Ficha docv

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RESOLUCIÓN de 7 de septiembre de 2017, de la consellera de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio y presidenta del Consejo Rector del Institut Cartogràfic Valencià, por la cual se hace pública la convocatoria del X Premi de Cartografía i Territori Pare Tosca. [2017/8465]

(DOGV núm. 8140 de 03.10.2017) Ref. Base Datos 008616/2017




Mediante la Orden número 10/2016, de 22 de septiembre, de 2016, de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, se aprobaron las bases reguladoras para la concesión del Premi de Cartografía i Territori Pare Tosca, publicadas en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana número 7883 de fecha 28 de septiembre de 2016.

Por razón de lo que dispone la orden, resuelvo:



Primero. Objeto

1. Convocar para el ejercicio 2017 el X Premi de Cartografía i Territori Pare Tosca, la finalidad del cual es reconocer y estimular la creación técnica, el ingenio y el esfuerzo en la investigación en materias relacionadas con las competencias del Institut Cartogràfic Valencià.

2. Este premio está regulado por la Orden número 10/2016, de 22 de septiembre, de 2016, de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio.

3. En concreto, la materia del trabajo debe estar relacionada con la geomática: cartografía, fotogrametría aérea y terrestre, teledetección, geodesia y sistemas de información geográfica, en el ámbito valenciano.

4. La convocatoria incluye dos modalidades de premio, una correspondiente a trabajos de fin de grado y otra a trabajos de fin de máster.



Segundo. Destinatarios y requisitos

1. Podrán participar en esta convocatoria las personas matriculadas en cualquier universidad valenciana que hayan aprobado el trabajo de fin de grado o el trabajo de fin de máster en el curso académico 2016-2017.

2. Las personas solicitantes no tienen que encontrarse en ninguno de los supuestos de prohibición para obtener la condición de persona beneficiaria, establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, lo que se acreditará mediante la declaración responsable incluida en el modelo de solicitud, que consta como anexo 1, y que estará accesible en el portal institucional del Institut Cartogràfic Valencià, www.icv.gva.es.

3. Los requisitos que tienen que cumplir las personas solicitantes tendrán que reunirse en la fecha de fin del plazo de presentación de las solicitudes.



Tercero. Dotación económica y financiación

1. La dotación de los premios será la siguiente:

– Modalidad de trabajos de fin de máster: dos mil tres cientos euros (2.300 euros).

– Modalidad de trabajos de fin de grado: mil ciento cincuenta euros (1.150 euros).

2. El importe de los premios estará sujeto a la retención del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que marque la Ley.

3. El importe total de los premios será financiado con cargo al capítulo IV, del presupuesto de gastos del Institut Cartogràfic Valencià para el ejercicio 2017, línea de subvención SE000931. El importe máximo destinado a financiar el premio para el año 2017 es de 3.450 euros.

4. La entrega de los premios podrá realizarse en un acto público organizado por el Institut Cartogràfic Valencià.



Cuarto. Formalización de las solicitudes y plazo de presentación

1. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria, en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

2. Las solicitudes para participar se presentarán por vía telemática, utilizando el formulario normalizado que figura en el anexo I. La solicitud estará accesible en la sede electrónica de la Generalitat:

http://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=2997&version=amp

Y en el portal institucional del Institut Cartogràfic Valencià:

www.icv.gva.es

3. También podrán presentarse de forma presencial en el Registro General de la torre 1, sito en la ciudad de Valencia, ciudad administrativa 9 d'Octubre, calle Castán Tobeñas, 77, o en cualquier de los lugares que, a todos los efectos, establece la legislación reguladora del procedimiento administrativo. En este último caso, los interesados tienen que remitir mediante fax al Institut Cartogràfic Valencià, al número 961 208 489 una copia de la solicitud de participación, en la que conste la fecha de presentación, con anterioridad al plazo de presentación de las solicitudes.



Quinto. Documentación que tiene que acompañar las solicitudes

1. La solicitud normalizada para participar en este procedimiento tiene que ir acompañada de la documentación siguiente:

a) Curriculum vitae.

b) Ejemplar del trabajo, que reúna las condiciones establecidas en el apartado segundo de este artículo.

c) Certificación de la escuela o facultad de haber aprobado el trabajo Fin de Grado o el trabajo Fin de Máster, con expresión de la fecha en que tuvo lugar y la calificación obtenida.

d) Documento de síntesis de los trabajos realizados, certificado por el tutor.

