Ficha docv

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RESOLUCIÓN de 3 de septiembre de 2018, de la Universitat de València, por la que se convoca concurso de méritos para las funcionarias y los funcionarios del grupo A (subgrupo A2), de administración especial, escala técnica media de audiovisuales, para cubrir el puesto de trabajo número 494, técnico/técnica medio/media de audiovisuales, de esta universidad. [2018/8495]

(DOGV núm. 8386 de 19.09.2018) Ref. Base Datos 008565/2018


  • Análisis documental

    Texto
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    Origen disposición: Universitat de València
    Grupo Temático: Empleo público
    Descriptores:
      Temáticos: ofertas de empleo publico y oposiciones, B/A2



Vacante un puesto de trabajo dotado presupuestariamente, cuya provisión se considera conveniente para atender las necesidades del servicio, esta universidad, de acuerdo con el artículo 193 de sus Estatutos, el Real decreto legislativo 5/2015, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de ordenación y gestión de la función pública valenciana, y el Decreto 3/2017, de 13 de enero, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de selección, provisión de puestos de trabajo y movilidad del personal de la función pública valenciana, resuelve convocar un concurso de méritos para funcionarias y funcionarios del grupo A (subgrupo A2), de administración especial, escala técnica media de audiovisuales, para proveer el puesto de trabajo número 494, técnico/técnica medio/media de audiovisuales, de acuerdo con las bases siguientes:



Bases de la convocatoria



Primera. Participantes

1.1. Deberán participar necesariamente en este concurso, si se diera el caso, los funcionarios y las funcionarias de carrera del grupo A (subgrupo A2), de administración especial, escala técnica media de audiovisuales, que se encuentren en situación de destino provisional y tengan el mismo grupo y nivel que el puesto convocado.

Para los que se encuentren en destino provisional y les sea aplicable el artículo 105.5 de la Ley 10/2010, de la Generalitat, de ordenación y gestión de la función pública valenciana, deberán solicitar como mínimo el puesto que ocupan provisionalmente. Si no concurren quedarán sin destino y a disposición de la gerencia.

1.2. Se podrán presentar las funcionarias y funcionarios de carrera del grupo A (subgrupo A2), de administración especial, escala técnica media de audiovisuales, de esta universidad, y que hayan prestado servicios al menos durante un año desde su adscripción al último puesto de trabajo, según el artículo 101.3 de la Ley 10/2010, de la Generalitat, de ordenación y gestión de la función pública valenciana.

Quedan exentos del requisito de permanencia de un año en el puesto de trabajo las funcionarias y los funcionarios de carrera del grupo A (subgrupo A2), de administración especial, escala técnica media de audiovisuales, a los que les sea de aplicación lo dispuesto en el artículo 101.3 de la Ley 10/2010, de ordenación y gestión de la función pública valenciana y los que hayan sido trasladados en aplicación del artículo 188 de los Estatutos de esta universidad.

1.3. Por interpretación de la disposición transitoria quinta de la Ley 10/2010, de la Generalitat, de ordenación y gestión de la función pública valenciana, se podrá presentar también el personal laboral fijo que ocupe puestos de trabajo de la escala técnica media de audiovisuales, de esta universidad, que haya prestado servicios al menos durante un año desde su adscripción al último puesto de trabajo.



Segunda. Vacante

El puesto vacante que se convoca a concurso de méritos y sus características figuran en el anexo I de esta convocatoria.



Tercera. Solicitudes y documentación a aportar

3.1. Las personas interesadas deben presentar la solicitud utilizando el modelo que figura en el anexo II, el cual se encuentra en la página web del Servei de Recursos Humans (PAS), que tiene la siguiente dirección: https://www.uv.es/pas.

A la solicitud se adjuntará el curriculum vitae y la documentación justificativa, mediante fotocopia cotejada de los méritos alegados.

3.2. La documentación que ya consta en el Registro de Personal (PAS) de la Universitat de València (certificados de servicios prestados y del grado personal consolidado) se adjuntará de oficio a las solicitudes presentadas.

3.3. Los cursos que han sido impartidos y homologados por el Servei de Formació Permanent y los cursos de formación de funcionarios (formación continua o continuada), habrá que relacionarlos en el currículum y aportar documentación justificativa.

