Ficha docv

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RESOLUCIÓN de 9 de diciembre de 2019, de la Dirección General de Innovación Educativa y Ordenación, por la que se autoriza, para el curso académico 2019-2020, a determinados centros públicos específicos de formación de personas adultas de titularidad de la Generalitat para la impartición en la modalidad de horario flexible de grupos de aprendizaje de los niveles adscritos al ciclo II de la formación básica de las personas adultas. [2019/11910]

(DOGV núm. 8699 de 17.12.2019) Ref. Base Datos 010863/2019


  • Análisis documental

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    Origen disposición: Conselleria de Educación, Cultura y Deporte
    Grupo Temático: Autorizaciones administrativas
    Descriptores:
      Temáticos: centro de enseñanza





La Ley 1/1995, de 20 de enero, de formación de las personas adultas, en el artículo undécimo del capítulo II, establece que los programas para la formación de las personas adultas, previstos en el artículo quinto de dicha ley, se podrán impartir mediante las modalidades de enseñanza presencial y a distancia en centros públicos o privados que estén autorizados.

La Orden de 14 de julio de 2000, de la Conselleria de Cultura y Educación, por la que se regula la implantación de los programas formativos dirigidos a la formación de personas adultas establecidos en los anexos I y III del Decreto 220/1999, de 23 de noviembre, del Govern Valencià, y por la que se dictan instrucciones para la organización y el funcionamiento de los centros públicos de formación de personas adultas de la Comunitat Valenciana, en los puntos 1 y 4 del artículo tercero, determina que en los centros públicos de formación de personas adultas de titularidad de la Generalitat Valenciana se podrán impartir las enseñanzas de cualesquiera de los dos niveles del ciclo II de la formación básica de las personas adultas siempre que haya demanda por parte de las personas adultas participantes. Asimismo, en el punto 6 del artículo tercero y en el punto 7.5 del artículo cuarto de esta misma orden, se otorga al Centro Valenciano de Educación de Adultos a Distancia (CEVEAD) la implantación en la modalidad a distancia de las enseñanzas de los dos niveles del ciclo II de la formación básica de las personas adultas.

La Resolución de 9 de julio de 2019, del secretario autonómico de Educación y Formación Profesional, por la que se dictan instrucciones en materia de ordenación académica y de organización de la actividad docente en los centros de formación de personas adultas sostenidos con fondos públicos para el curso académico 2019-2020, en su artículo 5.1.1 estipula que, entre las actividades propias de los puestos de trabajo docentes en centros de formación de personas adultas, se contempla el desarrollo de las enseñanzas de la formación básica de las personas adultas que se establezcan de forma presencial o, si procede, por medio de la modalidad de enseñanza a distancia.

El artículo 6.2.4 de dicha resolución establece que la modalidad de enseñanza a distancia, tanto de las enseñanzas de la formación básica de las personas adultas como del resto de programas formativos establecidos por los anexos I y III del Decreto 220/1999, será impartida exclusivamente por el Centro Específico de Educación a Distancia de la Comunitat Valenciana (CEEDCV), de acuerdo con las instrucciones específicas de organización y funcionamiento emitidas por el órgano competente de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte.

Por otro lado, el artículo 6.2.3.3 establece que, en el caso de las enseñanzas del ciclo II de la formación básica de las personas adultas, los centros de formación de personas adultas sostenidos con fondos públicos, en los que las necesidades y demandas del contexto y de la realidad sociolaboral de las personas participantes justifiquen la oferta de un modelo formativo con carga horaria semanal flexible, podrán impartirlo, siempre que la dirección del centro elabore un informe justificativo de dicha necesidad con el visto bueno del consejo escolar y del claustro del profesorado, a presentar antes del día 13 de septiembre de 2019 ante la dirección general competente en materia de formación de personas adultas, en este caso la Dirección General de Innovación Educativa y Ordenación, para su autorización expresa para cada curso académico, y que deberá ajustarse en cualquier caso a la organización curricular y horaria determinada por dicho órgano.

En conformidad con las atribuciones conferidas a la Dirección General de Innovación Educativa y Ordenación por el artículo 83 del Decreto 105/2019, de 5 de julio, del Consell, por el que establece la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las consellerias de la Generalitat, y con lo que establece el artículo 6.2.3.3 de la Resolución de 9 de julio de 2019, resuelvo:

Primero. Autorización de impartición de horario flexible

Autorizar, de acuerdo con el informe justificativo de esta necesidad presentado en forma y plazo ante la Dirección General de Innovación Educativa y Ordenación, a los centros públicos específicos de formación de personas adultas de titularidad de la Generalitat relacionados en el anexo de esta resolución para impartir, durante el curso académico 2019-2020, los niveles del ciclo II de la formación básica de las personas adultas indicados en cada caso.



Segundo. Diseño de la modalidad con horario flexible

A la hora de elaborar los horarios de los grupos de aprendizaje ofertados bajo la modalidad de horario con carga semanal flexible, los centros autorizados a implementar este diseño organizativo y pedagógico deberán seguir las directrices proporcionadas a estos centros por el Servicio de Ordenación Académica a comienzos de curso.



De conformidad con lo que establecen los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, este acto, que no pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrido en alzada ante la Secretaría Autonómica de Educación y Formación Profesional dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución.



València, 9 de diciembre de 2019.– La directora general de Innovación Educativa y Ordenación: Margarida Castellano Sanz.

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