Ficha docv

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RESOLUCIÓN de 7 de marzo de 2019, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se convocan los premios de la Generalitat de la fase autonómica del concurso escolar 2018-2019 Consumópolis 14: Por tu seguridad ¿sabes lo que consumes?. [2019/2654]

(DOGV núm. 8507 de 15.03.2019) Ref. Base Datos 002471/2019




Promover la educación de las personas consumidoras en los centros educativos de la Comunitat Valenciana es una de las prioridades de la Generalitat, con el objetivo que el alumnado desarrolle capacidades y hábitos críticos y responsables en relación al consumo. En esta línea de actuación, los temas relacionados con el consumo responsable y el conocimiento y acceso de las personas consumidoras a las nuevas tecnologías ocupan un lugar destacado.

Por este motivo, para el curso 2018-2019 la Comunitat Valenciana ha decidido participar en la organización del concurso escolar Consumópolis 14: Por tu seguridad ¿sabes lo que consumes?, convocado por el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, a través de la Dirección General de Consumo, cuyas bases reguladoras se recogen en la Orden SCB/1288/2018, de 20 de noviembre, publicadas en el Boletín Oficial del Estado número 291, de 3 de diciembre de 2018.

El objetivo de este concurso escolar es sensibilizar al alumnado de la importancia que tiene realizar los actos de consumo de forma consciente, crítica, solidaria y responsable.

De conformidad con las bases reguladoras antes citadas, en particular el artículo 5.1 y el artículo 6.1, corresponde a la Generalitat, en su ámbito competencial, tramitar la convocatoria y concesión de los premios autonómicos de este concurso.

Por ello, y en virtud de las facultades que me confieren el artículo 28 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, y el artículo 160.4 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones, resuelvo:



Primero

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, los premios de la Generalitat de la fase autonómica del concurso escolar Consumópolis 14: Por tu seguridad ¿sabes lo que consumes?

Las bases reguladoras y la convocatoria de los premios nacionales del concurso escolar 2018-2019 Consumópolis 14: Por tu seguridad ¿sabes lo que consumes? fueron publicadas mediante la Orden SCB/1288/2018, de 20 de noviembre. Se pueden consultar en el portal de internet Consumopolis, www.consumopolis.es, en la página web www.aecosan.msssi.gob.es y en la página web de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos Comercio y Trabajo www.indi.gva.es/web/consumo/concurso-escolar-consumopolis



Segundo

El importe máximo global destinado a atender estos premios es de 6.000,00 euros y se financiará con cargo a la línea presupuestaria S5741000 del capítulo IV del programa presupuestario 443.10, Protección consumidores y calidad de bienes y servicios, consignada en la Ley 28/2018, de 28 de diciembre, de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2019.



Tercero

La presente convocatoria no precisa de su notificación o comunicación a la Comisión Europea por no reunir todos los requisitos del apartado 1 del artículo 107 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, por cuanto las subvenciones previstas en la presente convocatoria en ningún caso financiarán actividades económicas; todo ello en virtud de lo establecido en el artículo 7.4 del Decreto 128/2017, de 29 de septiembre, del Consell, por el que se regula el procedimiento de notificación y comunicación a la Comisión Europea de los proyectos de la Generalitat dirigidos a establecer, conceder o modificar ayudas públicas.



Cuarto

1. Los trabajos galardonados obtendrán los siguientes premios:

a) Un primer premio de 900,00 euros y la participación en la fase nacional, para el equipo que más puntos obtenga en cada uno de los niveles de participación.

b) Un segundo premio de 500,00 euros, para el equipo que quede en segundo lugar en puntos obtenidos en cada uno de los niveles de participación.

c) Un tercer premio de 300,00 euros, para el equipo que quede en tercer lugar en puntos obtenidos en cada uno de los niveles de participación.

2. Se establecen tres premios especiales de 300,00 euros cada uno para los docentes que coordinan un mayor número de equipos en cada uno de los niveles de participación. Cada docente coordinador solo podrá obtener uno de estos premios especiales.