2. Los trabajos tienen que reunir las siguientes condiciones técnicas:

a) Tener por objeto alguna de las disciplinas indicadas en el artículo 1 de la presente resolución.

b) Ser original, inédito e idéntico al presentado en la universidad, sin introducir simplificaciones ni ampliaciones o adición alguna.

c) Haberse aprobado en el curso académico 2016-2017.

d) El formato del trabajo será en PDF. El documento será anónimo, de forma que no se firmará, y se denominará con un título, que no permita la identificación de la persona autora del trabajo. En la solicitud normalizada, que consta en el anexo 1, apartado C, se detallará el título seleccionado. Aquellos trabajos que identifican nominalmente el autor serán excluidos del proceso de selección.

3. Quedarán excluidos del procedimiento aquellos trabajos cuya autoría, contenido o la presentación no se ajuste a los requisitos previstos en la presente orden.

4. La presentación de la solicitud para participar en el procedimiento de concesión del Premio supone la aceptación expresa y formal de las condiciones que se establecen en las bases reguladoras, así como en esta convocatoria.



Sexto. Jurado

1. El jurado será designado por la persona titular de la dirección del Institut Cartogràfic Valencià, de conformidad con lo que establece el artículo 8.4 de la Orden número 10/2016, de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio.

2. La identidad de las personas que componen el jurado se hará publica a través de la página web del Institut Cartogràfic Valencià, www.gva.icv.es, con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.



Séptimo. Procedimiento de concesión del premio. Criterios de valoración

1. El procedimiento de concesión del premio se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.

2. El jurado comparará los trabajos presentados y admitidos, y propondrá solo aquel que haya obtenido mayor valoración, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 5 de la Orden núm. 10/2016, de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, en función de los criterios siguientes:

a) Contenido

b) Originalidad.

c) Creatividad.

d) Rigor.

e) Aplicabilidad práctica.

f) Calidad de la presentación.

g) Viabilidad técnica y económica.

h) Innovación tecnológica.

3. Corresponde al jurado la propuesta de concesión del premio. El jurado podrá proponer dejar desierto cualquiera de los premios mediante un acuerdo motivado. No podrá recaer más de un premio en la misma persona.

4. Se podrán conceder menciones especiales, sin dotación económica, si la calidad de las obras presentadas y no premiadas lo merecen, a consideración del jurado.

Octavo. Concesión y notificación. Plazo de resolución del procedimiento y recursos

1. La competencia para resolver la presente convocatoria corresponde a la presidenta del Consejo Rector del Institut Cartogràfic Valencià.

2. La resolución de la convocatoria, así como su notificación, tendrá lugar en el plazo máximo de seis meses desde la fecha de la publicación. En caso de que no se dicte una resolución expresa en dicho plazo, podrán entenderse desestimadas las solicitudes a los efectos establecidos en la legislación reguladora del procedimiento administrativo, sin perjuicio de la obligación de la Administración de resolver expresamente el procedimiento.

3. La resolución del procedimiento pone fin a la vía administrativa. Contra la misma se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la consellera de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, en el plazo de un mes a contar del día siguiente de esta publicación, o recurso contencioso administrativo ante los juzgados de lo contencioso administrativo de Valencia en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de esta publicación. Todo ello, sin perjuicio de la interposición, por parte de las personas interesadas, de cualquier otro recurso que estimen pertinente.



Noveno. Medios de notificación

1. Las comunicaciones y notificaciones durante el procedimiento serán de forma electrónica, sin perjuicio del derecho de las personas solicitantes de la elección de la vía o el medio por el cual quieren comunicarse con la Administración. En la solicitud de participación, la persona interesada tiene que señalar una dirección electrónica a efectos de notificaciones.

2. En todo caso, la notificación de la resolución se realizará mediante anuncio publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y en la página web del Institut Cartogràfic Valencià.



Diez. Condiciones de la concesión. Derechos sobre las obras

El Institut Cartogràfic Valencià se reserva el derecho de uso del contenido de la investigación. Los ganadores del Premio cederán al Institut los derechos de publicación y distribución de los trabajos en exclusiva durante un año a partir de la comunicación del veredicto, sin que tenga que satisfacerse a la persona premiada ninguna cantidad en concepto de derechos de autor. A estos efectos, la presentación de la solicitud de participación implicará la autorización expresa al Institut Cartogràfic Valencià, sin necesidad de una autorización posterior, para la publicación, reproducción y distribución de los trabajos.



Undécimo. Efectos

La presente resolución producirá efectos el día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.



València, 7 de septiembre de 2017.– La consellera de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio y presidenta del Consejo Rector del ICV: María José Salvador Rubert.

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