CORRECCIÓN de errores del Decreto 19/2017, de 26 de octubre, del president de la Generalitat, por el que se aprueban las bases reguladoras para subvencionar proyectos locales de actuación de los municipios de la Comunitat Valenciana susceptibles de cofinanciación por el Programa Operativo FEDER de la Comunitat Valenciana 2014-2020. [2017/9807]
(DOGV núm. 8162 de 03.11.2017) Ref. Base Datos 009451/2017
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Análisis jurídico
Fecha de entrada en vigor: 03.11.2017 Esta disposición afecta a: Corrige a: -
Análisis documental
Origen disposición: Presidencia de la Generalitat Grupo Temático: Legislación Materias: Administracion local
Advertido un error, que se reproduce a lo largo del Decreto 19/2017, del 26 de octubre, del president de la Generalitat, por el que se aprueban las bases reguladoras para subvencionar proyectos locales de actuación de los municipios de la Comunitat Valenciana susceptibles de cofinanciación por el Programa Operativo FEDER de la Comunitat Valenciana 2014-2020, publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana núm. 8161, de 2 de noviembre, se procede a su corrección.
Así, las referencias a «municipio», «el municipio», «municipios» o «los municipios», deben quedar sustituidas, respectivamente, por «entidad local», «la entidad local», «entidades locales» o «las entidades locales», en el título del decreto; en los párrafos tercero, octavo y noveno del preámbulo; en el artículo 1 del decreto; en el título del anexo; en la base primera, apartado 1, primer párrafo; en la base segunda, apartado 1; en la base tercera; en la base cuarta, apartado 5; en la base quinta; en la base octava, apartado 2, 2.1.b); en la base novena, apartados 2 y 3; en la base décima, apartado 1, a), c), e) y o); en la base duodécima, apartado 2, 2.2.e), último párrafo, y f); en la base decimocuarta, apartado 2, 2.º y 3.er párrafos, apartado 3, 1.er y 5.º párrafos, y apartado 4; en la base decimoquinta, apartado 5, y apartado 6, 1.er y 2.º párrafos; en la base decimoséptima, apartado 1, primer párrafo, y apartado 2; en la base decimoctava, apartado 1, e) y j); en la base decimonovena, apartado 2; y en la base vigésimo cuarta, apartado 2.
València, 2 de noviembre de 2017