Ficha docv

Ficha docv









RESOLUCIÓN de 9 de mayo de 2018, de la Universitat de València, por la que se hace la oferta pública de una plaza de investigador o investigadora en formación de este organismo con contrato laboral temporal. Proyecto: «Programa Santiago Grisolía de la Conselleria d'Educació, Investigació, Cultura i Esport (GRISOLIAP/2018/098). CPI-18-115». [2018/4819]

(DOGV núm. 8298 de 18.05.2018) Ref. Base Datos 004953/2018


  • Análisis documental

    Texto
    texto texto
    Origen disposición: Universitat de València
    Grupo Temático: Empleo público
    Descriptores:
      Temáticos: ofertas de empleo público y oposiciones, A/A1



El Rectorat de la Universitat de València, haciendo uso de las atribuciones que le atribuye el artículo 20, en relación con el artículo 2.2 de la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, resuelve:



Hacer oferta pública de una plaza de investigador o investigadora en formación de acuerdo con las siguientes bases.



Primera. Requisitos generales de los aspirantes

1.1. Tener nacionalidad española o, tener la nacionalidad de un país miembro o ser de cualquiera de los estados en los que, en virtud de tratados internacionales establecidos por la Unión Europea y ratificados por España, sea aplicable la libre circulación de trabajadores, en los términos en que dicha legislación está definida en el Tratado constitutivo de la Unión Europea, en este caso deberán presentar el resguardo de haber solicitado la tarjeta de residencia comunitaria.

Asimismo, se podrán presentar aspirantes con nacionalidad diferente a la mencionada anteriormente y únicamente será necesario cumplir los requisitos establecidos en la normativa vigente. Quien obtenga la adjudicación del puesto de trabajo ofertado deberá acreditar al menos el permiso de trabajo y de residencia, en el momento de la contratación.

1.2. Poseer la titulación académica que figura en el anexo I, en los términos previstos en esta convocatoria según la Orden de 86/2016, de 21 de diciembre, de 2016, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte y su Resolución de 2 de noviembre de 2017 (DOGV 07.11.2017). En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación o la declaración de equivalencia a titulación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero que no se encuentren homologadas, declarada su equivalencia o reconocidas en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes se podrá sustituir este requisito, siempre y cuando la titulación se presuma por el órgano convocante equivalente a la exigida en la convocatoria, por el de acreditar haber iniciado la tramitación para la homologación, declaración de equivalencia o reconocimiento, rescindiéndose el contrato si la autoridad competente resuelve su denegación, entendiendo que existe denegación cuando la misma se condiciona al cumplimiento de determinados requisitos, en tanto no se cumplan.

1.3. No haber disfrutado de una beca o contrato Santiago Grisolía.

1.4. Poseer un conocimiento, en el ámbito de la conversación, del español o del inglés adecuado para el desarrollo del trabajo de investigación.

1.5. Cuando en el anexo I se exija como requisito un nivel de idioma, los cursos reconocidos son los contemplados en la Tabla de Equivalencias de acreditación de L2 de la UV, aprobada por Acuerdo del Consejo de Gobierno (ACGUV) 45/2013, actualizado por el ACGUV 169/2013, actualizada por la Comissió de Llengües L2 de 2 de desembre de 2015.

1.6. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el ejercicio de las correspondientes funciones.

1.7. No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, o no haber sido separado mediante expediente disciplinario de cualquier administración o trabajo público. En el caso de aspirantes de nacionalidad no española, deberán acreditar, igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impide en su caso, el acceso a la función pública o, en defecto, copia de la solicitud de emisión, sin perjuicio de declaración jurada por parte de los interesados.

Todos estos requisitos deberán reunirse en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante el proceso selectivo.