En el supuesto de que se produzca un empate entre varios docentes, se otorgarán los premios a aquellos cuyos equipos hayan sumado un mayor número de puntos en total. Si persiste el empate, se prorrateará el premio entre los docentes que sigan empatados.

3. Al profesorado participante en los proyectos seleccionados en esta convocatoria, se le podrá reconocer hasta 30 horas de formación, en aplicación de la Orden 65/2012, de 26 de octubre, de la Conselleria de Educación, Formación y Ocupación, sobre el modelo de formación permanente del profesorado y el diseño, reconocimiento y registro de las actividades formativas (DOGV 6893, 31.10.2012), por el Servicio de Registro y Acreditación Docente, de acuerdo con la información certificada en el acta de participación final enviada por la Dirección General de Comercio y Consumo.

4. Para todos los proyectos presentados que reúnan los requisitos establecidos en esta convocatoria se expedirá un certificado de participación.

5. El jurado podrá declarar desiertos algunos de los premios.



Quinto

1. Solo podrán optar a los premios de la Generalitat de la fase autonómica del concurso y acceder a la fase nacional del concurso los equipos de los centros educativos, públicos, concertados o privados de la Comunitat Valenciana que reúnan los siguientes requisitos:

a) Estar inscritos en tiempo y forma en el registro de participantes del concurso Consumópolis 14, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de las bases reguladoras publicadas por el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social anteriormente citado.

b) Haber completado, todos los integrantes del equipo, el recorrido por la ciudad virtual de Consumópolis, en la forma que se detalla en las instrucciones de participación que figuran en el portal de la plataforma virtual de Consumópolis.

c) Haber elaborado el trabajo en conjunto y haber obtenido la ficha virtual del mismo, en la forma que se detalla en las instrucciones de participación que figuran en el portal de la plataforma virtual de Consumópolis.

2. Existen tres niveles de participación:

Nivel 1: quinto y sexto cursos de Educación Primaria.

Nivel 2: primero y segundo cursos de Educación Secundaria Obligatoria.

Nivel 3: tercero y cuarto cursos de Educación Secundaria Obligatoria.



Sexto

1. Las solicitudes, que serán subscritas por el docente que coordine el equipo, se dirigirán a la Dirección General de Comercio y Consumo y se presentarán según el modelo normalizado en el Registro de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, ciudad administrativa 9 d'Octubre, torre 1, calle de la Democracia, 77, 46018 Valencia, o por cualquier de las otras formas que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

2. La solicitud irá acompañada del anexo I, en el que figurarán los datos del centro educativo, el nivel en el que el equipo participa, el nombre del equipo y el listado de los cinco concursantes que componen el equipo, con indicación respecto de cada uno de estos de su fecha de nacimiento y curso en el que está matriculado; será subscrita por el docente que coordine el equipo, con indicación de su cargo o especialidad y funciones, y se acompañará de la documentación siguiente:

a) Autorización expresa a la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo para que esta compruebe los datos de identidad de quien la solicita, de conformidad con el Decreto 165/2010, de 8 de octubre, del Consell, por el que se establecen medidas de simplificación y de reducción de cargas administrativas en los procedimientos gestionados por la Administración de la Generalitat y su sector público. Sin embargo:

Si de la comprobación efectuada resultase alguna discordancia con los datos facilitados por la persona interesada, el órgano instructor estará facultado para realizar las actuaciones procedentes para aclararla.

Si la persona interesada no presta su consentimiento, deberá aportar fotocopia del documento nacional de identidad.

b) Un ejemplar del anexo II, autorización firmada por las personas representantes legales del alumnado, para cada miembro del equipo.

c) La ficha virtual del trabajo realizado en conjunto.

d) Trabajo original del equipo (prototipo o maqueta de un producto nuevo y original).

