Ficha docv

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RESOLUCIÓN de 19 de diciembre de 2018, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se modifica la autorización al centro privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria Larrodé de Catarroja. [2018/12239]

(DOGV núm. 8462 de 11.01.2019) Ref. Base Datos 000287/2019


  • Análisis documental

    Texto
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    Origen disposición: Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte
    Grupo Temático: Autorizaciones administrativas
    Descriptores:
      Temáticos: centro de enseñanza



El expediente 2018/032 ha sido iniciado a instancia de Colegio Larrodé, Cooperativa Valenciana, titular del centro privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria Larrodé de Catarroja, número de código 46031787, que solicita la modificación de la autorización por ampliación de una unidad de Educación Primaria y una unidad de Educación Secundaria Obligatoria.

La Dirección General de Centros y Personal Docente emitió informe favorable, de 10 de julio de 2018, sobre la adecuación de las instalaciones propuestas, en cuanto a espacios educativos, a lo dispuesto en la normativa aplicable.

Vista la propuesta favorable de la Dirección Territorial competente en materia educativa, que incluye los informes de la Unidad Técnica de Construcciones, respecto a las instalaciones, de conformidad con la normativa aplicable.

Visto el compromiso de la titularidad del centro de presentar la relación del profesorado y las titulaciones respectivas antes del inicio del curso escolar, de conformidad con la legislación aplicable.

Vista la Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación; la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada por la Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa; el Real decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la Educación Infantil, la Educación Primaria y la Educación Secundaria; y el Real decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, modificado por el Real decreto 131/2010, de 12 de febrero.

Vista la propuesta del director general de Centros y Personal Docente, y de conformidad con la misma, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 28 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, y el artículo 4 del Decreto 186/2017, de 24 de noviembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, y en virtud de la delegación establecida en la Resolución de 26 de octubre de 2016, resuelvo:



Primero

Modificar la autorización del centro que a continuación se indica en los términos que se especifican:

Código: 46031787.

Denominación genérica del centro: centro privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria.

Denominación específica del centro: Larrodé.

Titularidad: Colegio Larrodé, Cooperativa Valenciana.

Domicilio: av. Rambleta, 62.

Localidad: Catarroja.

Provincia: València.

Modificación que se autoriza:

Ampliación de una unidad de Educación Primaria y una unidad de Educación Secundaria Obligatoria, de manera que el centro queda configurado, en su totalidad, con la siguiente composición:

9 unidades de Educación Infantil, segundo ciclo, con 225 puestos escolares.

19 unidades de Educación Primaria, con 475 puestos escolares.

8 unidades de Educación Secundaria Obligatoria, con 240 puestos escolares.

1 unidad de Educación Especial (apoyo a la Integración en Infantil y Primaria), con 15 puestos escolares.



Segundo

La presente autorización dará lugar a las correspondientes inscripciones en el Registro de Centros Docentes de la Comunitat Valenciana.

Tercero

La presente resolución tendrá efectos desde la fecha en que se dicta, no obstante, sus efectos académicos se entienden referidos al curso escolar 2019-2020.



De conformidad con lo que establecen los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y los artículos 10, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer un recurso potestativo de reposición o plantear directamente un recurso contencioso administrativo en los plazos y ante los órganos que se indican a continuación:

a) El recurso de reposición deberá interponerse ante el órgano que ha dictado el acto, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación.

b) El recurso contencioso-administrativo deberá plantearse ante el Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación.

Para los interesados que no sean objeto de notificación, los plazos comenzarán a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.



València, 19 de diciembre de 2018.– El conseller de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, p. d. (R 26.10.2016), el secretario autonómico de Educación e Investigación: Miguel Soler Gracia.

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