Ficha docv

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RESOLUCIÓN de 2 de octubre de 2018, de la Dirección General de Desarrollo Rural y Política Agraria Común, de modificación del inicio del plazo para comunicar las cesiones de derechos de pago básico en la Comunitat Valenciana, correspondiente al año 2019. [2018/9457]

(DOGV núm. 8409 de 24.10.2018) Ref. Base Datos 009608/2018


  • Análisis documental

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    Origen disposición: Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria
    Grupo Temático: 000



Mediante la Orden 5/2015, de 27 de febrero, de la Conselleria de Presidencia, Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua, por la que se establecen las bases reguladoras aplicables al conjunto de pagos directos a la agricultura y la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural (DOGV 7478, 04.03.2015), en su artículo 14 establece que los derechos de pago básico solo podrán ser cedidos dentro de la misma región del régimen de pago básico donde dichos derechos hayan sido asignados, bien en venta, arrendamiento o mediante cualquier otra forma admitida en derecho, debiendo comunicarse a la autoridad competente ante la que haya presentado su solicitud única en el plazo establecido en el artículo 30 del Real decreto 1076/2014, de 19 de diciembre.

Vista la modificación del artículo 30 del Real decreto 1076/2014, de 19 de diciembre, sobre asignación de derechos de régimen de pago básico de la Política Agrícola Común, realizada mediante el Real decreto 1172/2015, de 29 de diciembre, se permite el retraso del plazo de las comunicaciones de cesiones de derechos de pago básico.

Por ello, de acuerdo con la legislación vigente, y en atención a la necesidad de disponer de las bases de datos de SIGPAC y de derechos de pago básico actualizadas resulta conveniente fijar el inicio del plazo de comunicación de las cesiones de derechos de pago básico presentadas en la Comunitat Valenciana, correspondientes a la campaña 2019, haciéndolo coincidir con el inicio del plazo de la solicitud única.

En virtud de la disposición adicional primera de la Orden 5/2015, de 27 de febrero, de la Conselleria de Presidencia, Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua, que autoriza al director general con competencias en gestión de las ayudas de la PAC a adoptar las resoluciones precisas para el desarrollo y ejecución de la citada orden, resuelvo:



Apartado primero

De manera excepcional, se fija el inicio de la comunicación de cesiones de derechos de pago básico de la campaña 2019, a 1 de febrero de 2019.



Apartado segundo. Régimen de recursos contra la presente resolución de convocatoria

La presente resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma puede interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dictó en el plazo un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o impugnarse directamente ante los juzgados de lo contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con lo previsto en los artículos 10, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.



València, 2 de octubre de 2018.– La directora general de Desarrollo Rural y Política Agraria Común: María Teresa Cháfer Nácher.

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