Ficha docv

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Notificación de la sentencia dictada en el procedimiento ordinario número 518/2017. [2018/11184]

(DOGV núm. 8444 de 14.12.2018) Ref. Base Datos 2018/11184




Procedimiento: procedimiento ordinario [ORD] – 000518/2017.

De: Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, SA.

Procurador: Juan Vicente Romero Peiró.

Contra: Leonardo Desantis Ezquiaga y Claudia Laurete Correa Rosa.

Procurador/a: –

En el presente procedimiento de juicio ordinario, seguido a instancia del procurador Juan Vicente Romero Peiró en nombre y representación de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, SA, frente a Leonardo Desantis Ezquiaga, con NIE [...], y Claudia Laurete Correa Rosa, con NIE [...], se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:



«Sentencia número 13/2018

Magistrada jueza que la dicta: Sandra Gil Vicente.

Lugar: Gandia.

Fecha: 24 de enero de 2018.

Parte demandante: Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, SA.

Abogado/a: –

Procurador: Juan Vicente Romero Peiró.

Parte demandada: Leonardo Desantis Ezquiaga y Claudia Laurete Correa Rosa.

Abogado/a: –

Procurador/a: –

Objeto del juicio: ordinarios.

Fallo

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, SA, contra Leonardo Desantis Ezquiaga y Claudia Laurete Correa Rosa, y declaro el vencimiento anticipado del contrato de préstamo suscrito entre las partes el día 2 de marzo de 2007 y condeno a los demandados a abonar la cantidad de 50.758,38 euros, con los intereses moratorios desde la interpelación judicial y las costas.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Valencia (art. 455 LECn).

El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, con expresión de los pronunciamientos que impugna (art. 458 LECn).

De conformidad con la disposición adicional 15.ª de la Ley orgánica del poder judicial, para que sea admitido a trámite el recurso de apelación deberá constituir un depósito de 50 €, que le será devuelto solo en el caso de que el recurso sea estimado.

El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en el banco Banesto, en la cuenta correspondiente a este expediente (JJJJ 0000 CC EEEE AA) indicando, en el campo Concepto, el código «02 civil-apelación» y la fecha de la resolución recurrida con el formato dd/mm/aaaa.

En el caso de realizar el ingreso mediante transferencia bancaria, tras completar el código de cuenta corriente (ccc, 20 dígitos), se indicará, en el campo Concepto, el número de cuenta el código y la fecha que en la forma expuesta en el párrafo anterior.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.»



Publicación. Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por la jueza que la dictó, estando la misma celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, la letrada de la Administración de justicia doy fe. Gandia, 24 de enero de 2018.

Y encontrándose dichos demandados, Leonardo Desantis Ezquiaga y Claudia Laurete Correa Rosa, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma a los mismos.



Gandia, 26 de noviembre de 2018.– La letrada de la Administración de justicia: Silvia Lacueva Subirats.

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