Ficha docv

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RESOLUCIÓN de 26 de febrero de 2019, de la vicepresidenta del Patronato de la Fundación para la Investigación del Hospital Universitario y Politécnico La Fe de la Comunitat Valenciana, por la que se convoca el proceso de selección de responsable superior de Gestión. [2019/1984]

(DOGV núm. 8503 de 11.03.2019) Ref. Base Datos 002282/2019


  • Análisis documental

    Texto
    texto texto
    Origen disposición: Fundación para la Investigación del Hospital Universitario y Politécnico La Fe de la Comunitat Valenciana
    Grupo Temático: Empleo público
    Descriptores:
      Temáticos: ofertas de empleo público y oposiciones, A/A1





La Fundación para la Investigación del Hospital Universitario y Politécnico La Fe de la Comunitat Valenciana (en adelante, la Fundación) es una fundación pública integrante del sector público empresarial y fundacional de la Comunitat Valenciana, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2.3 letra C, 3.2 y 157, de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones.

La Fundación actúa como estructura única de gestión del Instituto de Investigación Sanitaria La Fe acreditado por el Instituto de Salud Carlos III en 2009. Esta acreditación fue renovada en 2014 y se ha solicitado nuevamente la renovación durante la anualidad 2018.

El Decreto ley 1/2011, de 30 de septiembre, del Consell, de medidas urgentes de régimen económico-financiero del sector público empresarial y fundacional, establece que la elección de la plantilla orgánica de los entes del sector público se basará en criterios de competencia, profesionalidad y experiencia en el desempeño de puestos de responsabilidad en la gestión pública o privada.

En consecuencia, considerando que en la sesión extraordinaria del Patronato de la Fundación celebrada el día 3 de diciembre de 2018 se acordó la tramitación de la convocatoria de este concurso público, resuelvo:



Primero

Convocar para su provisión el puesto responsable superior de Gestión de la Fundación para la Investigación del Hospital Universitario y Politécnico La Fe de la Comunitat Valenciana (la Fundación).



Segundo

Aprobar las bases que se adjuntan a la presente convocatoria.



Tercero

La presente resolución entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.



Esta resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma puede interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el acto en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; o impugnarse directamente ante los juzgados de lo contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con lo previsto en los artículos 8.3, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.



València, 26 de febrero de 2019.– La vicepresidenta del Patronato de la Fundación para la Investigación del Hospital Universitario y Politécnico La Fe de la Comunitat Valenciana: Mónica Almiñana Riqué.







ANEXO I

Bases de la convocatoria



Primera. Objeto de la convocatoria

El objeto de esta convocatoria es la selección de la persona candidata por parte de la comisión de valoración autorizada por el Patronato de la Fundación en su sesión de 3 de diciembre de 2018 para su contratación en el puesto de responsable superior de Gestión.

Segunda. Funciones

Bajo la dependencia la dirección/gerencia corresponderá a el/la responsable superior de Gestión la supervisión y control de las actividades de gestión económica y financiera de la Fundación, incluyendo:

a) La elaboración, seguimiento y control de presupuestos, preparación y supervisión de cuentas anuales.

b) La gestión económica y la ordenación de los pagos, la supervisión y control de la contabilidad, la planificación, seguimiento y control de la tesorería.

c) Análisis y racionalización de las partidas de gasto.

d) Supervisión de auditorías externas e internas,

e) Rendición de cuentas al protectorado de fundaciones y a las distintas administraciones públicas.

f) Planificación, diseño y generación del sistema de información económico-financiera y establecimiento y supervisión de los procedimientos económico-administrativos.

g) Verificar todos los contratos con proveedores.

h) Control de riesgos y el análisis de la viabilidad financiera, gestión del patrimonio de la Fundación, propuesta, ejecución y seguimiento de acciones de financiación e inversiones.

i) Todas aquellas funciones que le sean encomendadas por la dirección/gerencia.



Tercera. Transparencia, y condiciones de trabajo

La plantilla orgánica de plazas, la relación de puestos de trabajo o instrumentos análogos de planificación de los recursos humanos y retribución económica anual de la Fundación, se publicará de acuerdo con el artículo 9, apartado 3.2.b, de la Ley 2/2015, de 2 de abril, de la Generalitat, de transparencia, buen gobierno y participación ciudadana de la Comunidad Valenciana.

La plantilla orgánica no tiene la consideración de personal empleado público.



Cuarta. Tipo de contrato y régimen retributivo

La persona seleccionada se vinculará con la Fundación por un contrato indefinido.

El Decreto ley 1/2011, del 30 de septiembre, del Consejo, de medidas urgente de régimen económico-financiero del sector público empresarial y fundacional, establece en su artículo 18.1 que la retribución a percibir será de 48.412,61 euros anuales, establecida en la relación de puestos de trabajo de la Fundación, que anualmente se aprueba y publica en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.



Quinta. Requisitos

Las personas aspirantes deberán reunir los requisitos siguientes:

1. Tener la nacionalidad española o en su defecto encontrarse en cualquiera de las situaciones descritas en el artículo 54 de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de ordenación y gestión de la función pública valenciana. Este requisito se acreditará mediante fotocopia del DNI o documento equivalente.

2. Tener la mayoría de edad laboral y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Este requisito se acreditará mediante fotocopia del DNI o documento equivalente.

