Ficha docv

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RESOLUCIÓN de 17 de octubre de 2019, del presidente del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), por la que se modifica la Resolución de 17 de enero de 2019, del presidente del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), por la que se convocan ayudas para proyectos de inversión para la mejora, modernización y dotación de infraestructuras y servicios en polígonos, áreas industriales y enclaves tecnológicos, con cargo al presupuesto del ejercicio 2019. [2019/10190]

(DOGV núm. 8665 de 28.10.2019) Ref. Base Datos 009263/2019




Por Resolución de 17 de enero de 2019, del presidente del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), se convocaron ayudas para proyectos de inversión para la mejora, modernización y dotación de infraestructuras y servicios en polígonos, áreas industriales y enclaves tecnológicos, con cargo al presupuesto del ejercicio 2019 (DOGV 8471, 24.01.2019), que fueron adjudicadas por la Resolución de 26 de abril de 2019, del presidente del IVACE.

Con posterioridad a la adjudicación de las ayudas, ha tenido lugar un episodio de lluvias torrenciales durante los días 11 al 14 de septiembre de 2019 en parte del territorio de la Comunitat Valenciana como consecuencia de una depresión aislada en niveles altos (DANA). Ello ha provocado, entre otros, innumerables daños de gran magnitud a bienes e infraestructuras municipales, por lo que los proyectos que fueron presentados al IVACE a la convocatoria antes citada han podido verse afectados en el sentido de que algunas actuaciones contenidas en la memoria sean ahora innecesarias o irrelevantes y deban abordarse otras más básicas para reponer servicios o infraestructuras que hayan sido destrozadas.

Por ello, en sintonía con las medidas dictadas por la Generalitat ante la catástrofe producida, en concreto, con el Decreto 196/2019, de 20 de septiembre, del Consell, por el que se aprueban las bases reguladoras y el procedimiento de concesión directa de ayudas urgentes para paliar la pérdida de bienes de primera necesidad de las personas físicas, producida por el temporal de lluvias, fenómenos costeros y vientos ocurrido en la Comunitat Valenciana entre el 11 y el 14 de septiembre de 2019 para los municipios que se relacionan en el anexo I del Decreto, y su modificación posterior por Decreto 204/2019, de 7 de octubre, del Consell; y por otro lado, con el Real Decreto ley 11/2019, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los daños causados por temporales y otras situaciones catastróficas, se ha considerado oportuno modificar la convocatoria en el sentido de eliminar para los ayuntamientos afectados el requisito de exigir un mínimo de justificantes del 50 % de la cantidad total a justificar para que sus proyectos no se vean revocados.

En virtud de lo que antecede, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.2.i del Decreto 4/2013, de 4 de enero, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), resuelvo:



Artículo único. Modificación del artículo 10 (modificación de la subvención y reintegro de las ayudas concedidas)

Se modifica el apartado 5 del artículo 10 de la convocatoria, que quedará redactado como sigue:

«5. La presentación por parte de la entidad beneficiaria de un porcentaje de gastos ejecutados menor del 50 % de la cantidad total a justificar dará lugar a la revocación de la ayuda, salvo que técnicamente pueda considerarse que aun así el proyecto ha sido efectivamente desarrollado y no se declare la revocación sino la minoración. Este porcentaje de ejecución no será de aplicación a los municipios relacionados en el anexo I del Decreto 196/2019, de 20 de septiembre, del Consell, de aprobación de las bases reguladoras y del procedimiento de concesión directa de ayudas urgentes para paliar la pérdida de bienes de primera necesidad de las personas físicas, producida por el temporal de lluvias, fenómenos costeros y vientos ocurrido en la Comunidad Valenciana entre el 11 y el 14 de septiembre de 2019, modificado por el Decreto 204/2019, de 7 de octubre, del Consell.»





DISPOSICIÓN FINAL



Única

La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de la publicación de su extracto en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.



Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de un mes, un recurso potestativo de reposición ante el conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien en el plazo de dos meses, un recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, de conformidad con lo previsto en los artículos 10 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que se estime oportuno.



València, 17 de octubre de 2019.– El presidente del IVACE: Rafael Climent González.

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