Ficha docv

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RESOLUCIÓN de 26 de marzo de 2019, de la Dirección General de Deporte, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones destinadas al desarrollo de los planes de especialización deportiva para el año 2019. [2019/3213]

(DOGV núm. 8530 de 16.04.2019) Ref. Base Datos 003567/2019




En cumplimiento de lo dispuesto en la Orden 47/2016, de 5 de agosto, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al desarrollo de los planes de especialización deportiva (DOGV 7850, 12.08.2016), se convocan estas subvenciones para el año 2019 mediante la Resolución de 13 de diciembre de 2018, de la Dirección General de Deporte (DOGV 8449, 21.12.2018).

En los artículos 8 y 9 de la Orden 47/2016 se establecen los criterios de valoración de las solicitudes y el procedimiento de la resolución de concesión; la Resolución de 26 de febrero de 2019, del director general de Deporte, designa los miembros de la comisión técnica de evaluación.

Una vez formalizados los actos de instrucción correspondientes y elevada la propuesta de resolución por la comisión técnica de evaluación constituida a este efecto, y en virtud de lo dispuesto en la disposición adicional tercera de la Orden 47/2016, resuelvo:



Primero

Conceder a las federaciones deportivas de la Comunitat Valenciana que a continuación se relacionan las siguientes subvenciones, por un importe global de cuatrocientos setenta y cinco mil euros (475.000 euros), para el desarrollo de los planes de especialización deportiva en el Complejo Educativo de Cheste, distribuidas en dos periodos, el final del curso escolar 2018/2019 y el inicio del curso 2019/2020:



Federación Subvención

Curso 2018-2019 Subvención

Curso 2019-2020 Total

Subvención

ATLETISMO 13.000,00 € 7.300,00 € 20.300,00 €

BÁDMINTON 17.700,00 € 9.200,00 € 26.900,00 €

BÉISBOL, SOFTBALL Y FÚTBOL AMERICANO 21.687,00 € 13.241,00 € 34.928,00 €

DEPORTE DE ORIENTACIÓN 22.000,00 € 8.250,00 € 30.250,00 €

BALONMANO 25.000,00 € 18.000,00 € 43.000,00 €

HOCKEY 22.000,00 € 11.000,00 € 33.000,00 €

KÁRATE 22.645,00 € 9.705,00 € 32.350,00 €

NATACIÓN 22.000,00 € 11.000,00 € 33.000,00 €

RUGBY 24.703,00 € 15.237,00 € 39.940,00 €

TAEKWONDO 24.287,00 € 12.550,00 € 36.837,00 €

TENIS DE MESA 25.082,00 € 10.800,00 € 35.882,00 €

TIRO CON ARCO 20.000,00 € 8.901,00 € 28.901,00 €

TRIATLÓN 26.512,00 € 11.700,00 € 38.212,00 €

VOLEIBOL 28.000,00 € 13.500,00 € 41.500,00 €





Segundo

Las entidades beneficiarias deberán cumplir las obligaciones indicadas en el artículo 11 de la Orden 47/2016, por la que se aprueban las bases reguladoras, y justificar las ayudas en la forma establecida en el punto once de la convocatoria.



Tercero

El plazo de presentación de la justificación de las subvenciones concedidas correspondientes a las actividades realizadas en el primer periodo concluirá el 16 de septiembre de 2019, y para las desarrolladas en el segundo periodo concluirá el 2 de diciembre de 2019.

La justificación se presentará por medios electrónicos, de conformidad con las indicaciones del punto once de la convocatoria, preferiblemente a través de la dirección de internet http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=19490



Cuarto

Autorizar y disponer los fondos a favor de todas y cada una de las entidades beneficiarias que se relacionan en el apartado primero y por las cantidades que se indican, con cargo a la aplicación presupuestaria 09.03.02.457.10, línea S6413000, capítulo IV, de los presupuestos de la Generalitat para 2019.



Quinto

Las entidades beneficiarias deberán aportar, por medios propios o ajenos, la parte de financiación del presupuesto final del plan de especialización deportiva subvencionado no cubierto por la subvención que por este acto se concede.



Sexto

Publicar en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana esta resolución, de conformidad con el punto doce de la resolución de convocatoria de estas subvenciones.



De conformidad con lo que establecen los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y los artículos 10, 14 y 46 de la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá recurrir potestativamente en reposición, o bien cabrá plantear directamente un recurso contencioso-administrativo en los plazos y ante los órganos que se indican a continuación:

a) El recurso de reposición deberá interponerse ante el conseller de Educación, Investigación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

b) El recurso contencioso-administrativo deberá ser interpuesto ante el Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.



València, 26 de marzo de 2019.– El director general de deporte: Josep Miquel Moya Torres.

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