Ficha docv

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RESOLUCIÓN de 19 de julio de 2017, de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, por la que se convoca en la Comunitat Valenciana la fase de centro y la fase autonómica de los premios profesionales, para el alumnado que ha concluido los estudios profesionales de las enseñanzas de Música y Danza en el curso académico 2016-2017. [2017/6761]

(DOGV núm. 8090 de 24.07.2017) Ref. Base Datos 006646/2017




El Decreto 156/2007, de 21 de septiembre, del Consell, por el cual se establece el currículo de las enseñanzas profesionales de danza y se regula el acceso a estas enseñanzas, determina en su artículo 26 que los centros podrán convocar anualmente un premio extraordinario para cada una de las modalidades que tengan autorizadas; del mismo modo, el artículo 25 del Decreto 158/2007, de 21 de septiembre, del Consell, por el que se establece el currículo de las enseñanzas profesionales de música y se regula el acceso a estas enseñanzas, contempla la posibilidad de convocar anualmente el premio profesional de música en la especialidad de que se trate.

La conselleria con competencias en educación publicó la Orden 76/2014, de 16 de septiembre, por la que se regulan en la Comunitat Valenciana los premios profesionales para el alumnado que ha concluido las enseñanzas profesionales de música o de danza, con el objetivo de reconocer y estimular el esfuerzo y dedicación a la danza y a la música realizado a lo largo de los estudios profesionales.

La Orden ECD/1611/2015, de 29 de julio, por la que se crean y regulan los premios nacionales al rendimiento académico del alumnado de Educación Secundaria Obligatoria y de Enseñanzas Artísticas Profesionales en los ámbitos de Música, Danza y Artes Plásticas y Diseño (BOE 01.08.2015), promueve reconocer el rendimiento excelente del alumnado de Enseñanzas Artísticas Profesionales en los ámbitos de Música y Danza, pudiendo el alumnado que haya finalizado dichas enseñanzas optar a estos premios en el ámbito de gestión directa del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, y además haber sido seleccionado por la Comunitat Valenciana para participar en los premios nacionales por ganar el premio autonómico en alguna de las especialidades de Música o Danza.

Por todo ello, la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, facultada por la disposición adicional cuarta de la Orden 76/2014, de 16 de septiembre, anteriormente mencionada, y en virtud de las competencias que le confiere el Decreto 155/2015, de 18 de septiembre, del Consell, por el que aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, resuelve:



Primero. Objeto y ámbito de la convocatoria de la fase de centro de los premios profesionales de Música y de Danza

Convocar los premios profesionales, en la fase de centro, para el alumnado que ha concluido los estudios profesionales de las enseñanzas de Música y de Danza, en las distintas especialidades en el curso académico 2016-2017, en los conservatorios profesionales de la Comunitat Valenciana.



Segundo. Condiciones de acceso

1. Podrá optar al premio profesional, el alumnado que haya cursado y superado, en las convocatorias ordinaria o extraordinaria del curso académico 2016-2017, el sexto curso de enseñanzas profesionales de danza o música, en conservatorios y centros autorizados situados en la Comunitat Valenciana.

2. Para concurrir a estos premios, el expediente académico deberá alcanzar una nota media de todas las asignaturas de ocho o superior a esta, calculada sobre el valor numérico de todas las asignaturas, en los dos últimos cursos de las enseñanzas profesionales de música y/o danza, y obtener la siguiente calificación específica según el premio al que opte:

a) En el caso de Danza, deberá obtener una calificación mínima de 9 puntos, en las asignaturas específicas de quinto y sexto de la especialidad a cuyo premio opte, que serán las siguientes:

1) En la especialidad de Baile Flamenco: Baile Flamenco.

2) En la especialidad de Danza Clásica: Danza Clásica y Repertorio.

3) En la especialidad de Danza Contemporánea: Técnicas de Danza Contemporánea y Composición Coreográfica.

4) En la especialidad de Danza Española: Escuela Bolera y Danza Estilizada.

b) En el caso de música, para poder presentarse a los premios de las distintas especialidades, deberá obtener una calificación mínima de 9 puntos en la asignatura específica, tanto en quinto curso como en sexto curso de la especialidad a la que se opte.

c) En el caso de música, para poder presentarse a los premios en las distintas modalidades convocadas, deberá obtener una calificación mínima de 9 puntos: en los dos cursos de Análisis y en la asignatura de Fundamentos de Composición (modalidad Fundamentos de Composición), en los dos cursos de Historia de la Música (modalidad Historia de la Música), y en los dos últimos cursos de la asignatura de Música de Cámara, así como una calificación mínima de 8 puntos en sexto curso de Instrumento o Canto (modalidad Música de Cámara).