3.4. Si alguna de las personas participantes desea que el Servei de Recursos Humans (PAS) aporte otra documentación de que disponga esta universidad, tendrá que solicitarlo expresamente en instancia separada, con indicación de la unidad donde se encuentra y estar referenciada en el currículum correspondiente.



Cuarta. Plazo y lugar de presentación

4.1. Las solicitudes y la documentación deberán presentarse en el plazo de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV). La presentación podrá hacerse en el Registro General de la Universitat (av. de Blasco Ibáñez, 13 – 46010 València), a través de cualquier otro registro auxiliar de los centros universitarios o en las oficinas públicas a las que hace referencia el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (que se mantiene en vigor en aplicación del penúltimo párrafo de la disposición derogatoria única de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas).

4.2. Se advierte a las personas interesadas que el Registre General de la Universitat se encuentra abierto de lunes a viernes, de 09.00 a 14.00 y de 16.00 a 18.00 horas.



Quinta. Baremo

5.1. El concurso de méritos se resolverá por la aplicación del baremo aprobado por la Junta de Govern de la Universitat de València, de 22 de octubre de 1991, modificado por acuerdo de la Junta de Govern de 21 de julio de 1998. Hay una copia en la página web del Servei de Recursos Humans (PAS).

5.2. Se realizará una entrevista en aplicación del punto 4 del anexo I del baremo.



Sexta. Comisión evaluadora

6.1. La comisión evaluadora que realizará la selección del puesto de trabajo convocado a concurso debe tener la composición que figura en el Reglamento de composición y funcionamiento de las comisiones de valoraciones para la provisión de puestos de trabajo de la plantilla de personal de administración y servicios, aprobado por el Consell de Govern (ACGUV 184/2012) de esta universidad. Hay una copia en la página web del Servei de Recursos Humans (PAS).

Su funcionamiento se adaptará a lo que establece el Reglamento de composición y funcionamiento de las comisiones de valoraciones, y en lo no previsto se ajustará a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

Su composición deberá ajustarse al principio de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros y tenderá en su composición a la paridad entre hombres y mujeres, en cumplimiento de lo que se establece en el artículo 53 de la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, en el artículo 60.1 del Real decreto legislativo 5/2015, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y en el acuerdo del Consell de Govern de la Universitat de València de 29 de octubre de 2013 (ACGUV 210/2013), por el que se aprueba el II Plan de Igualdad de la Universitat de València.

6.2. Los nombres de las personas que formarán parte de la Comisión Evaluadora se harán públicos antes que finalice el plazo de presentación de solicitudes en el tablón oficial de anuncios electrónicos de la UVEG (https://webges.uv.es/uvTaeWeb/), en el apartado de personal de administración y servicios, y con carácter meramente informativo, en la página web del Servei de Recursos Humans (PAS), la dirección de la cual es: https://www.uv.es/pas.



Séptima. Irrenunciabilidad de los destinos

7.1. Las personas participantes pueden desistir de la solicitud dentro del plazo de presentación de solicitudes. Después de transcurrido dicho plazo no se aceptará ningún desistimiento y las participantes quedarán vinculadas al resultado del concurso.

7.2. El destino adjudicado será irrenunciable, excepto que antes de finalizar el plazo de toma de posesión se hubiera obtenido otro destino por convocatoria pública, y en este caso deberá comunicarse por escrito a la Gerencia.



Octava. Participación

La participación en el concurso implica la aceptación de todas las bases.



Novena. Cese y toma de posesión

La resolución de este concurso se hará pública en el tablón oficial de anuncios electrónicos de la UVEG (https://webges.uv.es/uvTaeWeb/), en el apartado de personal de administración y servicios, y con carácter meramente informativo, en la página web del Servei de Recursos Humans (PAS), la dirección de la cual es: https://www.uv.es/pas.

En la resolución se indicará expresamente la fecha de cese y toma de posesión.



Décima. Información respecto a los datos recogidos

10.1. Finalidad del tratamiento.

Los datos personales suministrados en esta convocatoria se incorporarán a los sistemas de información de la Universitat de València que procedan, con el fin de gestionar y tramitar la participación en la convocatoria de las pruebas selectivas en conformidad con aquello establecido en la Ley 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, modificada por la Ley orgánica 4/2007, de 12 de abril.

10.2. Responsable del tratamiento y datos de contacto del delegado de protección de datos.

El tratamiento de los datos relacionados con la gestión de esta convocatoria es la Universitat de València.

