Ficha docv

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CORRECCIÓN de errores de la Orden 20/2018, de 14 de noviembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la integración sociolaboral de personas trabajadoras en situación o riesgo de exclusión social en empresas de inserción y en empresas ordinarias de trabajo. [2019/5081]

(DOGV núm. 8550 de 17.05.2019) Ref. Base Datos 004667/2019








Advertido error en la incompatibilidad de subvenciones establecida en el artículo 11 de la ORDEN 20/2018, de 14 de noviembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la integración sociolaboral de personas trabajadoras en situación o riesgo de exclusión social en empresas de inserción y en empresas ordinarias de trabajo (DOGV 16.11.2018), en relación con lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 43 de la misma Orden, se procede a su corrección:



Donde dice:

Artículo 11. Compatibilidad, concurrencia de subvenciones

1. Compatibilidad de subvenciones. Las subvenciones reguladas en la presente orden son compatibles entre sí, salvo la subvención para financiar los costes salariales y de Seguridad Social derivados de la contratación de personal de apoyo a la actividad productiva en empresas de inserción, regulada en la Sección 3ª del Capítulo II del Título II de la presente orden y la subvención regulada en el Título III para las promotoras de las empresas de inserción, según establece el artículo 43 de esta orden, resultando preferente, en caso de duplicidad, la ayuda solicitada por las empresas de inserción.



Debe decir:

Artículo 11. Compatibilidad, concurrencia de subvenciones

1. Compatibilidad de subvenciones. Las subvenciones reguladas en la presente orden son compatibles entre sí, salvo la subvención para financiar los costes salariales y de Seguridad Social derivados de la contratación de personal técnico de apoyo sociolaboral en empresas de inserción, regulada en la Sección 2ª del Capítulo II del Título II de la presente orden y la subvención regulada en el Título III para las promotoras de las empresas de inserción, según establece el artículo 43 de esta orden, resultando preferente, en caso de duplicidad, la ayuda solicitada por las empresas de inserción.



València, 15 de mayo de 2019.– El conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo: Rafael Climent González.

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