Ficha docv

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Extracto de la Resolución de 22 de noviembre de 2018, del presidente del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), por la que se convocan subvenciones para proyectos de creación de empresas de base tecnológica (CREATEC-CV) con cargo al presupuesto del ejercicio 2018. [2018/11287]

(DOGV núm. 8437 de 04.12.2018) Ref. Base Datos 010971/2018




BDNS (identif.): 426836.



De conformidad con lo previsto en el artículo 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index

y en la página web del IVACE:

http://www.ivace.es



Primero. Beneficiarios

Pequeñas empresas innovadoras y de base tecnológica, que no incurran en ninguna de las prohibiciones que se establecen en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y que cumplan con el resto de requisitos establecidos en los artículos 4 y 49 de las bases reguladoras.



Segundo. Finalidad

Concesión de ayudas para el desarrollo de proyectos de I+D+i de la empresa solicitante así como para las inversiones inmateriales o en bienes de equipo relacionados con proyectos de esa naturaleza.



Tercero. Bases reguladoras

Orden 27/2016, de 25 de noviembre, de 2016, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, sobre concesión de ayudas del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), en materia de I+D e innovación empresarial, publicada en DOGV número 7927, de 29 de noviembre de 2016.

Orden 17/2018, de 23 de octubre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo por la que se modifica Orden 27/2016, publicada en DOGV número 8410, de 25 de octubre de 2018.



Cuarto. Dotación presupuestaria

1.513.760 euros con cargo a la línea S6907000 Emprendedurismo Innovador y Diversificación Empresarial del ejercicio 2018.



Quinto. Plazo y forma de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día 8 de enero de 2019 y finalizará el 20 de febrero de 2019 a las 23:59.59 horas.

La tramitación del procedimiento será telemática. La presentación telemática requerirá que la empresa solicitante disponga de firma electrónica, bien con el certificado reconocido de entidad, bien con el certificado reconocido para ciudadanos (persona física), ambos emitidos por la Autoritat de Certificació de la Comunitat Valenciana, DNI electrónico, certificado de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, así como los certificados reconocidos en la lista de confianza de prestadores de servicios de certificación establecidos en España, publicado en la sede electrónica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. La solicitud se presentará en el registro telemático de IVACE a través de su página web

http://www.ivace.es



Sexto. Otros datos

– Origen de los fondos: las ayudas contarán con financiación al 50 % del Programa Operativo FEDER de la Comunitat Valenciana 2014-2020, dentro del Eje Prioritario 3 «Mejorar la competitividad de las pyme», Objetivo Específico 3.1.2 «Creación de nuevas empresas y viveros de empresas, en particular mejorando el acceso a la financiación y a servicios de apoyo avanzados».

– Características de las ayudas: subvención de hasta el 70 % de los costes considerados como subvencionables. La cuantía de subvención no podrá superar el importe de 0,4 millones de euros, de conformidad con lo previsto en el apartado c del artículo 22 del Reglamento (UE) núm. 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio de 2014, para las ayudas destinadas a nuevos proyectos empresariales.

– Compatibilidad: No permitida. Los costes asociados al proyecto no podrán recibir simultáneamente ayudas en el marco de esta convocatoria y de otras procedentes de esta u otra administración o ente público.

– Plazo de ejecución de los proyectos: desde la presentación de la solicitud hasta el 31 de marzo de 2020.

– Instrucción y evaluación de solicitudes: las ayudas se concederán bajo el régimen de concurrencia competitiva con arreglo a lo dispuesto en la resolución de convocatoria y en las bases reguladoras.

– El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de seis meses a contar desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.



València, 22 de noviembre de 2018.– El presidente del IVACE: Rafael Climent González.

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