Ficha docv

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RESOLUCIÓN de 3 de agosto de 2018, del director general de Comercio y Consumo, por la que se conceden cuatro becas para la realización de prácticas profesionales en materia de consumo en las dependencias de la Dirección General de Comercio y Consumo y de los servicios territoriales. [2018/7989]

(DOGV núm. 8363 de 17.08.2018) Ref. Base Datos 007913/2018




Por Orden 22/2017, de 13 de diciembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de becas para la realización de prácticas profesionales en los centros directivos de la mencionada conselleria (DOGV 8191, 15.12.2017).

Mediante Resolución de 4 de mayo de 2018, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo se convocan cuatro becas para la realización de prácticas profesionales en materia de consumo en las dependencias de la Dirección General de Comercio y Consumo y de los servicios territoriales de Comercio y Consumo, dos en València, una en Alicante y una en Castellón de la Plana.

Para el proceso de evaluación y selección, se constituye la comisión evaluadora según lo previsto en el artículo 7 de la Orden 22/2017 y en el apartado 9 de la Resolución de 4 de mayo de 2018.

La comisión evaluadora, después del estudio de todas las solicitudes presentadas y de la aplicación del baremo establecido en el artículo 8 de la Orden 22/2017 antes citada y en el apartado 8 de la referida Resolución de convocatoria de 4 de mayo de 2018, una vez analizadas todas las alegaciones formuladas, que han sido razonadamente estimadas o desestimadas, según procedía a lo largo del procedimiento y efectuadas las entrevistas personales, en su sesión de 30 de julio de 2018, efectúa la correspondiente propuesta motivada de resolución, en los términos establecidos en el artículo 12.5 de la Orden de 22/2017.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 132/2009, de 4 de septiembre, del Consell, por el que se regula la concesión de becas, y de acuerdo con lo establecido en el apartado 8.3 de la Resolución de 4 de mayo de 2018, de convocatoria de las becas, resuelvo:



Primero

1. Adjudicar las cuatro becas para la realización de prácticas profesionales en materia de consumo en las dependencias de la Dirección General de Comercio y Consumo y de los servicios territoriales de Comercio y Consumo, que se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 11.02.05.443.10.4, linea de subvención S4636000, de la Ley 22/2017, de 29 de diciembre, de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2018, y su equivalente en el presupuesto de la Generalitat para 2019, en este último caso, condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente, según el siguiente desglose de anualidades:

– Importe año 2018: 16.600 euros.

– Importe año 2019: 33.400 euros.

2. Adjudicar en favor de las personas candidatas que han obtenido mayores puntuaciones en cada modalidad de becas, resultando beneficiaras las siguientes:



Modalidad Apellidos y nombre NIF/NIE Puntuación final

València HERRERO TARRAZONA, CRISTINA ****6898 14,69

CRUZ CERVIÑO, FRANCISCO JAVIER ****3223 11,49

Alicante ESPINOSA TORRENTE, JUAN ANTONIO ****7641 14,86

Castellón

de la Plana MORARU, IOANA ROXANA ****8939 11,26









Segundo

Constitución de una bolsa de reserva, para cada una de las ciudades, donde se realizarán las becas, priorizada por orden decreciente de puntuación, para cubrir las vacantes que se puedan producir, durante el periodo de disfrute de estas, con las siguientes personas candidatas admitidas que no han resultado beneficiarias:



