Ficha docv

Ficha docv









RESOLUCIÓN conjunta de 5 de marzo de 2019, de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural y de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, por la que se establece el inventario de actuaciones a realizar en el marco del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca en los puertos pesqueros de la Generalitat. [2019/5150]

(DOGV núm. 8552 de 21.05.2019) Ref. Base Datos 004807/2019






Índice

Preámbulo

Primero. Objeto

Segundo. Objetivos a alcanzar

Tercero. Financiación de las acciones

Cuarto. Obligaciones de las partes

Quinto. Habilitación

Anexo I





PREÁMBULO



Las infraestructuras portuarias pesqueras son un elemento indispensable para el ejercicio diario de la actividad de nuestro sector pesquero y acuícola.

El Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP) las incentiva, dentro de la Prioridad 1, «Fomento de una pesca sostenible desde el punto de vista medioambiental, eficiente en el uso de los recursos, innovadora, competitiva y basada en el conocimiento», y persigue la finalidad de mejorar la calidad y de incrementar el control y la trazabilidad de los productos desembarcados, aumentar la eficiencia energética, contribuir a la protección del medio ambiente, y mejorar las condiciones de trabajo y la seguridad de los pescadores.

En este marco pueden acometerse inversiones destinadas a:

a) Mejorar las infraestructuras de los puertos pesqueros, las lonjas, los lugares de desembarque y los fondeaderos.

b) Construcción o modernización de los fondeaderos.

Las administraciones públicas pueden ser beneficiarias de las medidas desarrolladas en este ámbito.

Considerando que:

1. Tanto la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural como la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio tienen competencias relacionadas con los puertos pesqueros de la Comunitat Valenciana.

Agricultura. Mediante el Decreto 158/2015, de 18 de septiembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, la Secretaría Autonómica de Agricultura y Desarrollo Rural ostenta las competencias relacionadas con pesca, acuicultura y ordenación del sector pesquero, y programas operativos en este ámbito; competencia que ejerce la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Pesca.

Vivienda. Mediante el Decreto 159/2015, de 18 de septiembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, la Secretaría Autonómica de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio ostenta las competencias relacionadas con obras públicas, transportes y logística, puertos, costes, aeropuertos, entre otras; competencia que ejerce la Dirección General de Obras Públicas, Transporte y Movilidad.

2. Que las exigencias actuales de la sociedad valenciana hacen aconsejable y necesaria la revisión del estado de estas infraestructuras y su adecuación a los condicionantes sociales, comerciales, sanitarios y medioambientales, y a las nuevas necesidades del sector pesquero para alcanzar los objetivos de la política pesquera común, así como el correcto cumplimiento de las atribuciones competenciales establecidas en el Estatuto de Autonomía.



3. Que las asociaciones de pescadores, constituidas como cofradías de pescadores, corporaciones de derecho público, sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para actuar para el cumplimiento de sus fines, están integradas voluntaria y libremente por profesionales de la pesca (armadores y trabajadores) y carecen en muchos casos de capacidad financiera suficiente para acometer las mejoras necesarias en las infraestructuras de las que son usuarias.

4. Que nuestra Comunitat dispone de financiación europea mediante el FEMP en la Prioridad 1 para fomentar una pesca sostenible, objetivo 1.4), «Fomento de la competitividad y viabilidad de las empresas del sector de la pesca», medida 1.4.9, «Puertos pesqueros, lugares de desembarque, lonjas y fondeaderos. Inversiones que mejoran las infraestructuras e inversiones que mejoran la seguridad de los pescadores», que alcanza la cantidad de 7.968.000 €, y es por ello que pueden acometerse inversiones que mejoren las infraestructuras de los puertos pesqueros, las lonjas, los lugares de desembarque y los fondeaderos, incluidas las inversiones en instalaciones de recogida de residuos y desechos marinos, dirigidas a:

– Mejorar la calidad e incrementar el control de la trazabilidad de los productos desembarcados.

– Aumentar la eficiencia energética.

– Contribuir a la protección del medio ambiente.

– Mejorar la seguridad y las condiciones de trabajo.

5. Que tras las consultas realizadas al sector y considerando las propuestas presentadas por las diferentes cofradías de pescadores de la Comunitat Valenciana, de acuerdo con todo ello, y en virtud de las competencias atribuidas en sus respectivos reglamentos orgánicos y funcionales, el director general de Agricultura, Ganadería y Pesca y el director general de Obras Públicas, Transporte y Movilidad, resuelven:



Primero. Objeto

El objeto de esta resolución será la realización por parte de la Generalitat Valenciana de las obras destinadas a la modernización de las infraestructuras pesqueras de los puertos competencia de la Generalitat relacionados en el anexo I. Este anexo podrá ser modificado por resolución de ambas consellerias subscrita por los directores generales correspondientes.



Segundo. Objetivos a alcanzar

a) La modernización y la adecuación a las necesidades actuales de la sociedad valenciana de las infraestructuras portuarias pesqueras de la Comunitat Valenciana relacionadas en el anexo I.

b) El aprovechamiento del fondo del FEMP y de la capacidad de gestión de la Administración autonómica para llevar a cabo este objetivo.



Tercero. Financiación de las acciones

La Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural dispone del crédito necesario en la línea FN 590, «Nuevas infraestructuras en pesca, marisqueo y acuicultura», correspondiente al periodo de ejecución del FEMP 14-20, crédito que será cofinanciado por el FEMP en un porcentaje del 75 %.



Cuarta. Obligaciones de las partes

1. La Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio (CHOVT), como titular de los puertos, detectará las necesidades de adecuación de las infraestructuras portuarias en los puertos de competencia autonómica y propondrá las medidas a acometer para su adecuación. A este efecto, preparará los proyectos necesarios para llevar a cabo la ejecución de los que no hayan sido presentados por las organizaciones pesqueras y pondrá a disposición los terrenos y las instalaciones.

2. La Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural gestionará la contratación de las mejoras necesarias y asumirá la financiación de estas.

3. Si hubiera un concesionario o autorizado en la instalación, este estará obligado a permitir el acceso a las instalaciones y a colaborar en el desarrollo de las obras. A este efecto, la CHOVT le remitirá la comunicación oportuna.



Quinta. Habilitación

Se faculta al director general de Agricultura, Ganadería y Pesca, como competente en materia de pesca marítima, para instruir la resolución de ambas consellerias, subscrita por los directores generales correspondientes, que modifique el anexo 1 de la presente resolución.



Esta resolución no agota la vía administrativa y contra la misma podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente en el que tenga lugar la notificación, a la Secretaría Autonómica de Agricultura y Desarrollo Rural, de acuerdo con lo previsto en los artículos 112 y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.



València, 5 de marzo de 2019



Por la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, el director general de Agricultura, Ganadería y Pesca: Rogelio Llanes Ribas.

Por la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, el director general de Obras Públicas, Transporte y Movilidad: Carlos Domingo Soler.

Mapa web