3. El plazo para la presentación de las solicitudes comenzará el 25 de marzo y finalizará el 16 de abril de 2019.

4. Los trabajos podrán presentarse en cualquier de las lenguas oficiales de la Comunitat Valenciana. En el caso de que un trabajo realizado en valenciano resulte ganador y pueda pasar a la fase nacional, la Dirección General de Comercio y Consumo realizará la traducción al castellano de dicho trabajo.

5. La presentación de la solicitud de participación en el concurso supone la aceptación exprés de todas las bases de la presente convocatoria.



Séptimo

1. Los trabajos presentados serán examinados y evaluados por un jurado constituido por:

– Tres personas representantes de la Dirección General de Comercio y Consumo designadas por la persona titular de la dirección general, que incluirá el nombramiento de la presidenta o el presidente del jurado.

– Una persona representante de la Dirección General de Política Educativa de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte.

– Una persona representante del Instituto Valenciano de la Juventud.

– Una persona representante de la Dirección General de Cooperación y Solidaridad.

– Actuará como secretario/a del jurado, con voz y sin voto, una persona funcionaria del Servicio de Defensa de las Personas Consumidoras y Arbitraje de Consumo.

2. Para la selección de los trabajos con derecho a premio, el jurado tendrá en cuenta los siguientes criterios:

a) La puntuación obtenida en el juego de internet Consumópolis 14, que representará el 50 % de la puntuación total a conseguir por cada equipo.

b) El trabajo en conjunto que supondrá el 50 % de la puntuación total a conseguir por cada equipo.

Para su valoración, los criterios serán los siguientes:

– Coherencia del trabajo con los objetivos del concurso, que ponderará el 40 % del total de este apartado.

– Creatividad y originalidad del trabajo, que ponderará el 20 % del total de este apartado.

– Presentación del trabajo, que ponderará el 20 % del total de este apartado.

– Calidad técnica, que ponderará el 10 % del total de este apartado.

– Calidad lingüística, que ponderará el 10 % del total de este apartado.

3. El jurado tendrá facultades para resolver todas las dudas que aparezcan en la interpretación de las bases.

4. El jurado elevará su decisión al conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos Comercio y Trabajo, quien resolverá el otorgamiento de los premios. La resolución se notificará a las personas interesadas en los términos que prevé el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

5. El plazo máximo para resolver y notificar a quien gane el concurso será de dos meses desde la finalización del plazo de presentación de las solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin haberse notificado la resolución, se entenderá que la persona solicitante no está entre los ganadores del concurso.

6. Contra la resolución de otorgamiento de los premios, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer en el plazo de un mes un recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien, en el plazo de dos meses, un recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, de conformidad con lo previsto en los artículos 10 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción de lo contencioso-administrativa.

7. Los premios concedidos serán publicados en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana con expresión de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida y finalidad o finalidades de los mismos.



Octavo

1. Los equipos ganadores del concurso se obligan a ceder a la Generalitat todos los derechos de explotación derivados de la publicación del trabajo, pudiendo utilizar la Generalitat, por si misma o a través de terceras personas, físicas o jurídicas, de la forma que estime más conveniente para sus intereses, cualesquiera de las imágenes o elementos que conforman la publicación mencionada.

2. Asimismo, los equipos ganadores se obligan a asumir las responsabilidades que pudieran resultar de la utilización de los textos, imágenes y otros elementos creativos aportados por los mismos en la realización del trabajo y cuya propiedad sea de terceras personas o entidades ajenas a la presente convocatoria.



Noveno

Se faculta al director general de Comercio y Consumo para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo, eficacia y ejecución de la presente resolución.



Diez

Contra este acto, que agota la vía administrativa, podrá interponerse en el plazo de un mes un recurso potestativo de reposición ante la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien, en el plazo de dos meses, un recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, de conformidad con lo previsto en los artículos 10 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio que pueda interponerse cualquier otro recurso que se crea oportuno.



València, 7 de marzo de 2019.– El conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo: Rafael Climent González.

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