Ficha docv

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CORRECCIÓN de errores de la Orden 17/2018, de 23 de octubre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se modifica la Orden 27/2016, de 25 de noviembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas por el Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), en materia de I+D e innovación empresarial. [2018/11611]

(DOGV núm. 8443 de 13.12.2018) Ref. Base Datos 011226/2018




Advertidos errores en la Orden 17/2018, de 23 de octubre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se modifica Orden 27/2016, de 25 de noviembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas por el Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), en materia de I+D e innovación empresarial, publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, núm. 8410, de 25 de octubre de 2018, se procede a su corrección en los siguientes términos:



En el número trece del anexo, donde dice:

«Trece. Se suprime el apartado 2 y se modifican los apartados 5 y 6 del artículo 26, Requisitos de los proyectos objeto de ayuda y tipología de actuaciones, de la Orden 27/2016, de 25 de noviembre, que quedan redactados de la siguiente manera: […]

6. Los proyectos deberán desarrollar conocimiento con el fin de incrementar la competitividad, la diferenciación de los productos o servicios en los mercados y la generación de empleo de calidad»;

Debe decir:

«Trece. Se suprime el apartado 2, se modifica el apartado 5 y se añade el apartado 7 del artículo 26, Requisitos de los proyectos objeto de ayuda y tipología de actuaciones, de la Orden 27/2016, de 25 de noviembre, que quedan redactados de la siguiente manera: […]

7. Los proyectos deberán desarrollar conocimiento con el fin de incrementar la competitividad, la diferenciación de los productos o servicios en los mercados y la generación de empleo de calidad».



En el número veintinueve del anexo, donde dice:

«Veintinueve. Se modifican los apartados 2 y 5 del artículo 49, Requisitos de los beneficiarios, de la Orden 27/2016, de 25 de noviembre, quedando redactados de la siguiente manera: […]

5. No podrán obtener la condición de empresas beneficiarias: […]»;

Debe decir:

«Veintinueve. Se modifican los apartados 2 y 6 del artículo 49, Requisitos de los beneficiarios, de la Orden 27/2016, de 25 de noviembre, quedando redactados de la siguiente manera: […]

6. No podrán obtener la condición de empresas beneficiarias: […]».



València, 29 de noviembre de 2018.– El conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo: Rafael Climent González.

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