A estos efectos, las asignaturas convalidadas no serán tenidas en cuenta en el cálculo de la nota media. En el caso del alumnado que haya ingresado en sexto curso, la nota media estará referida únicamente a las asignaturas de dicho curso



Tercero. Documentación a aportar y presentación de instancias

1. El alumnado que, reuniendo los requisitos indicados, desee optar a los premios profesionales, se inscribirá en el conservatorio o centro autorizado en el que haya finalizado las enseñanzas profesionales, cumplimentando la solicitud que figura en el anexo I de la Orden 76/2014, de 16 de septiembre, anteriormente mencionada.

2. El plazo de presentación de instancias estará determinado por la secretaria de cada conservatorio o centro autorizado de enseñanzas artísticas profesionales de música o de danza, comprendiendo un mínimo de cinco días hábiles.

3. Los participantes comunicarán y aportarán, en el momento de presentar la solicitud:

a) En el caso de música, a excepción de los/las aspirantes al Premio de Fundamentos de Composición, el programa que realizarán entregando tres copias de cada una de las piezas a interpretar, o del tema a exponer en el caso de la modalidad de Historia de la Música.

b) En el caso de danza, el programa a interpretar, especificando todos los datos que sean de interés para el tribunal.

4. La secretaria de los conservatorios, o quienes desempeñen sus funciones en los centros autorizados, se responsabilizarán de comprobar que en las solicitudes figuran todos los datos requeridos y de certificar las asignaturas cursadas por el alumnado junto con sus correspondientes calificaciones, especificando la nota media del expediente académico referido a los cursos quinto y sexto.



Cuarto. Realización de la prueba

La prueba se realizará después de la evaluación extraordinaria, teniendo en cuenta que el plazo para la presentación de solicitudes de la fase autonómica se iniciará en el momento de realización y obtención del premio en el centro y finalizará 20 días hábiles antes del inicio de la primera prueba de la fase autonómica.



Quinto. Contenido de la prueba

Se estará a lo dispuesto en el artículo 6 de la Orden de 76/2014, de 16 de septiembre, de 2016.



Sexto. Composición del tribunal

La dirección de los centros nombrará los tribunales que han de juzgar estos premios, según la composición indicada en el artículo 7 de la Orden de 76/2014, de 16 de septiembre, de 2016.



Séptimo. Objeto y ámbito de la convocatoria de la fase autonómica de los premios profesionales de Música y de Danza

Convocar los premios profesionales, en la fase autonómica, para el alumnado que ha concluido los estudios profesionales de las enseñanzas de Música y de Danza en las distintas especialidades en el curso académico 2016-2017, en los conservatorios profesionales y centros autorizados de la Comunitat Valenciana.



Octavo. Condiciones de acceso

Podrá acceder a la fase autonómica, el alumnado que haya obtenido el premio de la especialidad en la fase de conservatorio profesional.



Noveno. Documentación a aportar

Para la fase autonómica, el alumnado premiado en su conservatorio, presentará la solicitud de acuerdo con el modelo recogido en el anexo I de la Orden 76/2014, de 16 de septiembre, adjuntando el anexo II dicha orden y un certificado del expediente académico del alumnado, especificando la nota media obtenida en los dos últimos cursos de las enseñanzas profesionales de música o de danza, y las calificaciones correspondientes.



Diez. Realización de la prueba

La prueba de la fase autonómica se convocará a partir del 20 de septiembre de 2017 en un conservatorio de la red pública de la Generalitat Valenciana que determinará la dirección general competente en materia de enseñanzas de régimen especial.



Once. Contenido de la prueba

Se estará a lo dispuesto en el artículo 13 de la Orden de 76/2014, de 16 de septiembre.



Dotze. Composición del tribunal

La dirección general competente en materia de enseñanzas de régimen especial designará a los miembros de los tribunales, según se indica en el artículo 14 de la Orden de 76/2014 de 16 de septiembre.



De conformidad con lo dispuesto en los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y los artículos 10, 14 y 46 de la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, el presente acto, que agota la vía administrativa, podrá ser recurrido potestativamente en reposición o bien cabrá plantear directamente recurso contencioso-administrativo en los plazos y ante los órganos que se indica a continuación:

a) El recurso de reposición deberá interponerse ante el conseller de Educación, Investigación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación.

El recurso contencioso-administrativo deberá plantearse ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación.



València, 19 de julio de 2017.– La directora general de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial: Marina Sánchez Costas.

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