Ficha docv

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RESOLUCIÓN de 30 de noviembre de 2018, del presidente de Turisme Comunitat Valenciana, de aceptación de renuncias y de designación como becaria de la siguiente integrante de la correspondiente bolsa de reserva de beca de clase F, para la realización de prácticas profesionales en materia de turismo, en dependencias de Turisme Comunitat Valenciana (concretamente, en el Invat.tur), durante el ejercicio 2018. [2018/11568]

(DOGV núm. 8444 de 14.12.2018) Ref. Base Datos 011306/2018




Antecedentes de hecho

Primero. El día 9 de julio de 2018 fue publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (en adelante, DOGV), la Resolución de 25 de junio de 2018, del presidente de la Agència Valenciana del Turisme (entidad en la actualidad denominada Turisme Comunitat Valenciana), por la que se convocaron becas de clase F, para la realización de prácticas profesionales en dependencias de la referida entidad (concretamente, en el Invat·tur), durante el ejercicio 2018.

Segundo. Seguidas las fases del procedimiento y finalizado el mismo, se publicó el día 5 de octubre de 2018 en el DOGV la resolución del día 3 del mismo mes y año, del presidente de Turisme Comunitat Valenciana, de concesión de becas de clase F, para la realización de prácticas profesionales en dependencias de la referida entidad (concretamente, en el Invat.tur), durante el ejercicio 2018.

Tercero. En la beca de clase F, sobre «Tecnologías de la información y comunicación», modalidad «Comunicación on line» la becaria inicialmente designada, Coral María Ferrero Ibáñez, ha presentado escrito en fecha 19.11.2018 mediante el que comunica su renuncia a dicha beca con efectos del día 23.11.2018. A su vez, la siguiente por orden de puntuación (primera de la bolsa de reserva en la referida modalidad), Beatriz Hernández Casanueva, ha presentado escrito en fecha 20.11.2018, manifestando su renuncia a la citada modalidad de beca, por estar desempeñando otra beca (concretamente de la misma convocatoria, pero sobre «Inteligencia y vigilancia competitiva»). Tras las dos renuncias presentadas, la siguiente por orden de puntuación (segunda en la bolsa de reserva sobre «Tecnologías de la Información y Comunicación», en su modalidad de «Comunicación on line») es Nuria Orgilés Gallego.



Fundamentos jurídicos

Primero. La competencia para resolver este procedimiento corresponde al presidente de Turisme Comunitat Valenciana, de acuerdo con lo contemplado en el artículo 10.4 del Decreto 20/2017, de 24 de noviembre, del president de la Generalitat, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas profesionales en materia de turismo.

Segundo. En la tramitación de este procedimiento se ha respetado lo dispuesto en el citado Decreto 20/2017, de 24 de noviembre y lo establecido en la Resolución de 25 de junio de 2018, del presidente de Turisme Comunitat Valenciana por la que se convocaron las becas para la realización de prácticas en dependencias de la misma Agència (en la actualidad, Turisme Comunitat Valenciana), concretamente en el Invat.tur.

Tercero. De conformidad con lo establecido en el artículo 94.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la Administración aceptará de plano la renuncia, como así se efectúa mediante la presente resolución con las renuncias arriba señaladas.

Vistos los antecedentes de hechos señalados y los fundamentos jurídicos citados y demás de general y pertinente aplicación, resuelvo:



Primero

Aceptar la renuncia de Coral María Ferrero Ibáñez en la referida beca de clase F, sobre «Tecnologías de la información y comunicación» en su modalidad de «Comunicación on line», con efectos de 23.11.2018.





Segundo

Aceptar la renuncia de Beatriz Hernández Casanueva. primera de la bolsa de reserva en la referida beca de clase F, sobre «Tecnologías de la información y comunicación» en su modalidad de «Comunicación on line», por estar desempeñando otra beca (concretamente de la misma convocatoria, pero sobre «Inteligencia y vigilancia competitiva»).



Tercero

Designar a Nuria Orgilés Gallego (segunda en la correspondiente bolsa de reserva y tras las renuncias habidas de las anteriores por orden de puntuación), para la referida beca de clase F, sobre «Tecnologías de la información y comunicación» en su modalidad de «Comunicación on line».



Contra esta resolución que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el mismo órgano que dicta este acto, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien recurso contencioso administrativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de València, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.



València, 30 de noviembre de 2018.– El presidente de Turisme Comunitat Valenciana: Francesc Colomer Sánchez.

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