Segunda. Solicitudes

2.1. Las personas interesadas que reúnan los requisitos generales y los señalados en el anexo I, deberán presentar la solicitud, junto con el currículo y los documentos que acrediten los méritos alegados, dirigida a Juan Ferré Manzanero director del ERI: Biotecnologia i Biomedicina (BIOTECMED), Departament de Genètica, Facultat de Ciències Biològiques de la Universitat de València, calle Doctor Moliner, número 50, 46100 Burjassot (Valencia), en el Registre de la Gerència de la Universitat de València (av. Blasco Ibáñez, 13, bajo, 46010 València), a través de cualquier otro registro auxiliar de los centros universitarios o por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (que se mantiene en vigor en aplicación del penúltimo párrafo de la disposición derogatoria única de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas).

Las instancias presentadas en las oficinas de Correos se deben presentar en sobre abierto, para que el/la empleado/a la selle, y debe aparecer con claridad el nombre de la oficina y la fecha. De no hacerlo así, se considerará presentada en la fecha de entrada en el registro general de esta universidad.

2.2. Como instancia, se utilizará el modelo que facilita el Servei de Recursos Humans del Personal d'Administració i Serveis (RRHH-PAS) de la Universitat de València (av. Blasco Ibáñez, 13, 46010 València). También habrá una copia en la página web http://www.uv.es/pasinvest.



2.3. El plazo de presentación de las instancias será de 10 días naturales a partir del siguiente a la publicación de esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV).



Tercera. Documentación que se debe presentar

Junto con la solicitud, las personas interesadas deberán presentar la siguiente documentación:

3.1. Una fotocopia del documento nacional de identidad. Las personas que no tengan la nacionalidad española pero sí el derecho a participar en estas pruebas, han de presentar fotocopia del NIE o del documento que acredite su nacionalidad.

3.2. Fotocopia del certificado académico oficial donde figurarán la titulación que se posea y las calificaciones obtenidas y sus fechas, con una traducción al español.

3.3. Fotocopia del título o del depósito para la expedición del mismo.

3.4. Curriculum vitae, que acredite los méritos con documentos fotocopiados. No es necesaria la compulsa de los documentos que se presenten fotocopiados; siendo suficiente la declaración jurada del interesado sobre la autenticidad de los mismos, así como los datos que figuran en la instancia, sin perjuicio de que en cualquier momento la comisión o la universidad pueda requerir a los aspirantes para que acrediten la veracidad de las circunstancias y documentos aportados, que hayan sido objeto de valoración.

3.5. Documentación acreditativa del conocimiento del español o del inglés.

3.6. Tres meses después que haya finalizado el proceso de selección y se publique la propuesta de contratación en la página web http://www.uv.es/pasinvest, los interesados podrán solicitar la devolución de los currículos al ERI: Biotecnologia i Biomedicina (BIOTECMED), Departament de Genètica, Facultat de Ciències Biològiques de la Universitat de València. Transcurridos seis meses, los currículos que queden en este servicio serán destruidos.



Cuarta. Sistema selectivo

4.1. El sistema selectivo consistirá en la valoración del currículo de los aspirantes por la comisión evaluadora que figura en el anexo IV, los cuales serán valorados por esta, de acuerdo con el baremo que figura en el anexo III. Los méritos alegados en el currículo que no se hayan justificado documentalmente en el plazo de presentación de instancias, no serán tenidos en cuenta en la resolución del concurso.

4.2. Finalizado el proceso selectivo, se publicará la baremación de los aspirantes, la propuesta de contratación y la resolución en el tablón de anuncios del Servei de Recursos Humans i Personal d'Administració i Serveis (RRHH-PAS) y en la página web http://www.uv.es/pasinvest.

4.3. De esta convocatoria se podría establecer que los participantes de la misma constituyan una bolsa de trabajo.

4.4. La comisión evaluadora podrá declarar desierto el procedimiento de selección en caso de que valorados los méritos, el perfil de los candidatos mejor puntuados no se ajusta en su totalidad al perfil de la plaza y a las necesidades del proyecto.



