Ficha docv

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Licitación de la ocupación temporal mediante autorización administrativa de una dependencia ubicada en el Centro Incubador de Empresas de la Universidad de Alicante. [2019/1600]

(DOGV núm. 8492 de 22.02.2019) Ref. Base Datos 001806/2019


  • Análisis documental

    Texto
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    Origen disposición: Universidad de Alicante
    Grupo Temático: Contratación administrativa
    Descriptores:
      Temáticos: otros contratos



El artículo 35 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la ciencia, la tecnología y la innovación, encomienda a las administraciones públicas en el ámbito de sus respectivas competencias el fomento, la valorización, la protección y la transferencia de conocimiento con el objeto de que los resultados de la investigación sean transferidos a la sociedad.

A su vez, el apartado tercero del mismo artículo reconoce el papel de los parques científicos y tecnológicos como lugares estratégicos para la transferencia de resultados de la actividad de investigación, desarrollo e innovación a los sectores productivos.

La Fundación Parque Científico de Alicante de la Comunitat Valenciana (FPCA) es una entidad constituida por la Universidad de Alicante, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, con la condición de medio propio y servicio técnico de la misma y que cuenta entre sus fines y actividades, la promoción y transmisión del conocimiento científico y tecnológico, así como favorecer el desarrollo económico.

Con fecha 31 de julio de 2013, la Universidad de Alicante y la Fundación Parque Científico de Alicante de la Comunitat Valenciana firmaron un acuerdo de colaboración en el que pactaron formalizar el instrumento jurídico que correspondiera para facilitar el uso y explotación mediante contraprestación de algunas dependencias de titularidad de la Universidad de Alicante. A tal fin, el Consejo de Gobierno de la Universidad de Alicante en fecha de 23 de marzo de 2015 aprobó una encomienda de gestión a la Fundación Parque Científico, a la que se realizaron diferentes adendas en el Consejo de Gobierno de 20 de enero de 2016 y 20 de julio de 2018.



1. Objeto de la convocatoria

El objeto de la presente convocatoria es la adjudicación de la ocupación temporal mediante autorización administrativa de una dependencia ubicada en el Centro Incubador de Empresas de la Universidad de Alicante, que dispone de la instalación básica para los suministros, son locales independientes, con zona de servicios comunes, y las características que se incluyen en el anexo 1 de esta convocatoria y en la siguiente tabla:



2. Entidad adjudicadora

Organismo: Universidad de Alicante

Para la obtención de documentación e información adicional sobre el objeto y características de la convocatoria:

– Dependencia: Fundación Parque Científico de Alicante

– Domicilio: ctra. de San Vicente, s/n

– Localidad y código postal: 03690 Alicante

– Teléfono: 965 909 310

– Correo electrónico: parc@ua.es



3. Procedimiento y forma de adjudicación

Concurso público de acuerdo con la Ley 14/2003, de 10 de abril, de patrimonio de la Generalitat Valenciana.



4. Plazo de cesión

La autorización tendrá un período de duración de dos años, susceptible de prórroga por una anualidad hasta un máximo de dos, por lo que el plazo máximo no podrá exceder de cuatro años.



5. Canon a satisfacer por el adjudicatario

Desde el momento en que sean adjudicados temporalmente los espacios y formalizado el correspondiente contrato de autorización administrativa previsto en la cláusula 14 de la presente convocatoria, las empresas deberán hacer frente mensualmente a:

a) Canon mensual que aparece en la siguiente tabla vinculado a cada dependencia (IVA excluido).



Dependencia Superficie

(m²) Precios

(€/m²/mes) Cuantía mensual

total (€)

Nave 6.

Código SIGUA:

0206PB006

0206PB007

0206PB048

0206PB047 214,74 m² 4,5 966,33





El canon convenido podrá ser objeto de revisiones anuales a tenor de los incrementos o disminuciones que experimenten los Precios Públicos según el presupuesto que apruebe la Universidad para cada ejercicio, o según el acuerdo de revisión de tasas que, al respecto, se adopte por el Consejo Social.

b) Gastos de suministros vinculados a la empresa:

• Consumo de agua.

• Consumo de electricidad.

• Servicio de telefonía y acceso a internet.

