos escolares se definen en el apartado siete del presente anexo.



3. Prioridad de las distintas actuaciones

Para el logro de los objetivos estratégicos planteados en el presente plan plurianual, las actuaciones que se desarrollan en el apartado siguiente son, en todos los casos, necesarias para la contribución de la Inspección de Educación al buen funcionamiento y mejora del sistema educativo de la Comunitat Valenciana. No obstante, algunas de esas líneas de actuación requieren una mayor dedicación de la actividad de la Inspección de Educación. En el presente plan se han considerado cuatro niveles de prioridad, que son los que se describen a continuación:

a) Actuación prioritaria: tienen por objeto fijar la atención en aspectos básicos de la enseñanza y se definen en relación con los objetivos prioritarios que, para este periodo, establezca el órgano superior con competencias en materia de educación que ejerza la superior dirección de la Inspección de Educación de la Comunitat Valenciana.

b) Actuación específica: estas actuaciones tienen por objeto la mejora de los procesos que desarrolla la Inspección de Educación en el desempeño de sus funciones. Su planificación, coordinación y puesta en marcha corresponde a la Inspección General de Educación en coordinación con las inspecciones territoriales.

c) Actuaciones habituales: son las que responden al desarrollo de los cometidos competenciales usuales de la Inspección de Educación, con referencia a los centros, servicios, programas autorizados o promovidos por la Administración educativa. Su concreción se establecerá en el marco de las instrucciones de la Inspección General de Educación por las que se desarrolla el general de actuación anual.

d) Actuación incidental: sin perjuicio del principio de planificación sobre el cual se funda la organización de la Inspección de Educación, debemos destacar que las inspectoras e inspectores intervienen en multitud de situaciones y tareas, de carácter incidental y de difícil previsión que se caracterizan por su urgencia e inmediatez, y que pueden requerir emisión de informes o actuaciones puntuales de supervisión de determinados aspectos del funcionamiento de los centros docentes, así como colaboraciones o apoyos a las gestiones de las direcciones territoriales competentes en materia de educación y de otros órganos de la Administración.

4. Actuaciones para el desarrollo de los objetivos estratégicos

Para la consecución de los objetivos estratégicos, las inspectoras e inspectores de educación desarrollarán al amparo del Decreto 80/2017, de la Orden 17/2019 y de la Resolución de 29 de julio de 2019 por la que se regula la visita de inspección, las siguientes actuaciones:



Objetivo estratégico a. Aumentar la repercusión y la incidencia de las actuaciones de la Inspección de Educación en la mejora continua del sistema educativo de la Comunitat Valenciana, sus centros, servicios y programas. Actuaciones asociadas al objetivo:

– Supervisar y evaluar el plan de actuación para la mejora (PAM) e impulsar la implementación progresiva del modelo de educación inclusiva que se deriva de lo establecido en el Decreto 104/2018, de 27 de julio, del Consell, por el que se desarrollan los principios de equidad y de inclusión en el sistema educativo valenciano.

– Supervisar la atribución docente y el horario del personal docente en centros privados concertados.

– Supervisar el proyecto de gestión de los centros de titularidad de la Generalitat Valenciana.



Objetivo estratégico b. Fomentar la cultura de la evaluación para la mejora del sistema educativo de la Comunitat Valenciana: evaluación de centros, evaluación docente, evaluación directiva y evaluación de la propia Inspección de Educación.

– Participar en la actualización normativa y la normalización de instrumentos para la evaluación de los elementos que integran el sistema educativo.

– Participar en la evaluación de la práctica docente de las personas aspirantes en procedimientos de ingreso o acceso a los diferentes cuerpos docentes.

– Participar en la evaluación de la función directiva.

– Participar en la evaluación de centros docentes.

– Implementar instrumentos para la evaluación de la Inspección de Educación.



Objetivo estratégico c. Informar a la Administración y la comunidad educativa, mediante valoraciones técnicas de carácter propositivo a partir de la supervisión realizada en los centros, de la participación en las evaluaciones del sistema y de la colaboración con otros organismos y entidades.

– Participar en la evaluación de los diferentes programas promovidos o autorizados por la conselleria con competencias en materia de educación con la finalidad de aportarle conclusiones sobre el grado de logro de los objetivos planteados en dichos programas y aportando información relevante para la toma de decisiones.

– Elaborar estudios de especial interés y que, por tanto, serán objeto de atención preferente por parte de la Inspección General de Educación y las Inspecciones Territoriales.



Objetivo estratégico d. Potenciar el trabajo en equipo: establecer y temporalizar las actuaciones inspectoras e impulsar su homologación y eficiencia, de modo que cada una de ellas consuma el tiempo necesario para su correcto desarrollo y se asegure la homogeneidad de la praxis inspectora en las tres inspecciones territoriales.

– Impulsar la coordinación de las áreas específicas de trabajo de la Inspección de Educación desarrollando procedimientos y modelos de informe normalizados en el ámbito de las tres inspecciones territoriales.

