Ficha docv

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Notificación de la sentencia dictada en el juicio verbal número 1151/2017. [2019/1034]

(DOGV núm. 8483 de 11.02.2019) Ref. Base Datos 2019/1034




Parte demandante: Acrismatic, SL.

Parte demandada: Juan Cumella Budi.

En el juicio de referencia se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:



«Sentencia número 14/2019

València, 14 de enero de 2019

Vistos por Desamparados Almenar Belenguer, magistrada juez del Juzgado de Primera Instancia número 23 de los de València, los autos de juicio verbal seguidos bajo el número 1151/2017, a instancia de la mercantil Acrismatic, SL, representada por la procuradora Isabel Farinós Sospedra y asistida del letrado Ignacio Murgadas Zabal contra Juan Cumella Budi, declarado en rebeldía; ejercitando acción de reclamación de cantidad.

Fallo

Que estimando la demanda deducida por la mercantil Acrismatic, SL, representada por la procuradora María Isabel Farinós Sospedra, contra Juan Cumella Budi, declarado en rebeldía, debo condenar y condeno al demandado al pago a la actora de la cantidad de 4.169,64. €, más los intereses legales devengados desde el 24 de abril de 2013 hasta el completo pago e intereses que hasta el 25 de septiembre de 2017 ascienden a la cantidad de 644,82. €.

Se imponen al demandado las costas del procedimiento.

Contra esta sentencia, que no es firme, cabe recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial, que deberá interponerse ante este juzgado en el plazo de veinte días contados desde el siguiente a la notificación de esta sentencia, debiendo exponerse las alegaciones en las que se base la impugnación, además de citarse la resolución apelada y los pronunciamientos que se impugnan (art. 458.1 y 2, LEC2000). Y con sujeción además a lo dispuesto en la disposición adicional 15.ª de la Ley orgánica del poder judicial en orden a la necesidad de efectuar depósito para recurrir.

Así por esta mi sentencia, juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.»



En atención al desconocimiento del actual domicilio o la residencia de la parte demandada, Juan Cumella Budi, por diligencia de ordenación dictada y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 497.2, 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de enjuiciamiento civil, se ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del juzgado y en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia.



València, 15 de enero de 2019.– El letrado de la Administración de justicia: Alberto Martínez de Santos.

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