Ficha docv

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RESOLUCIÓN de 17 de julio de 2017, del director general de Industria y Energía, por la que se resuelve el desistimiento de determinadas solicitudes de subvención correspondientes a la convocatoria de 7 de abril de 2017, de ayudas en materia de industrialización para asociaciones de los sectores del calzado, cerámico, metal-mecánico, textil, juguete, mármol y mueble e iluminación de la Comunitat Valenciana. [2017/6808]

(DOGV núm. 8100 de 07.08.2017) Ref. Base Datos 007136/2017




Atendiendo a la Resolución de 7 de abril de 2017 (DOGV 8019, 11.04.2017), de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se convocan ayudas en materia de industrialización para asociaciones de los sectores calzado, cerámico, metal-mecánico, textil, juguete, mármol y mueble e iluminación de la Comunitat Valenciana.

Considerando que dicha convocatoria queda sometida además a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y al Real decreto 887/2006 de 21 de julio, por el que se aprueba su Reglamento sobre el procedimiento para la concesión de subvenciones.

Atendiendo a los resuelvos tercero, noveno y undécimo de la Resolución de 7 de abril de 2017 antes citada, donde se establecen los requisitos para ser beneficiarios de estas ayudas, la documentación que debe acompañar a la solicitud, y las condiciones para la subsanación de las solicitudes que no reúnen los requisitos señalados en la convocatoria, o en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones publicas.

Considerando que se ha requerido a todos los interesados que no aportaron toda la documentación que, de acuerdo con la convocatoria, era exigible y se consideró necesaria para resolver, para que en el plazo de 10 días hábiles subsanasen la falta o acompañaran los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hiciere, se le tendrá por desistido de su petición.

En aplicación de las competencias establecidas en el artículo 160.4 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero de hacienda publica, del sector público instrumental y de subvenciones, en el Decreto 157/2015, de 18 de septiembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Economía Sostenible Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, y la delegación de competencias establecida en los artículos 9 y 12 de la Orden de 22/2016 donde se delega en el director general de Industria y Energía la competencia para resolver el desistimiento de las solicitudes a que se refiere esta convocatoria, resuelvo:



Primero

Tener por desistidos de sus solicitudes de ayudas a los solicitantes que se relacionan en el anexo de esta resolución, por haberlo así comunicado expresamente o por no haber subsanado la falta o no haber aportado los documentos requeridos, en cumplimiento con lo previsto en el resuelvo undécimo de la convocatoria.



Segundo

Acordar el archivo de los expedientes relacionados en el anexo.



Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse, potestativamente, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones publicas, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación. O bien, directamente recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa.



València, 17 de julio de 2017.– El director general de Industria y Energía: Diego Maciá Antón.

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