• Otros suministros y contrataciones propios de la empresa.



6. Obligaciones del adjudicatario

• Pago del canon, de los gastos derivados del consumo, así como de los impuestos, tasas y demás tributos que sean obligatorios para el ejercicio de la actividad.

• Mantener en buen estado las dependencias cuyo uso y ocupación se autoriza y, concluida la ocupación, dejarlas libres y en estado de limpieza y adecuada conservación.

• Contratar una póliza de seguros con la finalidad de asegurar los daños de todo tipo que se puedan producir en los bienes objeto de autorización, así como a terceros, durante la vigencia de esta. Esto es, tendrá que contratar un seguro de daños materiales y otro de responsabilidad civil.

• Ocupar y hacer uso efectivo y exclusivo de las dependencias adjudicadas, sin posibilidad de cederlas o transmitirlas a terceros ni total ni parcialmente.

• Destinar las dependencias exclusivamente a actividades relacionadas con las propias de la FPCA y al desarrollo de su objeto social.



• Obtener por su cuenta todas las autorizaciones administrativas y licencias que fueran necesarias para la realización de su actividad. Así como satisfacer los tributos que puedan corresponderle.

• Cumplir con las obligaciones de todo orden que le sean impuestas por la legislación vigente.



7. Obras e instalaciones

Queda prohibida la realización de obras de carácter permanente o instalaciones fijas o que consistan en estacionamiento de materiales o instalaciones de carácter accesorio y no permanente en las dependencias objeto de autorización.

A estos efectos, no tendrán consideración de obras de carácter permanente las de adecuación y mantenimiento del inmueble para el uso al que se destine.



8. Facultades que se reserva el órgano convocante

La Fundación Parque Científico de Alicante se reservará la facultad de inspeccionar en cualquier momento los bienes objeto de autorización administrativa para comprobar que son usados de acuerdo con los términos establecidos en su otorgamiento.



9. Garantías a exigir

Como garantía del cumplimiento de sus obligaciones, los adjudicatarios deberán constituir, entregar y mantener en vigor durante el periodo de vigencia de la autorización y por un importe equivalente al canon correspondiente a tres mensualidades, aval bancario de pago a primer requerimiento o depósito en efectivo en favor de la Universidad de Alicante.



10. Requisitos para participar en la convocatoria

• Estar vinculado a la Fundación Parque Científico de Alicante en la modalidad 1 o 2. Para cumplir con este requisito, se exigirá que la empresa esté vinculada a la Fundación Parque Científico de Alicante en el momento de la resolución de la presente convocatoria.

• Realizar una actividad empresarial innovadora.

• Encontrarse al corriente de todas sus obligaciones con la Universidad de Alicante y con la Fundación Parque Científico de Alicante.

• Estar al corriente en sus obligaciones fiscales y de Seguridad Social.

Será motivo de exclusión del procedimiento de selección las solicitudes que provengan de empresas que tengan cualquier tipo de deuda pendiente con la Universidad de Alicante, o bien, no se encuentren al corriente del pago de sus obligaciones fiscales, laborales o de Seguridad Social, o bien, se encuentren en situación de concurso de acreedores.

Para la justificación de estar al corriente de estas obligaciones, junto con la solicitud deberán presentar un certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y de la Seguridad Social, así como una declaración jurada del solicitante indicando que cumple con las obligaciones mencionadas en el párrafo anterior.



11. Presentación de solicitudes

La documentación a presentar por las empresas consistirá en el impreso de solicitud de acuerdo con el modelo incluido como anexo 2 de la presente convocatoria, disponible en formato electrónico en https://pca.ua.es/, firmado por el representante legal, un certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y de la Seguridad Social y una declaración jurada del solicitante indicando el cumplimiento de las restantes obligaciones especificadas en el punto 10 de la convocatoria.

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días naturales a contar desde la publicación de la presente convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Las empresas interesadas deberán dirigir su solicitud según el modelo incluido en el anexo 2, donde indicarán sus preferencias por los espacios objeto de la convocatoria, a la atención de la Fundación Parque Científico de Alicante a través del Registro de la Fundación Parque Científico de Alicante, sito en la carretera de San Vicente, s/n, edificio Torre de Control, 1.ª planta, 03080 Alicante.