Ciudad de València



Apellidos y nombre NIF/NIE Puntuación final

SERRA CASTELLS, CARLOS ****1588 10,46

SANJUAN FACILA, LUIS JOSÉ ****4911 10,44

TORIBIO GARAY, TERESA ****9110 9,90

HERRANZ DOMINGO, LORENA ****8750 9,82

PÉREZ PIQUE, NURIA ****4966 9,70

ALBA LORENTE, AIDA ****6842 9,18

FABREGAT LÓPEZ, RAFAEL ****5015 9,10

RODRÍGUEZ CARRERO, AITOR ****7275 9,04

CRUZ DATO, DAVID ****3806 8,94

NAVASQUILLO CALLEJA, ALEJANDRO SALVADOR ****2655 8,90

MOLINA BALAGUER, RAFAEL ****9572 8,70

DÍAZ DE MERA PASTOR, JULIA ****3421 8,51

CARDONA GILABERT, JAUME ****1378 8,33

PONS CERDA, NADIA ****5853 8,25

CAYO LÓPEZ, MARINA ****1665 8,22

MARZ MARTÍNEZ, CRISTINA ****3239 8,20

BAU CASTRO, DAVID ****4003 8,19

DONAT BELLVER, NATALIA FRANCISCA ****6486 7,93

BALLESTA JUAN, NURIA MARÍA ****7212 7,83

NAVARRO HERRANDEZ, ANDRÉS ****1305 7,69

SERRA OCHOA, FRANCISCO JAVIER ****7466 7,54

MUNTO GIMENO, MARÍA ****4312 7,49

CABRERA COLONQUES, ANNA ****6834 7,20

SEVILA FORNER, JOAQUÍN ****2197 6,90

UBEROS CARRASCO, ROCIO ****8093 6,41

ECHEGARAY ALI, NADIA AYELEN ****0603 6,24







Ciudad de Alicante



Apellidos y nombre NIF/NIE Puntuación final

VICENTE TENDERO, MARINA ****4900 13,96

NAVARRO HERNANADEZ, ÁNDRES ****1305 13,73

BALLESTA JUAN, NURIA MARÍA ****7212 11,83

MARTÍNEZ GARCÍA, MARTA ****2382 8,73

SANTAMARÍA VILLATORO, MARÍA ANTONIA ****8938 7,86

MUNTO GIMENO, MARÍA ****4312 7,49

GÓMEZ GARCÍA, LIDIA TERESA ****7825 7,29

CABRERA COLONQUES, ANNA ****6834 7,20

SEVILA FORNER, JOAQUIN ****2197 6,90







Ciudad de Castellón de la Plana



Apellidos y nombre NIF/NIE Puntuación final

MOLINA BALAGUER, RAFAEL ****9572 8,70

SERRA OCHOA, FRANCISCO JAVIER ****7466 7,54

ASENSIO ISERT, PAULA ****5778 7,43

CABRERA COLONQUES, ANNA ****6834 7,20

RENAU GIL, DIANA ****7679 6,97







Tercero

Desestimar las solicitudes de becas que se indican a continuación por los motivos que se especifican:

Cuarto

Tener por desistidas las solicitudes de becas que se relacionan:



Quinto

El periodo de duración de las cuatro becas para la realización de prácticas profesionales en materia de consumo será de 12 meses, comenzando el día 1 de septiembre de 2018 y finalizando el 31 de agosto de 2019. El periodo inicial de las becas podrá prorrogarse, sin necesidad de nueva convocatoria, por un período máximo de doce meses adicionales, siempre que exista disponibilidad presupuestaria adecuada y suficiente y el desarrollo de la actividad que se esté efectuando así lo requiera o aconseje.



Sexto

Las prácticas profesionales correspondientes a las ciudades de Alicante y Castellón de la Plana se ejercerán en los servicios territoriales de Comercio y Consumo y las correspondientes a la ciudad de València, una en las distintas unidades administrativas de la Dirección General de Comercio y Consumo y la otra en los servicios territoriales, unidades que asumirán la dirección técnica, la supervisión y la tutoría de las personas beneficiarias, junto a la Subdirección General de Comercio y Consumo, conforme a lo establecido en el artículo 14 de la Orden 22/2017.



Séptimo

La publicidad de la presente resolución producirá los efectos de notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y se insertará la información correspondiente en la sede electrónica o portal institucional de la Generalitat.



Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, potestativamente, un recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el acto, en el plazo de un mes contado desde el siguiente a la publicación, o bien un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de València o ante el juzgado contencioso-administrativo en la circunscripción del que tenga el demandante su domicilio, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.



València, 3 de agosto de 2018.– El director general de Comercio y Consumo: Natxo Costa Pina.

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