Delegado académico de la rectora para la protección de datos en la Universitat de València. Edificio Rectorado, av. Blasco Ibáñez, 13 València 46010 lopd@uv.es

10.3. Destinatarios o categorías de destinatarios de los datos y países de destino de los datos.

Se prevén las siguientes comunicaciones de datos personales sin consentimiento del afectado/ada:

a) Publicación de las diferentes resoluciones en el tablón oficial de la Universitat de València así como en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de Generalitat Valenciana. Adicionalmente, a efectos informativos, podrá publicarse mediante enlace al Tablón Oficial, la resolución en páginas web alojadas bajo el dominio oficial de la Universitat de València.

10.4. Plazo de conservación de los datos.

Los datos se conservarán y serán en su caso cancelados de acuerdo con los siguientes criterios:

– Los datos de los aspirantes se conservarán indefinidamente mediante la publicación de las resoluciones de las diferentes fases.

10.5. Derechos.

Las personas que proporcionan datos tienen derecho a solicitar al responsable del tratamiento el acceso a sus datos personales, y a su rectificación o supresión, o a la limitación de su tratamiento, o a oponerse al tratamiento, así como el derecho a la portabilidad de los datos. Las personas interesadas podrán ejercer sus derechos de acceso, mediante el envío de un correo electrónico dirigido a lopd@uv.es remitido desde direcciones oficiales de la Universitat de València, o bien mediante escrito acompañado de copia de un documento de identidad y, en su caso, documentación acreditativa de la solicitud, dirigido al delegado académico de la rectora para la protección de datos en la Universitat de València.

10.6. Derecho a presentar una reclamación ante una autoridad de control.

La autoridad de control competente para la tutela de los derechos en relación a los tratamientos realizados por la Universitat de València es:

Agencia Española de Protección de Datos

Calle Jorge Juan, 6 (28001 Madrid).

Sitio web: https://www.agpd.es/portalwebagpd/index-ides-idphp.php

10.7. Políticas de privacidad de la Universitat de València.

Podéis consultar nuestras políticas de privacidad en https://www.uv.es/uvweb/universitat/ca/politica-privacitat/responsable-identificacio-titular-web-funcions-1285919116693.html



Once. Recursos

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer, conforme al artículo 123 de la Ley 39/2015, recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su publicación ante el mismo órgano que dictó la resolución, o bien directamente interponer el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación ante los órganos de la Jurisdicción contencioso-administrativa de la Comunitat Valenciana.



València, 3 de septiembre de 2018.– La rectora p. d. (DOGV 09.07.2018), el gerente: Joan E. Oltra i Vidal.





ANEXO I

Características del puesto de trabajo ofertado

según la relación de puestos de trabajo



1) Denominación del puesto: técnico/técnica medio/media de audiovisuales.

Número de puesto: 494.

Clasificación: B 20 E35.

Requisito de formación específica: 2.

Destino: Facultat de Filologia, Traducció i Comunicació.



Requisito de formación específica:

2. Conocimiento de valenciano a nivel medio, o compromiso de adquirir este conocimiento en el plazo de un año desde la toma de posesión en el puesto (o en el tiempo que permita la programación del Servei de Política Lingüística).



Puntuación mínima para la adjudicación de la vacante:

La puntuación mínima que hay que obtener es de 4 puntos según establece la disposición cuarta del baremo.





ANEXO II

Solicitud



DATOS PERSONALES

Primer apellido: Segundo apellido: Nombre:

DNI: Grupo al que pertenece: Fecha de nacimiento:

Dirección: Localidad/Provincia: Teléfono:





DATOS PROFESIONALES

Destino: Tel. oficial:

Denominación del puesto de trabajo del que es titular: Classificació:

Adreça electrònica:





SOLICITO:

La admisión en el concurso de méritos del grupo A (subgrupo A2), sector de administración especial, escala técnica media de audiovisuales, convocado por la Resolución de 3 de septiembre de 2018, para proveer el puesto de trabajo número 494, técnico/técnica medio/media de audiovisuales que se indica en el anexo I.



Firma



València, ... de ... de 2018



El o la firmante declara que son ciertos los datos que figuran en esta solicitud y asume, en caso contrario, las responsabilidades que puedan derivarse de las inexactitudes que consten.



RECTORAT DE LA UNIVERSITAT DE VALÈNCIA

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