Salvo en aquellas situaciones en las que la oferta de espacios no haya sido cubierta totalmente por ausencia de solicitantes admitidos, ninguna empresa podrá ser adjudicataria de más de un espacio.



12. Criterios de valoración de solicitudes

• Volumen de negocio de la empresa solicitante en 2017 (10 puntos).

La empresa solicitante con mayor facturación recibirá la máxima puntuación y al resto se le asignará la puntuación proporcionalmente.

• Inversión en I+D en 2017 (10 puntos).

La empresa solicitante con mayor inversión en I+D recibirá la máxima puntuación y al resto se le asignará la puntuación proporcionalmente.

• Número de doctores que forman parte de su plantilla (15 puntos).

Por cada doctor en plantilla se asignarán 5 puntos, hasta un máximo de 15.

• Fondos captados por la empresa en convocatorias tanto públicas como privadas con carácter competitivo en 2017 (10 puntos).

La empresa solicitante con mayores recursos captados recibirá la máxima puntuación y al resto se le asignará la puntuación proporcionalmente.

• Número de estudiantes de la Universidad de Alicante con prácticas en la empresa (5 puntos).

Por cada estudiante en prácticas se asignarán 2,5 puntos hasta un máximo de 5 puntos.

• Período de vinculación de la empresa a la Fundación Parque Científico de Alicante de la Comunitat Valenciana (10 puntos).

A razón de 0,4 puntos por mes completo de vinculación a la FPCA hasta un máximo de 10 puntos.

• Ser EBT de la Universidad de Alicante (10 puntos).

• Adecuación a los intereses generales y estratégicos de la FPCA (30 puntos).



13. Evaluación y resolución

Las solicitudes recibidas serán objeto de una evaluación por parte de una comisión integrada por los siguientes patronos de la Fundación Parque Científico de Alicante:

• Presidenta: Amparo Navarro Faure, vicepresidenta de la Fundación Parque Científico de Alicante en su condición de vicerrectora de la Universidad de Alicante con competencias en Investigación.

• Secretaria: Esther Algarra Prats, secretaria de la Fundación Parque Científico de Alicante en su condición de secretaria general de la Universidad de Alicante.

• Vocal: Rafael Pla Penalva, patrono de la Fundación Parque Científico de Alicante en su condición de gerente de la Universidad de Alicante.

• Vocal: Joaquín Marhuenda Fructuoso, patrono de la Fundación Parque Científico de Alicante en su condición de director académico del Área de Proyectos Institucionales de la Universidad de Alicante.

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la comisión publicará en la página web de la FPCA (https://pca.ua.es) la lista provisional de empresas admitidas de acuerdo con los requisitos establecidos en el punto 10 de esta convocatoria, así como las solicitudes excluidas expresando la causa. Los excluidos contarán con un plazo de cinco días hábiles desde la fecha de la publicación para realizar sus alegaciones, tras los cuales la comisión hará pública la lista definitiva de empresas admitidas. En caso de que no hubiera solicitudes excluidas, no sería necesario el transcurso de dicho plazo de alegaciones.

De acuerdo con los criterios de valoración establecidos en el punto 12 de esta convocatoria, la comisión realizará la valoración de las solicitudes y con ella elaborará y publicará un listado proponiendo la adjudicación a las empresas mejor valoradas en función de los espacios a los que opten. Contra dicha valoración, los interesados podrán formular reclamación ante la comisión en el plazo de cinco días hábiles.

Una vez resueltas las reclamaciones, la comisión hará público el listado con las puntuaciones definitivas otorgadas a cada empresa. En base a ello, la comisión remitirá la propuesta de adjudicación a la Universidad de Alicante, que será la encargada de dictar resolución acordando la adjudicación de los espacios a las empresas con mayor puntuación de acuerdo a los espacios solicitados.

La comisión estará facultada para solicitar que se acredite fehacientemente y se pueda requerir la presentación de la documentación original de lo ya presentado o indicado en la solicitud.

Las empresas que, pese a cumplir los requisitos de admisión, no puedan ser adjudicatarias de un espacio de los contemplados en esta convocatoria debido a la falta de disponibilidad, serán incluidas en una lista de espera de acuerdo con la valoración de la comisión para ser llamadas en caso de que se produzcan vacantes o renuncias.

