Ficha docv

Ficha docv









RESOLUCIÓN de 5 de diciembre de 2018, de la Universidad de Alicante, por la que se dispone la publicación de la ampliación de la oferta de empleo público para el año 2018, del personal docente e investigador. [2018/11525]

(DOGV núm. 8444 de 14.12.2018) Ref. Base Datos 011285/2018




Por Resolución de 14 de mayo de 2018, de la Universidad de Alicante (DOGV 18.05.2018), se dispuso la publicación del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 22 de marzo de 2018, por el que se aprobó la oferta de empleo público de personal docente e investigador para el año 2018, en virtud de lo establecido en la Ley 3/2017, de 27 de junio, de presupuestos generales del Estado para el año 2017.

La Ley 6/2018, de 3 de julio, de presupuestos generales del Estado para el año 2018, en el segundo párrafo del artículo 19.Uno.4, establece que se podrán ofertar un número de plazas equivalente al 5 por ciento del total de la tasa de reposición, siempre que por parte de las administraciones públicas de las que dependan se autoricen las correspondientes convocatorias, previa acreditación de que la oferta de empleo público de las citadas plazas no afecta al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria establecidos para la correspondiente universidad, ni los demás límites fijados en la Ley orgánica 2/2012, de 27 de abril, de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera. Las plazas resultantes de esta tasa de reposición de efectivos deben incluirse en una oferta de empleo público de acceso libre.

En virtud de la modificación del artículo 62 de la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, contenida en el Real decreto ley 10/2015, de 11 de septiembre, las universidades pueden convocar plazas de promoción interna, que estén dotadas en el estado de gastos de su presupuesto, para el acceso al cuerpo de catedráticos de universidad. Teniendo en cuenta que estas plazas, que no podrán superar el número máximo de plazas que sean objeto de oferta de empleo público de turno libre, en ese mismo año, para el acceso a los cuerpos docentes, se convocarán para funcionarios de carrera del cuerpo de profesores titulares de universidad o de la escala de investigadores científicos de los organismos públicos de investigación, que hayan prestado, como mínimo, dos años de servicios efectivos bajo dicha condición.

Considerando lo dispuesto en el artículo 70 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, referido a la oferta de empleo público, según el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de Alicante, de 27 de noviembre de 2018, por el que se aprueba la ampliación de la oferta de empleo público para el año 2018 de plazas de personal docente e investigador de la Universidad de Alicante, debido al incremento autorizado de la tasa de reposición inicial y una vez obtenida la autorización de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte.

En uso de las potestades y funciones conferidas por los Estatutos de la Universidad de Alicante, aprobados por el Decreto 25/2012, de 3 de febrero, del Consell de la Generalitat Valenciana, y de las competencias que dimanan de los artículos 20 y siguientes de la Ley orgánica 6/2001, de universidades, modificada por la Ley orgánica 4/2007, de 12 de abril, este Rectorado resuelve:



Primero

Publicar en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana la ampliación de la oferta de empleo público para el año 2018, referida al personal docente e investigador, aprobada por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de noviembre de 2018 según la siguiente distribución:



Turno libre: 5 plazas para el acceso al cuerpo de profesores o profesoras titulares de universidad.

Promoción interna: 5 plazas para el acceso al cuerpo de catedráticos o catedráticas de universidad.



Segundo

Siguiendo lo dispuesto en el artículo 70.1 del Estatuto Básico del Empleado Público, el plazo máximo para la convocatoria de los procesos selectivos previstos en esta oferta es de tres años, a contar a partir de la publicación de esta resolución.



Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer potestativamente un recurso de reposición en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a su publicación, ante el mismo órgano que dictó la resolución, o un recurso contencioso-administrativo ante los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su publicación.



Alicante, 5 de diciembre de 2018.– El rector: Manuel Palomar Sanz.

Mapa web