Ficha docv

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RESOLUCIÓN de 24 de mayo de 2017, de la Subdirección General de Relaciones Laborales de la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral, por la que se dispone el registro y publicación del acuerdo de modificación del Convenio colectivo de pirotecnia de la Comunitat Valenciana (Cod 80000325011997). [2017/7062]

(DOGV núm. 8110 de 22.08.2017) Ref. Base Datos 007476/2017


  • Análisis documental

    Texto
    texto texto
    Origen disposición: Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo
    Grupo Temático: Convenios colectivos
    Descriptores:
      Temáticos: Convenio colectivo , Convenio de sector



Visto el texto del acuerdo por el que se modifica el anexo segundo, referido a las tablas salariales provisionales para el año 2017, del Convenio colectivo de pirotecnia de la Comunitat Valenciana, tras haberse detectado un error numérico, suscrito, de parte empresarial, por representantes de PIROVAL, y de parte de los trabajadores, por representantes de los sindicatos Industria-CCOO y FITAG-UGT, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, el artículo 2 del Real decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y el artículo 3 de la Orden 37/2010, de 24 de septiembre, por la que se crea el Registro de la Comunitat Valenciana de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, esta Subdirección General de Relaciones Laborales, de acuerdo a lo establecido en el art. 51.1 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, en el Decreto 157/2015, de 18 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo y en el artículo 4.3 de la Orden 37/2010, resuelve:



Primero

Ordenar su inscripción en el Registro de la Comunitat Valenciana de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, con notificación a la comisión negociadora, y depósito del texto del acuerdo.



Segundo

Disponer su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.



València, 24 de mayo de 2017.– El subdirector general de Relaciones Laborales: Juan Ignacio Soler Tormo.







València, 19 de mayo de 2017



Reunidos en el día de hoy, en el domicilio social de la asociación empresarial PIROVAL (Calle Convento Santa Clara,1 de Valencia), las representaciones que se detallan a continuación:



Representación empresarial:

La parte empresarial del sector de pirotecnia: PIROVAL, representada en este acto por los señores que a continuación se detallan:

– Reyes Martí Miró

– Roberto Pallares Tormo

– Salvador Armengol Casañ

– Asesor: Pedro Carceller Roda



Representación trabajadores

Por parte de los trabajadores , comparecen los representantes de los sindicatos INDUSTRIA de CCOO-PV y FITAG-UGT y en este acto por los señores que a continuación se detallan:



– INDUSTRIA de CC.OO.-PV:

• Isidro Javier Ros Sepulveda

• Vicente Rodríguez Jara



– FITAG-UGT:

• Joaquín García Rodríguez

• Asesor: Ramón Morales Duato



Manifiestan



I. Que en fecha 28.07.2016 , se reunieron las partes hoy comparecientes, legitimados para negociar el Convenio colectivo del sector de Pirotecnia de la Comunidad Valenciana vigencia 01.01.2016 a 31.12.2017 y fruto de dicha negociación se alcanzó acuerdo tanto sobre el texto del mismo así como de las tablas salariales de los años 2016 y 2017 (provisionales).

A tal efecto se remitió el mismo a la autoridad laboral para su registro, depósito y publicación; extremo este último que aconteció en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana núm. 7899, de fecha 19.10.2016 (código del convenio 80000325011997).



II. Revisadas que han sido las tablas salariales provisionales para la anualidad de 2017, se han advertido errores aritméticos en determinados conceptos y categorías y es por ello por lo que



Acuerdan



Primero. Conforme al artículo 10 del texto del convenio, se convino que las partidas salariales para el año 2017, se incrementarían en un 0,80% con respecto a las tablas salariales del 2016 y ello con independencia de lo consignado en el segundo y tercer párrafo de dicho artículo (cláusula de actualización).

Constatados errores numéricos en el anexo segundo del texto del convenio y referido a tablas salariales año 2017 provisionales, es por lo que se reúne en pleno la comisión negociadora del Convenio colectivo de pirotecnia de la Comunidad Valenciana para su subsanación.



Segundo. Se constata error padecido en la fijación de los importes retributivos y en las categorías profesionales que a continuación se indican; plasmando a continuación los importes correctos:



Plus peligrosidad

– Encargado 13,73€

– Personal laboratorio 13,73€



Salario base Plus peligrosidad

– Capataz 44,77€ 12,38€



Salario base Plus peligrosidad

– Oficial 1 adm. 36,09€ 10,69€

– Comerciales 36,09€ 10,69€

– Representantes 36,09€ 10,69€



Salario base Plus peligrosidad

– Oficial 2 adm. 32,57€ 9,66€

– Vendedores 32,57€ 9,66€

– Dependientes 32,57€ 9,66€



Salario base Plus peligrosidad

– Auxiliar adm. 30,72€ 9,10€

– Personal limpieza 30,72€ 9,10€



El resto de las retribuciones no varían y no se ven afectadas por la presente enmienda.



Tercero. Se acuerda por esta comisión remitir a la autoridad laboral, la presente acta y los comparecientes facultan en este acto al letrado Pedro Carceller Roda, para que proceda a las gestiones telemáticas pertinentes ante la autoridad laboral para su registro, depósito y publicación de la presente y cuantos trámites sean menester.



Y en prueba de conformidad con todos y cada uno de los acuerdos suscritos en la presente acta, todos los comparecientes firman en el lugar y día señalados en el encabezamiento del presente documento.



Por PIROVAL

– Reyes Martí Miró

– Roberto Pallares Tormo

– Salvador Armengol Casañ

– Asesor: Pedro Carceller Roda

Por Industria de CC.OO.-PV:

– Vicente Rodríguez Jara

– Isidro Javier Ros Sepúlveda



Por FITAG-UGT:

– Joaquín García Rodríguez

– Asesor: Ramón Morales Duato

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