3. Estar en posesión del título superior de Ciencias Económicas, Administración y Dirección de Empresas o equivalente o el correspondiente título de grado y título oficial de máster universitario, que de acuerdo con los planes de estudios vigentes habiliten para ejercer las actividades de carácter profesional relacionadas con las funciones asignadas al puesto. Este requisito se acreditará mediante fotocopia del título.

4. No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. En el caso de ser nacional de otro estado, no hallarse inhabilitada o en situación equivalente ni haber sido sometida a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público. Este requisito se acreditará mediante declaración responsable.

5. Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas. Este requisito se acreditará mediante declaración responsable.

Serán excluidas del proceso de selección todas aquellas personas aspirantes que no reúnan estos requisitos de participación o hayan presentado su solicitud fuera de plazo.



Sexta. Procedimiento de selección

El proceso de selección de la persona candidata se realizará mediante la valoración de los méritos objetivos de las personas aspirantes, que tendrá una puntuación máxima de 70 puntos, y una entrevista en la que las tres personas aspirantes con mejor puntuación defenderán su memoria de actividad, que tendrá una puntuación máxima de 30 puntos.

La convocatoria podrá declararse desierta si la comisión de valoración considera que ninguna de las personas aspirantes se adecua a los requisitos del puesto.

Los méritos objetivos, con una puntuación máxima de 70 puntos, se valorarán con arreglo al siguiente baremo:

1. Experiencia en puestos de responsabilidad en gestión y/o dirección económica y financiera en entidades de gestión pública y privada (puntuación máxima: 35 puntos).

Se valorará la experiencia en puestos de responsabilidad en el ámbito de la gestión económica, y en especial, la experiencia referida al sector público de investigación sanitaria.

Este mérito se acreditará mediante: certificado emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social sobre el período de alta y grupo de cotización acompañado de copia del contrato de trabajo, certificación de la empresa acreditativa de las funciones desempeñadas en el caso de tratarse de una categoría de la misma familia profesional que las funciones y tareas pero que no coincide exactamente con la denominación o el grupo de cotización correspondiente al de la plaza objeto de la convocatoria.

2. Capacidad de liderazgo y de comunicación y negociación (puntuación máxima: 10 puntos).

Se valorará la experiencia en dirección y gestión de equipos de trabajo; y, en especial, la experiencia referida al sector de investigación sanitaria.

Se tendrán en cuenta además las competencias en perspectiva estratégica, iniciativa, flexibilidad, capacidad de relación y de comunicación, habilidad para la negociación.

Este mérito se acreditará mediante certificados de la empresa acreditativa de las funciones desempeñadas.

3. Otros títulos y formación (puntuación máxima: 10 puntos).

Formación complementaria en control de gestión, estrategia y gestión contable - controller.

Formación en contabilidad de entidades del sector público, experiencia en el manejo de software de gestión de la investigación.

La acreditación de la formación específica se realizará mediante: presentación de fotocopia del diploma o documento acreditativo de la realización del curso respectivo, máster o similar.

4. Conocimiento de idiomas (puntuación máxima: 10 puntos).

Nivel de inglés: avanzado B2.

Se valorará el conocimiento del valenciano y de otros idiomas extranjeros u otros idiomas oficiales del Estado diferentes de los oficiales en la Comunitat Valenciana. Solo se valoran los certificados que se ajusten al Marco Común Europeo de Referencia (MCER).

Este mérito se acreditará mediante la copia de los títulos o certificados correspondientes.

5. Formación en igualdad de género (puntuación máxima: 5 puntos).

Se valorará la formación acreditada en igualdad de género, haber participado en cursos, estudios o investigaciones de género, haber creado o participado en iniciativas encaminadas a favorecer la igualdad de oportunidades, así como cualquier experiencia profesional o proyecto que acredite una actividad encaminada a hacer cumplir el artículo 26 de la Ley orgánica para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Este mérito se acreditará mediante los certificados correspondientes.



Séptima. Plazo de presentación

El plazo para la presentación de las solicitudes será de 30 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.



Octava. Presentación de solicitudes

Las solicitudes, conjuntamente con el curriculum vitae y la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos y los méritos, deberán dirigirse a la presidencia del Patronato de la Fundación para la Investigación del Hospital Universitario y Politécnico La Fe de la Comunitat Valenciana y presentarse en su sede (avenida Fernando Abril Martorell, 106, torre A, 7.ª planta. 46026 València) o en las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.



Novena. Comisión de valoración

La comisión de valoración estará integrada por:

– El director gerente del IIS La Fe.

– El director científico del IIS La Fe.

– La vicepresidenta del Patronato, que actuará como presidenta de la comisión, o en su defecto el miembro del Patronato en quien delegue

La comisión de valoración propondrá al Patronato la contratación de la persona candidata mejor puntuada.



Décima. Confidencialidad

Todas las personas e instituciones públicas implicadas en el proceso de selección de personas candidatas se comprometen a garantizar la absoluta confidencialidad de todos los datos personales y profesionales de estas, asegurando que la participación de las no seleccionadas se mantendrá en el estricto ámbito del conocimiento y la valoración de la comisión de valoración, haciéndose público exclusivamente el nombre de la persona que resulte seleccionada.

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