Ficha docv

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RESOLUCIÓN de 28 de diciembre de 2018, de la Dirección General de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración Urbana, para la concesión de ayudas al alquiler de vivienda, como consecuencia de la estimación de recursos de reposición, en relación con la Orden 5/2017, de 11 de abril, de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, por la que se aprueban las bases reguladoras del Programa de ayudas al alquiler de vivienda y la resolución de 25 de abril de 2017 por la que se convocan dichas ayudas para el ejercicio 2017. Ayudas financiadas por el Ministerio de Fomento. [2019/357]

(DOGV núm. 8467 de 18.01.2019) Ref. Base Datos 000555/2019






Vistos los antecedentes que constan en la Dirección General de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración Urbana, resultan los siguientes



Antecedentes de hecho

1. Por Orden 5/2017, de 11 de abril, de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, se aprueban las bases reguladoras del Programa de ayudas al alquiler de vivienda.

2. Por Resolución de 25 de abril de 2017, de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, se convocan para el ejercicio 2017 las ayudas del Programa de ayudas al alquiler de vivienda.

3. Por Resolución de 16 de noviembre de 2017, de la directora general de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración Urbana (DOGV 8177, 24.11.2017), se conceden ayudas al alquiler de vivienda a 5.624 beneficiarios, por un importe total de 7.999.465,35 euros, se deniegan 7.286 solicitudes por agotamiento del crédito presupuestario y 5.936 por incumplimiento de los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria.

4. Por resolución de 28 de diciembre de 2017, de la directora general de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración Urbana (DOGV 8209, 10.01.2018), y al haber sido la línea presupuestaria incrementada, como consecuencia de la generación de crédito realizada por la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico, se dota de mayor financiación a las ayudas de alquiler, debido a los ingresos finalistas recibidos del Ministerio de Fomento. Por todo ello, se conceden nuevas ayudas al alquiler de vivienda, por un importe total de 9.814.705,61 euros, a 6.802 beneficiarios que constaban en la resolución de ayudas de 16 de noviembre de 2017 como denegados por agotamiento de presupuesto.

Asimismo la mencionada resolución denegaba solicitudes a personas y unidades de convivencia que no estaban al corriente con la Agencia Tributaria, con la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico y/o la Tesorería General de la Seguridad Social.

5. Contra la resolución de 16 de noviembre de 2017 y la Resolución de 28 de diciembre de 2017, de la Dirección General de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración Urbana, se interpusieron recursos potestativos de reposición. Una vez resueltos los recursos interpuestos desestimando o estimando en su caso, se ha reiniciado la instrucción de los expedientes con recurso estimado para baremar de nuevo su puntuación.

6. Reunido el órgano colegiado integrado por el subdirector general de Vivienda y Regeneración Urbana, la jefa del Servicio de Planificación Económica y Regeneración Urbana, la jefa del Servicio de Coordinación y Función Social de la Vivienda, los jefes de los servicios territoriales de Vivienda y Rehabilitación de Alicante y Valencia, así como la directora territorial de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio de Castellón, según lo previsto en la base décima del anexo I de la Orden referida, y la resolución de fecha 4 de agosto de 2015 del director general de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración Urbana por la que se asignan las competencias de la Jefatura del Servicio Territorial a la directora territorial de Castellón, con objeto de revisar la documentación de las solicitudes cuyo recurso de reposición ha sido estimado y de baremar de nuevo dichas solicitudes siguiendo los criterios de adjudicación de las ayudas que se financien por el Ministerio de Fomento en el marco de la prórroga del Plan Estatal 2013-2016, proceden a determinar en el acta de la reunión el listado de los solicitantes que pueden resultar beneficiarios de las ayudas por resolución de recursos de reposición estimados.

Fundamentos de derecho

Es competente para resolver el director general de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración Urbana, de acuerdo con lo establecido en la base décima del anexo I de la Orden 5/2017, de 11 de abril, de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, por la que se aprueban las bases que regulan el Programa de ayudas al alquiler de vivienda y el artículo 9 del Decreto 159/2015, de 18 de septiembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio.

Vista el acta de la reunión del órgano colegiado de fecha 26 de diciembre de 2018 y la propuesta de resolución de fecha 26 de diciembre de 2018, resuelvo:



Único

Conceder con cargo al presupuesto remanente, aplicación presupuestaria 08.02.01.431.10, línea S0304000, «Plan de Vivienda 05-08 y 09-12», del capítulo VII, a los beneficiarios que se detallan a continuación, un importe total de 215.233,25 euros, por estimación de recursos de reposición, una vez aplicados los criterios de adjudicación y comprobado el cumplimiento de los requisitos y de sus obligaciones fiscales, tributarias y con la seguridad social.

Se detalla a continuación la lista de beneficiarios que se propone para la adjudicación de la ayuda solicitada, así como el importe de la ayuda concedida, con el detalle de la ayuda total o bien, ayuda complementaria para aquellos casos que se estima un importe mayor al reconocido previamente por las resoluciones de 16 de noviembre y 28 de diciembre de 2017.

De conformidad con lo establecido en las bases de la convocatoria para el abono de la subvención la parte beneficiaria deberá aportar la justificación bancaria del pago del alquiler en el plazo de 10 días a partir del día siguiente a la notificación de la resolución, asimismo deberá asumir el resto de obligaciones y responsabilidades señaladas en las bases reguladas por la Orden 5/2017, de 11 de abril, de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, por la que se aprueban las bases reguladoras del Programa de Ayudas al Alquiler de Vivienda, aportando para ello la documentación que fuera requerida.

Asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en la base decimocuarta, la Generalitat podrá comprobar, por los medios que estime más adecuados, el cumplimiento de las obligaciones inherentes al otorgamiento de las ayudas. El incumplimiento de estas obligaciones o la comprobación de la falsedad de los datos aportados al expediente darán lugar al reintegro de las ayudas concedidas y a la devolución de las cuantías otorgadas, que devengarán los correspondientes intereses de demora.



Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante la consellera de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 10, 14 y 46 de la Ley reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.



València, 28 de diciembre de 2018. El director general de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración Urbana: Rafael Francisco Briet Seguí.

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