ACUERDO de 14 de junio de 2019, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por el que se amplía el plazo de presentación de solicitudes establecido en la Resolución de 14 de mayo de 2019, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convocan para el ejercicio 2019 las subvenciones destinadas a financiar la contratación de agentes de empleo y desarrollo local en la Comunitat Valenciana, reguladas en la Orden 18/2016, de 29 de septiembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo. [2019/6213]
(DOGV núm. 8574 de 19.06.2019) Ref. Base Datos 005766/2019
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Análisis jurídico
Fecha de entrada en vigor: 14.06.2019 Esta disposición afecta a: Afecta a: Esta disposición está afectada por: Afectada por: -
Análisis documental
Origen disposición: LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación Grupo Temático: Ayudas Materias: Empleo y formación profesional
En el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana de 16 de mayo de 2019 se publicó la Resolución de 14 de mayo de 2019, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convocan para el ejercicio 2019 las subvenciones destinadas a financiar la contratación de agentes de empleo y desarrollo local en la Comunitat Valenciana, reguladas en la Orden 18/2016, de 29 de septiembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
El punto 2 del resuelvo quinto de la Resolución de 14 de mayo de 2019 establece que «El plazo para la presentación de las solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana».
La Federación Valenciana de Municipios y Provincias ha solicitado la ampliación de dicho plazo, en consideración a que los órganos municipales se encuentran en proceso de constitución tras la celebración de las elecciones locales, lo que pudiera incidir en la presentación de solicitudes.
El artículo 32.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que «La Administración, salvo precepto en contrario, podrá conceder de oficio o a petición de los interesados, una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de tercero».
A la vista de lo expuesto y dado que concurren las condiciones previstas en la normativa de aplicación,
ACUERDO
Ampliar en 15 días hábiles el plazo de presentación de solicitudes establecido en la Resolución de 14 de mayo de 2019, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convocan para el ejercicio 2019 las subvenciones destinadas a financiar la contratación de agentes de empleo y desarrollo local en la Comunitat Valenciana, reguladas en la Orden 18/2016, de 29 de septiembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
En aplicación del artículo 32.3 de la Ley 39/2015, este acuerdo no resulta susceptible de recurso.
València, 14 de junio de 2019
El director general de LABORA
Servicio Valenciano de Empleo y Formación,
ENRIC NOMDEDÉU I BIOSCA