Ficha docv

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Extracto de la Resolución de 29 de marzo de 2019, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convocan para el ejercicio 2019 las subvenciones destinadas a financiar el mantenimiento de los agentes de Empleo y Desarrollo Local en la Comunitat Valenciana, reguladas en la Orden 5/2015, de 5 de octubre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo. [2019/3546]

(DOGV núm. 8525 de 09.04.2019) Ref. Base Datos 003283/2019






BDNS (identif.): 447200.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8. a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans



Primero. Beneficiarios y condiciones

Podrán ser beneficiarias las corporaciones locales de la Comunitat Valenciana o entidades dependientes o vinculadas a estas a las que LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación hubiera concedido en el ejercicio 2018 una subvención por la contratación inicial o prórroga del contrato del agente de Empleo y Desarrollo Local por cuya continuidad se solicita nueva subvención.



Segundo. Objeto

Esta convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones destinadas a compensar los costes laborales derivados de la continuidad de los agentes de Empleo y Desarrollo Local en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.



Tercero. Bases reguladoras

Orden 5/2015, de 5 de octubre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a financiar el mantenimiento de los agentes de Empleo y Desarrollo Local en la Comunitat Valenciana..



Cuarto. Cuantía

1. Estas subvenciones se financiarán por un importe global máximo estimado de 3.900.000 euros.

2. La cuantía de la subvención ascenderá al 50 % de los costes laborales del agente de Empleo y Desarrollo Local, incluida la cotización empresarial a la Seguridad Social; sin perjuicio de lo anterior, la cuantía de la subvención no podrá superar los 14.700 euros para un periodo de 12 meses.



Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de solicitudes será de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este extracto en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.



València, 29 de marzo de 2019.– El director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación: Enric Nomdedéu i Biosca.

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