Ficha docv

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Extracto de la Resolución de la Conselleria de Transparencia, Responsabilidad Social, Participación y Cooperación, por la que se convocan, para el año 2018, subvenciones a organizaciones no gubernamentales para el desarrollo (ONGD), para la financiación de proyectos de educación para la ciudadanía global dirigidas a la divulgación, promoción y defensa de los derechos humanos en el ámbito de la Comunitat Valenciana. [2018/6384]

(DOGV núm. 8328 de 29.06.2018) Ref. Base Datos 006449/2018








BDNS (identif.): 405695.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index



Primero. Entidades beneficiarias

ONGD, con capacidad financiera y de gestión para realizar el proyecto subvencionable, con sede, domicilio social o delegación permanente en la Comunitat Valenciana, inscrita en el Registro de Agentes de la Cooperación Internacional al Desarrollo de la CV con fecha anterior al 1 de enero de 2017, con experiencia, individualmente o en agrupación con otras ONGD, de 4 proyectos ejecutados de educación para la ciudadanía global.



Segundo. Objeto

1. Las actuaciones a subvencionar en la presente convocatoria consistirán en proyectos que tengan como finalidad contribuir a sensibilizar, visibilizar y denunciar, ante la ciudadanía valenciana, la situación de amenaza que sufren las organizaciones que trabajan en defensa de los derechos humanos y las personas que las integran, así como sus reivindicaciones en la materia, mediante la realización de actividades en municipios de la Comunitat Valenciana, promocionando la paz y los derechos humanos a través de la presentación de experiencias y relatos en primera persona de defensores y defensoras de derechos humanos.

2. De acuerdo con la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH), a efectos de la presente convocatoria se entiende por defensores y defensoras de derechos humanos aquellas personas vinculadas a organizaciones o movimientos sociales que trabajan en la defensa de los derechos políticos, civiles, económicos, sociales, culturales y ambientales, contribuyendo a la eliminación efectiva de todas las violaciones de derechos humanos y al fomento del disfrute efectivo de los mismos, ya sean de carácter individual o colectivo.

3. Las actuaciones presentadas a esta convocatoria de subvención deberán:

a) Adaptarse a los ejes, estrategias y objetivos prioritarios establecidos en el Plan director vigente de la Cooperación Valenciana.

b) Adaptarse a la consecución de alguno/s de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), identificando claramente las metas de los ODS que persigue.

c) Los proyectos y programas deberán obtener la puntuación mínima de 60 puntos sobre 100, de los criterios objetivos de valoración recogidos en el artículo 17 de la Orden 3/2017.

d) Los proyectos deberán contemplar la participación directa en la Comunitat Valenciana de defensores o defensoras de derechos humanos en su país de origen.

2. Máximo 1 proyecto individual o en agrupación con otra u otras ONGD.



Tercero. Bases reguladoras

Orden 3/2017, de 31 de mayo, de la Conselleria de Transparencia, Responsabilidad Social, Participación y Cooperación, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de cooperación al desarrollo (DOGV Núm. 8054, de 02.06.2017), en adelante, Orden 3/2017.





Cuarto. Cuantía

1. Las subvenciones concedidas, están dotadas con 125.000 euros.

2. El importe máximo de la subvención por proyecto, será de 25.000 euros y el período máximo de ejecución de las actuaciones será de 6 meses.



Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

Las solicitudes se presentarán en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este extracto en el DOGV.



Sexto. Otros datos

1. Solicitudes: Se tramitarán exclusivamente de forma telemática en la Sede Electrónica de la Generalitat Valenciana. La presentación de la solicitud de forma diferente a la telemática prevista en este apartado determinará la exclusión de la convocatoria.

2. Documentación: la preceptiva del Resuelvo Octavo de la convocatoria, y a efectos de valoración de proyectos también la del Resuelvo Noveno.

3. Criterios de valoración: En la evaluación técnica se podrá obtener un máximo de 100 puntos, distribuidos de acuerdo con los criterios de valoración, desarrollados en el Anexo I.



València, 26 de junio de 2018.– El conseller de Transparencia, Responsabilidad Social, Participación y Cooperación: Manuel Alcaraz Ramos.

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