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RESOLUCIÓN de 27 de marzo de 2018, del subsecretario, por la que se dispone la publicación de la trigésimo tercera relación de entidades locales adheridas al Convenio marco, de 22 de mayo de 2015, entre la Administración General del Estado y la Generalitat, para la implantación de una red de oficinas integradas de atención al ciudadano en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana. [2018/3289]

(DOGV núm. 8280 de 24.04.2018) Ref. Base Datos 004040/2018




El Convenio marco de 22 de mayo de 2015, entre la Administración General del Estado y la Generalitat de la Comunitat Valenciana, para la implantación de una red de oficinas integradas de atención al ciudadano en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, establece en su cláusula undécima que «Las obligaciones asumidas entre las administraciones intervinientes y las entidades locales que se adhieran al convenio marco se entenderán vigentes desde la publicación de cada adhesión en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana hasta la extinción del convenio marco, por el transcurso de los plazos o por la concurrencia de las circunstancias previstas en la cláusula anterior».

Concluida la tramitación prevista en la cláusula decimotercera del referido convenio marco, se ha culminado la adhesión de los ayuntamientos de Bonrepòs i Mirambell y Chilches, por lo que procede la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana para que se produzca la efectiva entrada en vigor de la adhesión al convenio. Por todo ello, y de conformidad con la asunción de competencias por la Subsecretaria de la Conselleria de Transparencia, Responsabilidad Social, Participación y Cooperación, en virtud del Decreto 160/2015, de 18 de septiembre, del Consell, resuelvo:



Primero

Publicar la adhesión al Convenio marco suscrito el 22 de mayo de 2015, entre la Administración General del Estado y la Generalitat de la Comunitat Valenciana, para la implantación de una red de oficinas integradas de atención al ciudadano en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, de las siguientes entidades locales:

Ayuntamiento de Bonrepòs i Mirambell (València)

Ayuntamiento de Chilches (Castellón)



Segundo

En consecuencia, a partir de la fecha de publicación de la presente resolución, las citadas entidades locales podrán recibir y registrar escritos y comunicaciones dirigidos a los órganos y entidades de derecho público de la Administración General del Estado, a los de la Administración de la Generalitat de la Comunitat Valenciana, a los de cualquier administración de las diputaciones provinciales, a los ayuntamientos de los municipios a los que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, y a las entidades locales, adheridas al presente convenio marco del ámbito territorial de la Comunitat Valenciana. Estas facilidades se producirán en los términos previstos por las cláusulas del mencionado convenio marco, suscrito el 22 de mayo de 2015 y publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana número 7.552, de 19 de junio de 2015, y BOE número 154, de 29 de junio de 2015, así como en las instrucciones que emanen de la Comisión de Seguimiento y Evaluación del convenio.



València, 27 de marzo de 2018.– El subsecretario: Alfonso Puncel Chornet.

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