Quinta. Comisión evaluadora

5.1. La comisión evaluadora es la que figura en el anexo IV de esta convocatoria.

5.2. Los miembros de esta comisión deberán abstenerse de intervenir cuando se encuentren en alguna circunstancia de las fijadas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público

La presidencia podrá solicitar a los miembros de la comisión una declaración expresa de no encontrarse en las circunstancias establecidas en los artículos mencionados.

5.3. La comisión resolverá todas las dudas que puedan surgir en la aplicación de estas normas, y todo aquello que se deba hacer en los casos no previstos.

5.4. El procedimiento de actuación de la comisión se ajustará en cada momento a lo que dispone la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

5.5. Para las comunicaciones y cualquier problema que pueda surgir, la comisión evaluadora tendrá la sede en el ERI: Biotecnologia i Biomedicina (BIOTECMED), Departament de Genètica, Facultat de Ciències Biològiques de la Universitat de València.



Sexta. Información sobre los datos recogidos

6.1. Los datos suministrados por el interesado podrán quedar incorporados en un fichero automatizado que constituyen la base de datos correspondiente a este tipo de personal de esta universidad, de conformidad con la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal (LOPD) y Real decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el cual se aprueba el Reglamento de desarrollo de la LOPD.

6.2. El fichero quedará bajo la responsabilidad de la Secretaria General de la UVEG (av. Blasco Ibáñez, 13, 46010 València).

6.3. La información obtenida será procesada exclusivamente para la gestión de la base de datos de contrataciones de este personal.

6.4. Los datos de carácter personal se tratarán con el grado de protección que establece el Real decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, y se adoptarán las medidas de seguridad necesarias para garantizar la confidencialidad y la integridad de la información.

6.5. Las personas interesadas podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación cancelación y oposición, en cumplimiento de lo que establece la LOPD, ante el Servei de Recursos Humans (PAS) de la Universitat de València (av. Blasco Ibáñez, 13, 46010 València).



Séptima. Recursos

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer potestativamente un recurso de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación o publicación, ante el mismo órgano que dictó la resolución, o un recurso contencioso-administrativo ante los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su notificación.

Contra los actos de la comisión evaluadora, se podrá interponer el recurso de alzada previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas

Asimismo, la administración, si procede, podrá revisar las resoluciones del tribunal, de acuerdo con la mencionada norma.



València, 9 de mayo de 2018.– La rectora, p. d. (DOGV 17.04.2018), el gerente: Joan Oltra i Vidal.



ANEXO I



Condiciones generales del puesto de trabajo ofertado

1. Proyecto: «Programa Santiago Grisolía de la Conselleria d'Educació, Investigació, Cultura i Esport, (GRISOLIAP-2018/098). CPI-18-115», según la Orden 86/2016, de 21 de diciembre y su Resolución de 2 de noviembre de 2017 (DOGV 07.11.2017).

2. Denominación y clasificación del puesto de trabajo:

Investigador/a en formación.

Grupo: A.

Subgrupo: A1.

3. Dotación de la ayuda: la dotación de la ayuda se destinará a financiar, entre otros conceptos, la retribución. La retribución bruta mensual, a tiempo completo, para el 2018 será de 1.414 euros (12 pagas).

4. Jornada de trabajo: 35,5 horas semanales.

5. Objeto y periodo:

Investigación en terapias candidatas para distrofia miotónica.

La duración del contrato estará determinada por la duración máxima de las ayudas que financian el contrato según la Orden 86/2016, de 21 de diciembre, de 2016, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se regula el Programa Santiago Grisolía y por la disponibilidad presupuestaria.

6. Requisitos (además de los incluidos en la base Primera de esta convocatoria):

6.1. Titulación: Poseer una titulación universitaria por una institución no española en el ámbito científico que corresponda al proyecto de investigación al que desee adscribirse y haber finalizado sus estudios después del 1 de enero de 2014.

Licenciatura/grado/ingeniería en Biología, o Biotecnología, o Biomedicina, o Farmacia, o equivalente, por una Universidad no española.