– Desarrollar el repositorio documental de la Inspección de Educación de la Comunitat Valenciana a través de la aplicación informática habilitada al efecto.

– Planificar y desarrollar el procedimiento de adscripción de las inspectoras e inspectores de educación a las diferentes zonas de intervención para el periodo 2020-2024.



Objetivo estratégico e. Diseñar y desarrollar el plan institucional de formación y actualización profesional de la Inspección de Educación de la Comunitat Valenciana para el período 2019-2023 integrando en dicho plan la participación institucional en sistemas de colaboración con inspecciones de otras comunidades autónomas y en programas europeos.

– Participar en intercambios de formación con las comunidades autónomas con las que se establezcan convenios bilaterales para la mejora de actuaciones prioritarias y de mejora de la organización y funcionamiento de la propia inspección de educación.

– Establecer alianzas de colaboración en el marco de los proyectos ERASMUS +.



Objetivo estratégico f. Coordinar la colaboración con la Inspección General de Servicios y con las inspecciones sectoriales de la Comunitat Valenciana.



5. Metodología de la intervención en los centros educativos

Mediante la intervención en los centros, como eje fundamental de su actuación, la Inspección de Educación debe garantizar la equidad y asesorar a los centros en la planificación y desarrollo de los planes de actuación para la mejora de la educación. Esta intervención no debe reducirse únicamente al control del cumplimiento de la normativa, sino que también comprende, a partir del conocimiento de las características y del funcionamiento de cada centro en su globalidad, y mediante el análisis de las variables organizativas y curriculares que más inciden en la respuesta educativa al alumnado, el acompañamiento y apoyo en los centros en el desarrollo de sus proyectos educativos, el impulso de procesos de autoevaluación, la participación en los procesos de evaluación externa, el asesoramiento a la comunidad educativa, especialmente a los equipos directivos y órganos de coordinación docente, y la formulación de propuestas que contribuyan a la mejora de cada uno de los centros.

El conocimiento de las características y de la actividad de los centros educativos, su análisis y su valoración, serán claves tanto en el desarrollo de actuaciones eficaces y ajustadas a la realidad de cada centro como en la elaboración de propuestas que contribuyan a la mejora de su funcionamiento y de la calidad del servicio educativo que ofrecen a su comunidad escolar y a la sociedad en general.

Todo ello requiere un modelo de intervención que movilice el ejercicio de los principios de coordinación, autonomía en la emisión de sus informes y propuestas, participación, planificación, profesionalidad, trabajo en equipo, evaluación de resultados y mejora continua. Así mismo, se deberán tener en cuenta las conclusiones derivadas de la actuación inspectora en los cursos anteriores, las demandas y necesidades detectadas y las propuestas recogidas en el marco de las memorias finales de curso.



6. Seguimiento y evaluación del Plan de actuación plurianual para el período 2019-2023

El Plan de actuación plurianual se concretará en el plan general anual de actuaciones (PGAA) que se desarrolle durante el período 2019-2023. De conformidad con lo establecido en el artículo 30 del Decreto 80/2017, la evaluación de este Plan plurianual de actuaciones se llevará a cabo por las inspecciones territoriales y por la Inspección General de Educación.

Al final del curso y antes del 31 de julio de cada año escolar, las inspectoras e inspectores jefes territoriales presentarán al consejo territorial correspondiente, para su conocimiento y traslado a la Inspección General de Educación, la memoria a la que se hace referencia en el artículo 39 de la Orden 17/2019, en cuya estructura y contenido se deberá integrar el grado de implementación o desarrollo de las actuaciones previstas. A través de este proceso de reflexión y evaluación interna se llevará a cabo un reajuste de los planes generales de actuación con el fin de introducir un reordenamiento de mejora de dichos planes que evite las disfunciones detectadas y permita el logro de los objetivos estratégicos definidos en el presente plan.

Por su parte, la Inspección General de Educación, durante cada curso escolar, realizará el seguimiento de la aplicación del Plan plurianual de actuaciones en cada provincia y en su conjunto y, finalizado cada curso, valorará el grado de su cumplimiento durante ese período y el nivel de su desarrollo de acuerdo con la temporalización de las actuaciones prevista en el punto siete de este anexo. Las conclusiones más relevantes serán recogidas en una memoria anual que se elevará a la secretaría autonómica con competencias en educación para su conocimiento, y servirá para realizar los ajustes que procedan en el propio plan plurianual.

Al finalizar el cuarto curso del plan, teniendo en cuenta las aportaciones de la Inspección General de Educación y las inspecciones territoriales, las conclusiones de las memorias serán el punto de partida para, de acuerdo con las directrices de la secretaría autonómica con competencias en educación, elaborar el siguiente plan plurianual de actuaciones.

f) Coordinar la colaboración con la Inspección General de Servicios y con las inspecciones sectoriales de la Comunitat Valenciana.



Prioridad*

Prioritaria 1 Específica 2



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