Todas las resoluciones de las referidas en el presente artículo, se harán públicas mediante su inserción en la página web de la FPCA: https://pca.ua.es.



14. Ocupación temporal de espacios

Las empresas que resulten adjudicatarias en la presente convocatoria de un espacio de los ofertados deberán formalizar el contrato correspondiente al uso del espacio en el plazo de 15 días naturales y ocupar dicho espacio en un plazo máximo de 30 días naturales contados a partir de la publicación de la resolución.

En caso de incumplimiento, se entenderá que la empresa adjudicataria renuncia a la adjudicación y, por lo tanto, el espacio será adjudicado a la siguiente empresa con mejor puntuación en la evaluación realizada por la comisión, a la que serán de aplicación las mismas condiciones.

Si tras el proceso de adjudicación de la ocupación temporal quedaran espacios disponibles, se procederá a adjudicar estos en el orden de la lista de espera.



15. Confidencialidad

La Fundación Parque Científico de Alicante y la Comisión se comprometen a no difundir, bajo ningún aspecto, las informaciones a las que hayan podido tener acceso en el desarrollo de la presente convocatoria, siempre que esas informaciones no sean de dominio público.



16. Causas de extinción de la autorización

• Mutuo acuerdo de las partes.

• Falta de pago del canon estipulado o cualquier otro incumplimiento grave de las obligaciones del titular de la autorización, declarados por el órgano que la otorgó.

• Falta de pago por servicios prestados por la Universidad de Alicante a la empresa.

• Vencimiento del plazo estipulado.

• Incumplimiento sobrevenido de los requisitos de acceso establecidos en el punto 10 de esta convocatoria.



17. Recursos

Contra la presente convocatoria y sus bases, que son definitivas en vía administrativa, sí como contra la resolución de la Universidad de Alicante por la que se resuelva y se acuerde la adjudicación de los espacios a las empresas seleccionadas podrán los interesados interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el en la página web

https://pca.ua.es.



Alicante, 14 de febrero de 2019.– El rector de la Universidad de Alicante: Manuel Palomar Sanz.







ANEXO I

Plano y sección Centro Incubador de Empresas



ANEXO II

Impreso de Solicitud



A LA ATENCIÓN DEL COMITÉ EJECUTIVO DE LA FUNDACIÓN PARQUE CIENTÍFICO DE ALICANTE



DATOS DE LA ENTIDAD SOLICITANTE

Nombre de la Entidad:

CIF:

Representante Legal:

Cargo:

Teléfono/fax:

Correo electrónico:

Dirección postal completa:

Superficie solicitada: Nau 6 214,74 m²

Firma del representante legal y sello de la entidad





1. PRESENTACIÓN DE LA ENTIDAD

(Descripción de la entidad solicitante; nombre, objeto social, número de empleados, líneas de actuación…)



2. ACTIVIDAD A DESARROLLAR EN EL PCA

(Descripción de actividades que prevé desarrollar en PCA; descripción, en su caso, del equipamiento que se precisa instalar)



3. CRITERIOS DE VALORACIÓN DE SOLICITUDES

– Volumen de negocio de la empresa solicitante

– Inversión en I+D

– Número de doctores que forman parte de la plantilla

– Fondos captados por la empresa en convocatorias tanto públicas como privadas con carácter competitivo

– Número de estudiantes de la Universidad de Alicante con prácticas en la empresa

– Periodo de vinculación de la empresa a la Fundación Parque Científico de Alicante

– Ser EBT de la Universidad de Alicante

– Proyectos de I+D desarrollados en el último ejercicio; porcentaje de inversión sobre facturación de la empresa.

– Colaboración con el Parque Científico de Alicante en los últimos tres años: proyectos de fin de carrera, becarios, convenios y contratos de I+D+i…

– Propuesta concreta de actividades futuras que requieran la colaboración con el Parque Científico de Alicante.

– Previsión de creación de empleo, con preferencia de graduados del Parque Científico de Alicante.



4. OTRAS CONSIDERACIONES

Otras consideraciones de relevancia para la evaluación de la solicitud.

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