No estar en posesión del título de doctor/a. Reunir los requisitos académicos necesarios para su admisión en un programa de doctorado en el momento de su selección, y estar admitido en un programa de doctorado en el momento de su contratación.

7. Méritos preferentes:

Conocimientos de inglés.

Conocimientos en el campo de la investigación y/o las técnicas y modelos a emplear.

Máster relacionado con la biomedicina.

Acreditación para experimentación con ratones.





ANEXO II



La instancia debe contener al menos los siguientes datos:

1. Datos personales: apellidos y nombre, fecha de nacimiento, NIF/NIE/pasaporte, teléfono de contacto y domicilio.

2. Denominación del puesto de trabajo: investigador o investigadora en formación.

3. Denominación del proyecto: «Programa Santiago Grisolía de la Conselleria d'Educació, Investigació, Cultura i Esport (GRISOLIAP-2018-098). CPI-18-115».

4. Firma y fecha de solicitud.

5. Declaración similar a la siguiente: «La persona firmante declara que son ciertos los datos que figuren en este currículo y asume, en caso contrario, las responsabilidades que pudieran derivarse de las inexactitudes que consten».

6. Debe expresar si desea o no recuperar el curriculum vitae.

7. Debe dirigirse al ERI: Biotecnologia i Biomedicina (BIOTECMED), Departament de Genètica, Facultat de Ciències Biològiques de la Universitat de València.





ANEXO III

Baremo



1. Nota media del expediente académico de los estudios de licenciatura, arquitectura, ingeniería, grado, diplomatura, arquitectura técnica o ingeniería técnica, en base 10, calculada, de acuerdo con Real decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones con carácter oficial, sobre la totalidad de los créditos evaluados del primer y del segundo ciclo.

2. Beca de colaboración del Ministerio de Educación: 0,05 puntos.

3. Premio extraordinario de diplomatura, licenciatura, grado o máster: por la obtención de cualquiera de estos premios se asignará un único valor de 0,25 puntos.

4. Publicaciones científicas relacionadas con el objeto del contrato (hasta un máximo de 1,70 puntos):

a) Por cada publicación en una revista que aparezca en el Citation Index, o, en el caso de las Ciencias Sociales y Humanidades, en una revista considerada como equivalente por la comisión de investigación: 0,5 puntos.

b) Por cada publicación en revistas científicas no relacionadas en los listados mencionados en el punto anterior: 0,25 puntos.

c) Por cada participación en congresos u otras reuniones científicas, con carácter nacional o internacional, mediante comunicación, ponencia o póster: 0,05 puntos.

5. Méritos preferentes relacionados con el objeto del contrato (hasta un máximo de 3 puntos): el tribunal podrá acordar la realización de una entrevista con el objeto de concretar mejor la valoración de los méritos preferentes.





ANEXO IV



Comisión evaluadora titular

Presidente: Juan Ferré Manzanero, profesor del Departament de Genètica.

Vocal 1: Manuel Pérez Alonso, profesor del Departament de Genètica.

Vocal 2: Salvador Herrero Sendra, profesor del Departament de Genètica.

Vocal 3: Maria Isabel Fariña Gómez, profesora del Departament de Biologia Cel·lular, Biologia Funcional i Antropologia Física.

Secretaria: Carolina Rausell Segarra, profesora del Departament de Genètica.





Comisión evaluadora suplente

Presidenta: María José Martínez Sebastián, profesora del Departament de Genètica.

Vocal 1: Rubén Dario Artero Allepuz, profesor del Departament de Genètica.

Vocal 2: Ester Pérez Lorences, profesora del Departament de Biologia Vegetal.

Vocal 3: Ismael Mingarro Muñoz, profesor del Departament de Bioquímica i Biologia Molecular.

Secretario: Jesús Selfa Arlandis, profesor del Departament de Zoologia.

Mapa web