Ficha docv

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ACUERDO de 22 de febrero de 2019, del Consell, sobre control financiero permanente en sustitución de la intervención previa para las operaciones de endeudamiento de la Generalitat. [2019/2112]

(DOGV núm. 8498 de 04.03.2019) Ref. Base Datos 002084/2019


  • Análisis documental

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    Origen disposición: Conselleria de Hacienda y Modelo Económico
    Grupo Temático: 000



De acuerdo con el artículo 97 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones, la función interventora tiene por objeto controlar, antes de que sean aprobados, entre otros, los actos, documentos y expedientes de la Administración de la Generalitat y sus organismos autónomos que den lugar al reconocimiento de derechos o a la realización de gastos, así como los ingresos y pagos que de ellos se deriven.

El artículo 98.2 de la citada Ley 1/2015, habilita al Consell, a propuesta de la Intervención General de la Generalitat, para acordar de forma motivada la aplicación del control financiero permanente, en sustitución de la función interventora en los órganos de la Administración de la Generalitat u organismos autónomos dependientes de esta, bien respecto de toda su actividad o exclusivamente respecto de algunas áreas de gestión. Estos acuerdos, así como los motivos que los justifican, deben ser publicados en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana en el plazo máximo de 20 días desde su aprobación.

Por otra parte, el artículo 108 de la misma ley define el control financiero permanente como aquel que tiene por objeto la verificación de una forma continua, realizada a través de la correspondiente Intervención Delegada, de la situación y el funcionamiento de los órganos y entidades de su respectivo ámbito de actuación en el aspecto económico-financiero, para comprobar el cumplimiento de la normativa y directrices que les rigen y, en general, que su gestión se ajusta a los principios de buena gestión financiera y, en particular, al cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, equilibrio financiero y deuda pública.

Hasta la entrada en vigor de las previsiones contenidas en la Ley 21/2017, de 28 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat, la gestión del endeudamiento de la Generalitat estaba encomendada al Institut Valencià de Finances, lo que hacía que la misma quedara fuera del ámbito de la función interventora. Con la entrada en vigor de la citada norma las competencias de la gestión del endeudamiento han pasado del Institut Valencià de Finances al ámbito de la Administración de la Generalitat, lo que implica un cambio en el régimen de control a realizar por la Intervención General.

La agilidad que requiere la gestión de la deuda y la especialidad jurídica y económica de las operaciones de endeudamiento dificultan el desarrollo habitual de la intervención previa a realizar por la correspondiente Intervención Delegada.

En consideración a la situación expuesta, la Intervención General de la Generalitat ha propuesto que, de acuerdo con el artículo 98.2 de la Ley 1/2015 y teniendo en cuenta especialmente la previsión relativa a la deuda pública que realiza el artículo 108 de la citada ley, se sustituya la intervención previa de las operaciones de endeudamiento de la Generalitat por el control financiero permanente.

En virtud de lo anterior, y previa propuesta de la Intervención General, el Consell, a propuesta del conseller de Hacienda y Modelo Económico, previa deliberación, en la reunión de 22 de febrero de 2019,







ACUERDA





Primero

La aplicación del control financiero permanente en sustitución de la función interventora para los expedientes de operaciones de endeudamiento y otras operaciones financieras que se gestionen por el órgano competente para la gestión del endeudamiento de la Generalitat que correspondan a la sección 19 de su presupuesto (servicio de la deuda).





Segundo

El contenido y alcance del control financiero a realizar se determinará para cada ejercicio en el correspondiente Plan Anual de Control Financiero Permanente.



Alicante, 22 de febrero de 2019



La consellera secretaria,

MÓNICA OLTRA JARQUE

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