Extracto de la Resolución de 21 de agosto de 2017, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se convocan subvenciones dirigidas a programas de promoción de los derechos de la infancia y de participación infantil, para el ejercicio 2017. [2017/7594]
(DOGV núm. 8114 de 28.08.2017) Ref. Base Datos 007628/2017
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Análisis jurídico
Fecha de entrada en vigor: 28.08.2017 Esta disposición afecta a: Afecta a: -
Análisis documental
Origen disposición: Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas Grupo Temático: ayudas Materias: Bienestar social
BDNS (identif.): 360304.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/index
Primero. Beneficiarios
Ayuntamientos, diputaciones y entidades locales supramunicipales de la Comunitat Valenciana, que tengan en su ámbito territorial una población superior a los 20.000 habitantes.
Segundo. Objeto
Programas de promoción de los derechos de la infancia y de participación infantil.
Tercero. Bases reguladoras
Las bases se recogen en la Orden 6/2017, de 20 de julio, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones dirigidas a programas de promoción de los derechos de la infancia y de participación infantil, publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana número 8092, de 26 de julio de 2017 (en adelante Orden 6/2017).
Cuarto. Dotación
El importe global destinado a las subvenciones convocadas será, como máximo, de 150.000,00 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes es de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Sexto. Otros datos
1. Las solicitudes se presentarán exclusivamente por medios electrónicos en la sede electrónica de la Generalitat https//sede.gva.es o bien a través de la dirección de internet:
http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=18896
2. La valoración se realizará conforme a los criterios establecidos en los artículos seis de la Orden 6/2017, en los que se valora: el desarrollo de políticas locales integrales a favor de la infancia y la adolescencia, el nivel de necesidad social del recurso, y la calidad del programa.
3. Para obtener la subvención se requiere una puntuación mínima de 35 puntos de un máximo de 150 puntos.
València, 21 de agosto de 2017. La vicepresidenta del Consell y consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas, p. s. (R 28.06.2017, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas), el secretario autonómico de Inclusión y de la Agencia Valenciana de la Igualdad: Alberto Ibáñez Mezquita.